Mercosur Educativo
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Banco de Datos Terminológicos del SEM: Uruguay
Banco de Datos Terminológicos del SEM: Argentina
ABANDONO:

Calificación de la situación de aquellos alumnos que no se inscriben en el año 1, habiéndose inscrito en el año 0. Actualmente se discute la sustitución de los términos “deserción” y “abandono” por tener una doble significación negativa; se entiende que ambos culpabilizan al estudiante de su alejamiento. Se han propuesto los términos “desafiliación” o “desvinculación”. El primero tampoco es neutro porque refleja la idea de que la institución educativa es la que expulsa al educando (rezagando, desmotivando, etc.). El segundo en cambio parece más objetivo porque se encuentra desprovisto de conceptos connotativos.

La tasa de deserción, que se calcula con base en el número de estudiantes que inician un ciclo de estudios, es un indicador fundamental en los procesos de evaluación de la generalización y la eficacia de los sistemas educativos.

ABANDONO:

Situación de alumnos matriculados en un grado/año de estudio dado de un nivel de enseñanza en particular, que no se vuelve a matricular al año lectivo siguiente como alumno nuevo, repitiente o reinscripto.

ACOSO ESCOLAR:

Esta forma de acoso, también conocida como bullying, es una forma característica y extrema de violencia entre estudiantes. Refiere a un comportamiento que conlleva un ataque o un daño causado intencionalmente, el cual puede ser físico o psicológico, que se da en sucesivas ocasiones, del más fuerte al más débil, en el cual se observa un desequilibrio de poder. Es común observar niños y adolescentes con problemas psicológicos implicados en la dinámica bullying encarnando sus distintos roles: como hostigadores, como víctimas o como hostigadores - víctimas.

ACOSO ESCOLAR:

Prácticas de abuso sostenido, maltrato psicológico, verbal o físico que ocurre entre escolares de forma reiterada a lo largo de un tiempo determinado. Estas practicas incluyen las burlas puntuales, el hacer a un lado a uno o más compañeros, las "cargadas" ocasionales, la sustracción o destrucción de elementos menores, la discriminación y estigmatización por referencia a categorías étnicas o sociales.

ACREDITACIÓN:

Definición 1: Resultado del proceso de evaluación mediante el cual se certifica la calidad académica de las carreras de grado, estableciendo que satisfacen el perfil del egresado y los criterios de calidad previamente aprobados a nivel regional para cada titulación.

Limita el concepto al remitirlo solo a las carreras de grado. También pueden acreditarse las de posgrado, así como programas, instituciones o agencias de educación.

ACTIVIDADES EXTRACURRICULARES:

Son aquellas de carácter formativo, cultural, social o deportivo, que no tienen un reconocimiento curricular específico, pero que guardan una relación directa o indirecta con los procesos regulares de formación. Estas actividades se dan en cualquier nivel de educación, y no forman parte integral de un programa formal de estudios.

ACTIVIDADES EXTRACURRICULARES:

Actividades que se llevan a cabo fuera del horario escolar, pero que son concurrentes a las actividades escolares en cuanto a propósitos educativos. Pueden ser: periódico escolar, huerta, excursiones, campamentos, teatro, exposiciones, etc.

ADMINISTRACIÓN DE LA ENSEÑANZA:

Gestión de los aspectos formales, ejecutivos y administrativos de los procesos educativos en todas sus instancias y niveles.

Administración de la enseñanza
ALFABETIZACIÓN:

Proceso por el cual las personas adquieren la habilidad de leer y escribir, y por tanto comprender y hacerse comprender a través del lenguaje escrito.

ALFABETIZACIÓN:

Proceso de enseñanza y aprendizaje de la lectura y escritura por el cual los sujetos acceden a la cultura escrita siendo capaz de comunicarse autónomamente e interactuar plenamente en su medio utilizando los diferentes códigos, lenguajes y medios disponibles. Implica el desarrollo de múltiples y variadas competencias.

ALFABETIZACIÓN DIGITAL:

Es parte de la alfabetización informacional que tiene como objetivo el aprendizaje, la comprensión y el uso de conceptos y habilidades básicas de la informática, de modo tal que las personas puedan utilizar las herramientas informáticas en su vida cotidiana, interactuar con las tecnologías y desarrollar nuevas oportunidades sociales y económicas. Se sustenta en un proceso de universalización del acceso (intelectual, técnico y económico) a Internet y otras redes. En particular incluye la habilidad de leer, interpretar, valorar, reproducir y utilizar textos, sonidos e imágenes, y eventualmente obtener nuevo conocimiento a través de dicha formación.

ALFABETIZACIÓN DIGITAL:

Competencia compleja que incluye una diversidad de capacidades vinculadas al análisis, al uso y a la producción de herramientas e información en soportes digitales. Incluye una dimensión instrumental vinculada al dominio de herramientas e información en soportes digitales, una dimensión ética que se relaciona con el acceso y los usos públicos y privados de la información y una dimensión social centrada en las necesidades contextuales más inmediatas y en la democratización del acceso y la producción de información.

