Mercosur Educativo
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ESCUELA RURAL

Nota de alcance:

Institución de educación primaria que se sitúa en zonas rurales, que tiene como objetivo asegurar, como mínimo, la educación primaria obligatoria de las personas, teniendo en cuenta las especificidades del medio en que se desarrolla.

Su existencia no implica considerar una educación diferente in totum a la urbana. La educación es una, la estructura curricular es una, la formación de los docentes es una y la política educativa general es una. Pero el currículum, la formación de los docentes, las líneas de política educativa y las acciones educativas concretadas necesitan de formulaciones específicas en el territorio. Lo que se defiende es la especificidad de la educación rural en general y de la escuela rural en particular. Esta especificidad es doble: social y didáctica. La primera refiere a la importancia que sigue teniendo la escuela rural en cuanto al vínculo con la comunidad, en tanto centro de referencia para las comunidades rurales. La segunda refiere a la existencia de grupos multigrado, con todo el potencial para los aprendizajes que ello implica. La defensa de estas especificidades genera prácticas y circunstancias singulares que se construyen en la cotidianidad de estas instituciones.

Nota bibliográfica:
Definición elaborada con base en el art. 34 de la Ley nº 18.437/2008, Ley General de Educación, y en aportes realizados por el Mtro. Limber Santos, Director del Departamento de Educación para el Medio Rural del Consejo de Educación Inicial y Primaria (Administración Nacional de Educación Pública).