Mercosur Educativo
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CURSO REGLAMENTADO

Nota de alcance:

Aquel que solo puede ser cursado por un número limitado de estudiantes bajo un régimen de asistencia obligatoria y de fiscalización del aprovechamiento durante el desarrollo del mismo, con la posibilidad de promoción del estudiante si se cumplen los requisitos reglamentariamente establecidos.

Nota bibliográfica:

Definición elaborada a partir de la siguiente fuente: 

Universidad de la República. Facultad de Derecho (1991). Reglamento de cursos reglamentados de materias teóricas. EN: Guía del  Estudiante. Montevideo: FCU.