EDUCACIÓN SUPERIOR
Definición 3: Corresponde a la enseñanza del tercer nivel de educación, y posterior a la educación media, pudiendo ser universitaria o no universitaria. Tiene por finalidad proporcionar formación científica, profesional y/o académica.
Definición 1: Aquella formación terciaria cuya misión principal es la producción y reproducción del conocimiento en sus niveles superiores, integrando los procesos de enseñanza, investigación y extensión. Permite la obtención de títulos de grado y posgrado.
Definición 2: En determinados contextos, sinónimo de “educación terciaria”.
Fuente 1 y 2: Definición elaborada a partir de la siguiente fuente:
Ley nº 18.437, art. 30. Ley General de Educación. Diario Oficial. Uruguay. 16 de enero de 2009.
Fuente 3: Término normalizado para GGP indicadores.