ALFABETIZACIÓN INFORMACIONAL:

Proceso por el cual se desarrollan las capacidades de los individuos para utilizar adecuadamente las nuevas tecnologías de la información, y las habilidades para identificar, evaluar, seleccionar, organizar, crear, utilizar y comunicar la información aplicando dichas tecnologías.

ALFABETIZACIÓN INFORMACIONAL:

Capacidad para comprender, seleccionar y utilizar de forma crítica la información producida por las nuevas tecnologías de la información y la comunicación.

ALFABETIZACIÓN INICIAL:

Proceso que constituye la primera categoría o primer nivel en el acceso al alfabetismo. Consiste en la enseñanza-aprendizaje elemental de la lectura y la escritura.

ALFABETIZADOR:

Persona que enseña a leer y a escribir. En un proyecto o un programa alfabetizador, el docente asume tareas de lectura y escritura que va delegando a los niños a medida que estos adquieren autonomía. Asume un papel protagónico como docente alfabetizador en tanto mediador entre la cultura escrita como un todo y el alumno.

ALUMNO MATRICULADO:

Persona que se ha inscripto en la matrícula en cualquiera de los niveles de la educación formal. Por extensión, puede aplicarse a quienes se inscriben en matrículas de educación no formal.

ALUMNO MATRICULADO:

Es una persona registrada de acuerdo a las normas pedagógicas y administrativas vigentes en un establecimiento educativo para recibir una enseñanza sistemática. Se denomina también alumno inscripto o alumno registrado. Una misma persona puede estar matriculada en varios servicios educativos.

ALUMNO OYENTE:

Categoría de estudiante autorizado a asistir a clase para adquirir conocimientos, pero eximido de las tareas estudiantiles, pruebas de evaluación y requisitos reglamentarios oficialmente exigidos a los estudiantes reglamentados o regulares.

ANALFABETISMO:

Falta de instrucción elemental en un país, referida especialmente al número de sus habitantes que no sabe leer ni escribir.

ANALFABETISMO:

Carencia en una parte de la población de habilidades de lectoescritura que se consideran esenciales para la plena participación en los procesos sociopoliticos de un país.

ANALFABETISMO FUNCIONAL:

Incapacidad de las personas alfabetizadas de hacer uso cotidiano e inteligente de las herramientas básicas del saber: la lectura, la escritura, y el cálculo elemental.

La educación de adultos es una vía idónea para contribuir al descenso de los porcentajes de analfabetismo funcional.

ANALFABETISMO FUNCIONAL:

Situación de una persona que aún sabiendo leer y escribir frases sencillas no domina en su totalidad la técnica de lectoescritura y por ende, no puede hacer uso de la diversidad de fuentes de comunicación escrita en su propio beneficio ni en el de su comunidad.

ANALFABETO:

Persona que no sabe leer ni escribir, y que por tanto no cuenta con la capacidad de comprender y hacerse comprender a través del lenguaje escrito.

ANALFABETO:

Persona que no domina la lectoescritura y por ello no puede hacer uso de las diversas fuentes de comunicación escrita presentes en su cultura.

ANDRAGOGÍA:

Parte de las ciencias de la educación que se especializa en el desarrollo de técnicas y metodologías que faciliten la educación de los adultos, a diferencia de la pedagogía, que se ha aplicado tradicionalmente a la educación de los niños. Se relaciona con la educación permanente y con la educación para toda la vida. El término fue acuñado por el alemán Alexander Kapp en 1833 para ilustrar la teoría de la educación de Platón. En el siglo veinte, Rosenback lo orientó hacia su significado actual.

NOTA: "Andragogía" del griego anéer-andrós (hombre, varón) y agóo (conducir), es una formación analógica de "Pedagogía", del griego pais-paidós (niño/niña, con idéntica raíz para ambos sexos) y agóo (conducir), por lo cual el término debería ser, con mayor propiedad, "Antropogogía", del griego ánthropos (ser humano) y agóo (conducir), abarcando ambos sexos y no solamente el masculino.

AÑO LECTIVO:

Dicho de un período de tiempo destinado a dictar clase en los establecimientos de enseñanza. A nivel universitario, suele empleársele como sinónimo de año académico.

APROBACIÓN:

Obtención de la calificación suficiente para dar por rendidas satisfactoriamente una asignatura, una prueba o un examen.

APROBACIÓN:

Logro de la calificación suficiente, conforme la normativa, para aprobar un ciclo o una asignatura dentro del sistema educativo.

ARCHIVO ESCOLAR:

Centro que conserva y custodia documentos que atestiguan el desarrollo de los diferentes paradigmas que sustentaron los programas escolares y métodos pedagógicos, en una dimensión temporal, para una determinada comunidad. El archivo escolar suele incluir y ofrecer también, insumos para la investigación y promoción de la lectura.

ÁREA ACADÉMICA:

Sector de una estructura universitaria que agrupa a conjunto de carreras, cursos, programas y actividades curriculares y extracurriculares, conforme a sus afinidades disciplinarias, con la finalidad de asignarle responsabilidades de enseñanza, investigación y gestión con cierto grado de autonomía. Por ejemplo: Área Agraria, Área Básica, Área Social, Área de la Salud, etc.

