Mercosur Educativo
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ACREDITACIÓN

Nota de alcance:

Definición 1: Resultado del proceso de evaluación mediante el cual se certifica la calidad académica de las carreras de grado, estableciendo que satisfacen el perfil del egresado y los criterios de calidad previamente aprobados a nivel regional para cada titulación.

Limita el concepto al remitirlo solo a las carreras de grado. También pueden acreditarse las de posgrado, así como programas, instituciones o agencias de educación.

Nota de alcance:

Definición 2: Reconocimiento que realiza una institución (generalmente una Universidad), de una instancia de aprendizaje que un estudiante ha aprobado o cumplido. Esa instancia puede ser un curso u otra actividad con validez curricular, y, puede otorgar uno o más créditos. La acreditación se expresa y registra en un documento con fines de certificación de estudios. el cual contiene el conjunto de las asignaturas aprobadas. En Uruguay, a este documento se Ie llama habitualmente escolaridad, aunque también la institución educativa puede expedir documentos que certifiquen créditos puntuales para distintas finalidades; entre ellas, el reconocimiento de esos créditos por otra institución universitaria.

Nota bibliográfica:

Fuente 1: Memorándum de entendimiento sobre la creación e implementación de un sistema de acreditación de carreras universitarias para el reconocimiento regional de la calidad académica de las respectivas titulaciones en el MERCOSUR y estados asociados.Documento aprobado por los Ministros de Educación del Mercosur el 9 de noviembre de 2007, el que será oficial cuando lo aprueben los parlamentos respectivos.

Nota bibliográfica:

Fuente 2: Definición original elaborada por el Grupo de Trabajo en Terminología (Uruguay).