ÁREA CURRICULAR:

Agrupación formal de un número variable de cátedras o asignaturas dentro del programa o la estructura de una carrera, en función de sus afinidades temáticas. La creación de áreas curriculares como subsectores temáticos, facilita la coordinación, la comunicación y el desarrollo de las asignaturas involucradas, y de las áreas curriculares entre sí.

El término se usa y se establece asiduamente en documentos oficiales del sector educativo, pero no se ha encontrado una definición del mismo.

ÁREA CURRICULAR:

Forma de organización curricular de un campo de conocimientos compuesto por disciplinas afines. Cada área representa un agrupamiento que toma en cuenta criterios pedagógicos, epistemológicos e institucionales de las disciplinas que la conforman.

ASIGNATURA:

Área de estudio organizada y formulada como una unidad, que se integra con contenidos temáticos teóricos y prácticos específicos, programa, bibliografía, carga horaria y créditos establecidos en el marco de un plan de estudios aprobado por la autoridad de la educación competente. La denominación "asignatura" se utiliza especialmente en los niveles de educación media superior y educación terciaria en sentido amplio. En la educación media básica es más usual la expresión “materia”, aunque el término “asignatura” aparece con frecuencia en documentos oficiales de todos los niveles. Otros sinónimos usuales son “curso” y “disciplina”.

ASIGNATURA:

Forma de organización de la enseñanza que se desarrolla en todos los niveles de la educación, donde se brinda conocimientos y modos de pensamiento de una determinada disciplina. Las asignaturas o materias son organizadas usualmente en unidades didácticas o ejes temáticos, que son desarrollados durante un ciclo formativo cuya duración puede ser trimestral, cuatrimestral o anual. La disciplina, por otra parte, puede ser un campo profesional o de estudio. El concepto también se utiliza para referirse a una rama científica o artística.

ASIGNATURA OPTATIVA:

Aquella de contenido afín o complementario a las asignaturas troncales obligatorias de un determinado plan de estudios, que el estudiante podrá escoger libremente de una oferta curricular, y cuyo cursado y aprobación genera créditos que se suman al puntaje final requerido para la culminación de una carrera, grado o posgrado.

ASISTENCIA ESCOLAR:

Registro de la presencia efectiva de los alumnos en las aulas y en otras actividades educativas en un período determinado. La medida de esta presencia puede darse en número de días u horas.

ASISTENCIA ESCOLAR:

Registro de la población en edad escolar que concurre a un establecimiento del sistema educativo.

ASISTENTE (GRADO 2):

Actúa siempre bajo la dirección de docentes de grado superior, si bien, a diferencia del grado 1, se exige mayor iniciativa y responsabilidad en las tareas que realiza, siempre en concordancia con la carga horaria asignada. Sus supervisores estarán encargados de orientar las tareas de enseñanza, investigación y/o extensión, así como de estimular y facilitar las actividades de formación de postgrado tanto disciplinares como de formación didáctico-pedagógica. Para el ingreso a los cargos de Asistente se valorará particularmente la formación general y específica de postgrado o formación equivalente, o antecedentes que acrediten capacidades para cumplir las funciones y responsabilidades antes descriptas.

AULA MULTIGRADO:

Son aquellas en las cuales alumnos de distinto grado reciben enseñanza en una misma sala o aula e incluso con el mismo maestro o profesor. Se utiliza en el caso de algunas escuelas rurales.

AUSENTISMO:

En el ámbito estudiantil, práctica frecuente de inasistencia a clase. En el ámbito docente, la falta de asistencia (justificada e injustificada) al desempeño de la actividad laboral.

AUTOEVALUACIÓN:

Proceso sistemático mediante el cual docentes, estudiantes o instituciones analizan y valoran sus desempeños, comportamientos y resultados a efectos deidentificar los elementos que deben ser corregidos o modificados, en función de un modelo previo. 

AUTOEVALUACIÓN:

Proceso evaluativo en el que cada sujeto (individual o institucional) es a la vez observador y objeto de análisis a través de instrumentos y procedimientos diseñados para tal fin.

AUTOEVALUACIÓN INSTITUCIONAL:

Proceso formativo, integral y permanente, con la participación de todos los actores involucrados, a fin de desarrollar un proceso constructivo, democrático y consensuado. Es una práctica que -realizada periódica y sistemáticamente- posibilita las transformaciones necesarias, la toma de decisiones y permite identificar factores académicos y no académicos que facilitan u obstaculizan el desempeño institucional, y promueve  una actitud de compromiso hacia los cambios.

Las prácticas autoevaluatorias se conciben como una herramienta adecuada para la recolección de información cuanti-cualitativa relevante acerca de los insumos y resultados de las actividades que se llevan a cabo en un ámbito  institucional. Para ello, es necesario privilegiar un enfoque sustentado en el reconocimiento de la heterogeneidad del espacio  a estudio, con un criterio no comparativo, con el objetivo de conocer lo peculiar y característico de cada uno de los componentes del sistema, sin desconocer las características comunes.

La autoevaluación supone un proceso complejo -aunque realizable- propositivo, concebido como “dispositivo” de transformación institucional, que posibilita la interpretación del conjunto de situaciones educativas que, al articularse, configuran particularidades significativas para cada Centro. Promueve la “apropiación” de los sujetos con respecto a los procesos en los que se involucra.

Durante el desarrollo del proceso, se procura ampliar los espacios de debate, diálogo y reflexión crítica, en pos de la búsqueda de transformaciones continuas que impliquen niveles superiores de formación.

En síntesis, el proceso de autoevaluación debe contribuir al desarrollo de las condiciones académicas necesarias para incrementar los niveles de calidad y propender al desarrollo del espacio superior de Formación Docente, de carácter autónomo y cogobernado.

El proceso de autoevaluación se concibe como: permanente, democrático, con legitimidad técnica y política, participativo, formativo e integral.

AUTOEVALUACIÓN INSTITUCIONAL:

Modalidad de evaluación de carácter participativo que intenta facilitar la identificación y sistematización de prácticas institucionales y pedagógicas a fin de proponer aportes para la mejora del proyecto institucional.

Las escuelas trabajan a partir de ejercicios autoadministrados a partir de una Caja de Herramientas que contiene diferentes Módulos diseñados con metodologías participativas que abordan las múltiples dimensiones de la vida escolar.

AUTORIDADES EDUCATIVAS:

Poder responsable de la elaboración e implementación de políticas educativas, la organización de centros educativos y la vigilancia de los procesos educativos debido a la
legitimidad reconocida por su competencia en la materia.

AUTORIZACIÓN:

Acto de una autoridad de la Educación por el cual se concede el permiso a una institución privada para que, previo el cumplimiento de requisitos establecidos por la norma, desarrolle actividades educativas. La institución peticionante debe demostrar la sustentabilidad económica del proyecto, contar con personal calificado, y establecer una estructura educativa acorde con las características de lo que solicita. Por ejemplo, en Uruguay, el Ministerio de Educación y Cultura da la autorización para que los peticionantes puedan funcionar como institución universitaria de enseñanza terciaria privada. En una primera etapa, la autorización es provisional, por un lapso dentro del cual la administración puede revocar unilateralmente ese permiso.

No se aplica en el ámbito educativo
BACHILLER:

Estudiante que ha completado con éxito los cursos de bachillerato. En Uruguay no se otorga el título de Bachiller, y por tanto el término solo refiere a la situación de una persona en el sistema educativo, establecida por su nivel de estudios.

BACHILLER:

Título obtenido al finalizar la educación secundaria vinculado a alguna de las orientaciones que se ofrecen en ese nivel educativo.

BACHILLERATO:

Definición 2: Conjunto de estudios necesarios para alcanzar la calidad de bachiller.

BACHILLERATO:

Educación secundaria con orientaciones que representan diversas áreas del conocimiento, del mundo social y del trabajo, que se certifica con el Título de: "Bachiller en … (la orientación correspondiente)".

BACHILLERATO TÉCNICO:

No existe bachillerato técnico en Uruguay, solo “bachillerato tecnológico”.

Bachillerato técnico
BACHILLERATO TECNOLÓGICO:

Una de las tres modalidades de la educación media superior (junto a los bachilleratos generales y la formación técnica y profesional), que comprende hasta tres años posteriores a la educación media básica, en varias modalidades ofrecidas en ese nivel. Los bachilleratos tecnológicos persiguen una mayor especialización y la continuidad de la formación en la universidad.

No se aplica en el ámbito educativo
BECA:

Definición 1: Ayuda económica que recibe un estudiante para asegurar su subsistencia durante el período en que cursa los estudios, para realizar los mismos en determinada institución o para subvencionar algunos gastos de la formación.

BECA DE INVESTIGACIÓN:

Subvención o ayuda económica que se concede a un estudiante avanzado, generalmente de posgrado, durante un período establecido, para realizar labores de investigación y formativas. Las becas se otorgan con el fin de facilitar que los más jóvenes tengan experiencia de acercamiento a la dinámica de investigación, a través de la ejecución de un Plan de Trabajo.

BECARIO:

Es becario quien, siendo estudiante, sea contratado por una entidad estatal, con el fin de realizar un aprendizaje laboral, con la única finalidad de brindarle una ayuda económica para contribuir al costo de sus estudios a cambio de la presentación de tareas de apoyo.

BIBLIOTECA ESCOLAR:

Aquella que se ubica en un centro de educación primaria o inicial, y que cumple finalidades lúdicas y formativas. Apoya la tarea del maestro y brinda a los alumnos la posibilidad de desarrollar destrezas de aprendizaje vitalicio, así como ejercitar su imaginación. Por ese motivo puede convertirse en un factor fundamental en el éxito escolar. Cumple con servicios de lectura, préstamo y actividades de animación. Para que la biblioteca ayude al éxito escolar debe estar integrada en el proyecto curricular, atendida por personal adecuado y con medios suficientes.

BIBLIOTECA PEDAGÓGICA:

Biblioteca vinculada a la formación y perfeccionamiento docente de los maestros. En Uruguay la biblioteca más representativa de este tipo es la Biblioteca Pedagógica Central "Mtro Sebastián Morey Otero", cuya finalidad es la de ser un instrumento en la formación del magisterio y un medio para difundir los principios, métodos y materiales de la Reforma. Este movimiento de Reforma fue promovido por José Pedro Varela, en 1876, y dio un gran impulso a la modernización del Uruguay. A través de ese proceso, las escuelas sirvieron para difundir valores y conocimientos que eran necesarios para que el país pudiera ingresar plenamente en el mundo moderno. La propuesta de Varela se basó en tres principios: obligatoriedad, gratuidad y laicidad.

CALENDARIO ESCOLAR:

Cronograma anual que fija los días lectivos y de asueto en los institutos de enseñanza primaria.

CAMPUS:

Conjunto de edificios e instalaciones pertenecientes a una universidad, concentrados en un espacio de medianas o grandes dimensiones. En Uruguay el término se comprende pero no se utiliza porque las universidades cuentan con estructuras dispersas a lo largo del territorio del país.

No se aplica en el ámbito educativo
CAMPUS VIRTUAL:

Espacio virtual en el que  el alumno encuentra, de forma simulada, los mismos servicios que ofrece un centro de formación presencial (tradicional), ya sea como documentación, bibliografía, comunicación, casos prácticos, entre otros servicios.

Es un espacio exclusivo para quienes están inscriptos a los cursos y está orientado a facilitar su experiencia de capacitación a distancia. Ofrece información adicional, contacto interactivo de los estudiantes con los docentes y entre los mismos estudiantes para compartir sus experiencias. Ofrece asimismo acceso a informes, notas y artículos.

CAPACIDADES:

Conjunto de condiciones, cualidades o aptitudes, especialmente intelectuales, que permiten el desarrollo, cumplimiento y desempeño de actividades y funciones.

CAPACIDADES:

Aptitudes necesarias para el aprendizaje de habilidades.

CAPACIDADES PROFESIONALES:

Conjunto de conocimientos, cualidades, aptitudes y habilidades, tanto intelectuales como prácticas, que permiten el normal y adecuado ejercicio de una profesión.

CAPACIDADES PROFESIONALES:

Saberes complejos que posibilitan la articulación de conceptos, información, técnicas, métodos valores para actuar e interactuar en situaciones determinadas en diversos contextos. Estos saberes complejos ponen en relación el pensar en una situación particular con el material relevante de la misma.

CAPACIDADES TRONCALES:

No hay equivalencia.

CAPACITACIÓN:

Modalidad de formación destinada al desarrollo de ciertas habilidades, aptitudes y destrezas, directamente relacionadas con tópicos puntuales. La capacitación se realiza sobre personas que cuentan con una calificación previa en el ámbito educativo o en el mundo del trabajo. Es un término usual en el área de formación profesional y en el ámbito de la formación de trabajadores.

CAPACITACIÓN:

Oferta educativa que se brinda en los institutos de formación docente. Está orientada a la adquisición y/o desarrollo de habilidades, destrezas y conocimientos que posibiliten alguna mejora en el desempeño laboral. Tiene la característica de poder tomarse de forma independiente y no formar parte constitutiva de alguna carrera de grado o posgrado.

CARGA HORARIA:

Definición 1: Total de horas asignadas o atribuidas para el desarrollo de un curso, una asignatura o una carrera. Incluye las horas de aula, las prácticas y toda otra actividad curricular o extracurricular acreditable que comprenda el programa aprobado.

CARGA HORARIA:

Cantidad de horas semanales asignadas a un docente. Se contabilizan las horas que los docentes acumulan en el mismo o en distintos establecimientos, niveles educativos y/o funciones. Con fines operativos se ha asimilado la hora cátedra y el módulo a la hora reloj.

CARRERA:

Conjunto de estudios que una vez culminados conducen a la obtención de un título o diploma, y habilitan para el ejercicio de una profesión u oficio. La extensión de cada carrera abarca en general períodos que pueden ir de un mínimo de dos a un máximo de seis años.

CARRERA:

Conjunto de estudios que habilitan para el ejercicio de una profesión. En la Argentina corresponden al nivel superior (terciario o universitario).

CARRERA DE ESPECIALIZACIÓN:

Las carreras de especialización tienen por objetivo el perfeccionamiento en el dominio de un tema o área determinada dentro de una profesión o de un campo de aplicación de varias profesiones o disciplinas científicas. Están dirigidas a ampliar la capacitación profesional lograda en programas de grado o de posgrado, ya sea con profundidad y/o extensión; en particular, a través de una formación que incluya prácticas profesionales.

CÁTEDRA:

Definición 1: Plaza y función de catedrático

CATEDRÁTICO:

Profesor que tiene la categoría docente más alta en centros oficiales de enseñanza secundario o universitaria.

En el sistema de enseñanza universitario uruguayo, no figura la definición de profesor catedrático en la Ordenanza de Organización Docente (Res. Del C.D.C. De 21/VIII/1967 -- D.O. 30/VIII/1967 ORDENANZA DE ORGANIZACIÓN DOCENTE) (Nombre dado por la RES. C.D.C. de 14/V/1973 -- D.O. 1/VI/1973).

CENTRO DE RECURSOS DE APRENDIZAJE:

Ámbito donde una gran variedad de materiales bibliográficos educativos, equipos audiovisuales y un personal adscripto al mismo, se disponen con vistas al mejoramiento cuantitativo y cualitativo de la educación, funcionando en el marco de una organización innovadora y dinámica. Conceptualmente se visualizó el Centro de Recursos de Aprendizaje (cuya sigla es CRA), como una forma evolucionada de la biblioteca escolar, en la que se concretaría la participación integrada y sistemática de padres, alumnos y docentes, mediante el trabajo en equipo. El término fue introducido en el marco de la reforma educativa promovida por Germán Rama en 1995.

CENTRO EDUCATIVO:

Institución dedicada a cultivar determinados estudios. Espacio de aprendizaje, socialización, construcción colectiva del conocimiento, integración y convivencia social y cívica, respeto y promoción de los derechos humanos. Ámbito institucional jerarquizado, dotado de recursos y competencias, a los efectos de lograr los objetivos establecidos en su proyecto educativo. El proceso de formulación, seguimiento y evaluación del mismo de contar con la participación de los docentes del centro y se promoverá la participación de funcionarios, padres y estudiantes. El centro educativo puede ser público o privado.

CENTRO UNIVERSITARIO:

Establecimiento universitario en el que se realizan actividades de enseñanza, investigación y/o extensión en una o en varias disciplinas relacionadas. En algunos países, este término se utiliza sólo para centros de investigación. En Uruguay solo se denominan como “centros universitarios” aquellos que se encuentran fuera de la capital, que tienen cierto desarrollo académico y abarcan la formación en distintas áreas del conocimiento. En la actualidad existen centros universitarios en las ciudades de Rivera, Paysandú y Salto.

CENTRO UNIVERSITARIO:

Instituciones surgidas, desarrolladas y formadas desde el ámbito de una Universidad, funcionando en algunos casos como puntos de recepción de estudiantes y en otros como centros gestores a distancia de actividades académicas, también como asentamientos regionales autónomos que dependen de las distintas facultades de una universidad central.

CERTIFICACIÓN:

Documento que deja constancia de las acreditaciones logradas por un estudiante y del cumplimiento de requisitos para su promoción.

CERTIFICACIÓN:

Documentación que deja constancia de las acreditaciones logradas (boletines, etc.) y cumplimiento de requisitos para la promoción.

CERTIFICADO:

Documento que constata la realidad de un hecho, y que acredita ante quien deba ser presentado, la realización de una actividad o el cumplimiento de ciertos requisitos.

CERTIFICADO:

Documento que asegura la verdad de un hecho.

CERTIFICADO DE ESTUDIOS:

Documento oficial que expide una autoridad de la educación, en el cual se hacen constar las asignaturas o materias cursadas por un estudiante, las calificaciones y/o el número de créditos que corresponden a cada una de dichas asignaturas, todo lo cual se obtiene del expediente académico individual.

En algunos países, es también el documento que acredita la posesión de los conocimientos, habilidades y destrezas que habilitan al desarrollo de una profesión.

El certificado de estudios se expide a petición del interesado, quien habitualmente lo utiliza para el reconocimiento de su nivel educativo en otros países. El término se asocia en particular con la certificación de estudios universitarios, y se requiere como documento insustituible para cursar posgrados en el exterior.

En Uruguay, este certificado es conocido también como “Escolaridad”, y equivale al que es denominado “Certificado Académico” en otros países.

CERTIFICADO DE ESTUDIOS:

Documento otorgado por instituciones educativas que acredita la realización de un proceso formativo según normativas establecidas.

CICLO BÁSICO DE SECUNDARIA:

Primero de los dos niveles en los que se organiza la Educación Media. Comprende el ciclo inmediato posterior a la educación primaria, y profundiza el desarrollo de las competencias y los conocimientos adquiridos a ese nivel, con énfasis en el dominio de aspectos vinculados a las disciplinas artísticas, humanísticas, biológicas, científicas y/o tecnológicas. En Uruguay, la responsabilidad directa de este nivel educativo recae en el Consejo de Educación Media Básica.

CICLO BÁSICO DE SECUNDARIA:

Uno de los dos ciclos que componen la Educación Secundaría de dos o tres años de duración (según la localización del séptimo año) en el que se imparten contenidos curriculares generales. Es decir que deben estar presentes en todas las propuestas educativas del Nivel en el país e incluirse en los planes de formación de todas y cada una de las orientaciones y modalidades.

CIUDADES GEMELAS:

Núcleos urbanos adyacentes de cierta dimensión e importancia, localizados a uno y otro lado de una frontera administrativa, que constituye el límite entre provincias, municipios, o, en el caso del Mercosur, entre países. Por sus condiciones de vecindad las ciudades gemelas suelen configurar una continuidad urbana, y presentan fuertes interacciones locales, al compartir y establecer expresiones culturales, económicas, comerciales y sociales comunes, más allá de las asimetrías que puedan darse en otros aspectos.

Aunque no tengan un gobierno compartido se implican recíprocamente en su desarrollo, y por ello pueden desarrollar agendas de cooperación.

La interdependencia y la complementariedad suelen favorecer los flujos transfronterizos, y ofrecer tanto oportunidades como conflictos asociados a la localización.

Las ciudades gemelas son también llamadas ciudades pares, ciudades fronterizas, ciudades binacionales, ciudades dobles, ciudades transfronterizas y
ciudades espejo.

CLASE MAGISTRAL:

Exposición de conocimientos por un docente con amplios conocimientos acreditados en la materia. Según los criterios por los que el docente opte podrá organizarla según la lógica de la disciplina, a saber:

- resumen de los conocimientos previos y generales;

- panorámica general de la temática a abordar;

- introducción secuenciada de los conocimientos nuevos;

- presentación de forma analítica y vinculada al eje temático central y a los conocimientos ya alcanzados para su integración;

- síntesis del conjunto de la exposición.

CLAUSTRO:

Órgano universitario que integra la forma de gobierno y estructura general de una universidad, compuesto por miembros electos de los tres órdenes de la comunidad universitaria, a saber docentes, egresados y estudiantes, y que tiene competencia en las líneas de acción o asuntos generales de la Universidad (en Uruguay, Asamblea General del Claustro), y en los especiales de cada facultad, instituto o servicio (en Uruguay, Claustro de Facultad, Instituto o Escuela) según lo establece la correspondiente ley orgánica universitaria.

COLEGIO UNIVERSITARIO:

Institución de educación terciaria no universitaria, que en algunos países se crea en ciudades pequeñas, para retener a estudiantes en sus primeros años de formación terciaria, con el objetico de insertarlos luego en la formación universitaria propiamente dicha.

En Uruguay este término no aplica, si bien su concepto tiene algún parentesco con lo establecido para los institutos universitarios y los institutos terciarios superiores, que son ejemplo de educación terciaria no universitaria. A modo de ejemplo, los artículos 84 y 87 de la Ley 18.437 de 2008, establecen la creación del Instituto Universitario de Educación y del Instituto Terciario  Superior en el ámbito del Sistema Nacional de Educación Pública.

COLOQUIO:

Voz que se emplea con un sentido similar al de “simposio”, puesto que refiere a una reunión especial con un número limitado de invitados para tratar un problema bien determinado de antemano. Su especificidad radica en que el coloquio se sostiene sobre la idea de diálogo entre dos o más personas, sin ánimo de discusión y sin que finalmente deba arribarse a un acuerdo o a una opinión global sobre el tema al final del mismo. Puede realizarse ante un público específico (estudiantes, especialistas, público en general).

COMPETENCIA NOTORIA:

Se entiende por tal la avalada capacitación en una disciplina, demostrada por la actuación profesional destacada en la docencia, la investigación y el conocimiento de los diversos medios y técnicas de la especialidad, así como la continuidad en el desempeño del trabajo.

COMPETENCIAS:

Conjunto de habilidades, destrezas, actitudes y conocimientos teórico-prácticos necesarios para cumplir una función especializada de un modo socialmente reconocible y aceptable.

COMPETENCIAS:

Conocimientos, capacidades y aptitudes adecuadas al contexto para resolver una situación.

COMUNIDAD EDUCATIVA:

Colectivo constituido por docentes, estudiantes, funcionarios, familiares y responsables de la conducción de la educación.

CONECTIVIDAD:

Capacidad de dos o más elementos, hardware o software, para trabajar conjuntamente y transmitirse datos e información en un entorno informático heterogéneo.

CONGRESO:

Reunión de especialistas que deliberan sobre temas o intereses comunes, en un lugar fijado de antemano y por un período que en general no excede los cuatro días. Se organiza con cierta anticipación  por un comité al efecto, se reciben, evalúan y seleccionan contribuciones,  las que se presentan por sus responsables en la reunión. Puede haber también conferencistas invitados. Es seguido de una publicación que debe reunir los trabajos, las discusiones y otras actividades cumplidas. Los congresos pueden ser nacionales, regionales, continentales o internacionales.

CONSEJO:

Órgano máximo de gobierno de un nivel de educación pública o de una institución educativa en particular (por ejemplo, la enseñanza media en su conjunto o una universidad pública). Por extensión se llama Consejo al órgano de gobierno de una institución subalterna (por ejemplo, una facultad de una universidad). Su integración suele ser colegiada o de composición variada y en su rango es el encargado de dirigir, administrar y gobernar la gestión educativa. Habitualmente lo preside la autoridad máxima de la institución correspondiente (director, presidente, rector, decano).

CONSEJO CONSULTIVO:

Comité asesor de un órgano de gobierno en el ámbito de la educación. Suele poseer autonomía técnica y opina o da su parecer sobre cuestiones previamente determinadas.

CONTENIDO:

Cada uno de los temas que habrán de desarrollarse en un curso, con la indicación de su respectiva bibliografía. Los contenidos suelen presentarse en una secuencia de complejidad creciente, y en una relación lógica de desarrollo.

CONTENIDO:

Selección de conceptos, procedimientos, valores y actitudes que en un momento determinado se considera que deben ser aprendidos y enseñados en el sistema educativo. El contenido se refieren al conjunto de saberes o formas culturales cuya asimilación y apropiación por parte de los alumnos se considera esencial para la formación de las competencias previstas.

CONTENIDOS MÍNIMOS:

Conjunto de conocimientos, habilidades y destrezas considerados básicos, que el profesor debe enseñar en su totalidad para desarrollar el programa en forma completa.

CONTENIDOS MÍNIMOS:

Conjunto de saberes definidos en el currículo que constituyen el aprendizaje imprescindible para conseguir el desarrollo de capacidades y competencias previstas para un año, ciclo o nivel determinado.

CONVIVENCIA ESCOLAR:

Implica la práctica de ciertos compromisos de respeto mutuo, cooperación voluntaria en la realización de las tareas, análisis compartido para enfrentar problemas y resolver conflictos, en síntesis, todos aquellos principios y normas que requiere la actuación conjunta de varias personas e instituciones para conseguir un fin común. A través de esta convivencia, las escuelas cumplen con el cometido de educar y formar para la vida y para el ejercicio responsable de la ciudadanía.

CREDITIZACIÓN:

Proceso de asignación de créditos a las asignaturas o contenidos de una carrera. 

CRÉDITO:

Valor ponderado que se otorga a una asignatura o a otra actividad educativa cumplida y evaluada. Es la unidad de medida del trabajo académico del estudiante, que en su conceptualización actual contempla no sólo las horas de actividad presencial sino también el tiempo requerido para el estudio personal.

No se aplica en el ámbito educativo
CRUCE DE FRONTERA:

En materia educativa, tránsito planificado de docentes y/o estudiantes, para participar en experiencias de enseñanza y aprendizaje en instituciones educativas al otro lado de una frontera entre países. Las actividades son previamente acordadas en sus plazos y condiciones por los responsables de los sistemas educativos respectivos, en base a principios de cooperación y complementariedad.

Las experiencias pueden alcanzar a todos los niveles de enseñanza, aunque se propician en los de educación inicial o primaria. Comprenden, por ejemplo, aprendizaje de la segunda lengua en fronteras de países con idiomas diferentes, educación intercultural o elementos de historia local.

Las ciudades gemelas suelen proponer el escenario adecuado para este tipo de experiencias educativas, orientadas a crear un sentimiento de tolerancia, cooperación y fraternidad entre comunidades vecinas.

CUERPO DOCENTE:

Conjunto de personas calificadas que desempeñan funciones pertenecientes o relativas a la enseñanza en una determinada institución educativa.

CUPO:

Número de plazas asignado a un curso, una carrera o cualquier programa de estudios. En Uruguay, salvo excepciones debidas a la necesidad de formación o competencia previa, no existen cupos ni restricciones para el ingreso a la universidad pública en el nivel de grado. Por el contrario, es común el establecimiento de cupos en los niveles de posgrado.

No se aplica en el ámbito educativo
CURRÍCULO:

Conjunto de objetivos, contenidos y otros elementos que integran un plan de estudios. Se utiliza indistintamente curriculum y currículo.

CURRÍCULO:

Conjunto de competencias básicas, objetivos, contenidos, criterios metodológicos y de evaluación que los estudiantes deben alcanzar en un determinado nivel, ciclo o año educativo.

CURRÍCULO ABIERTO:

Documento curricular prescriptivo flexible en el cual es factible introducir modificaciones en el momento de ponerlo en práctica. En este sentido el currículo se presenta como “hipótesis de trabajo” que el docente puede actualizar en el acto de enseñanza.

CURRÍCULO ABIERTO:

Currículo que permite la creatividad del profesor dentro del contexto de aplicación y se centra en los procesos de aprendizaje del alumno más que en los resultados. De esta forma, facilita el aprendizaje significativo y da lugar a los intereses de la comunidad satisfaciendo las necesidades locales.

CURRÍCULO CERRADO:

Documento curricular prescriptivo no flexible, en el cual no es factible introducir modificaciones

CURRÍCULO CERRADO:

Currículo prescriptivo elaborado por técnicos especialistas y aplicado por los docentes de forma rígida y mecánica. Generalmente plantea objetivos conductuales y operativos con una evaluación centrada en los resultados.

CURRÍCULO DIVERSIFICADO:

Aquel que se elabora considerando las características individuales diversas de los educandos, de modo de ajustar los contenidos y las metodologías al contexto particular de cada persona o grupo de personas. La instrumentación de un currículo de este tipo exige un análisis previo del contexto institucional, el modelo educativo y sus objetivos, el plan de estudios general y los recursos disponibles para generar alternativas de calidad en el proceso interactivo de enseñanza y aprendizaje. Este modelo se apoya en gran medida en las capacidades y competencias de los alumnos, tanto en las demostradas como en las potenciales.

No se aplica actualmente en el ámbito educativo
CURRÍCULO FLEXIBLE:

Aquel que habilita a los estudiantes a elegir contenidos o asignaturas, dentro de determinados límites, seleccionando determinados trayectos o itinerarios dentro de la propuesta educativa general. Ningún curriculum es totalmente flexible porque por lo general tiene la exigencia de un núcleo de cursos obligatorios.

CURRÍCULO FLEXIBLE:

Curriculo que se adecua a las orientaciones o especializaciones de una carrera contemplando las innovaciones y necesidades que surgen del contexto de la practica profesional así como los intereses e inquietudes profesionales de los estudiantes.

CURRÍCULO OCULTO:

Modalidad curricular que opera de manera implícita a través de: la selección de objetivos, contenidos y metodologías de enseñanza; los “modus operandi” institucionales y docentes, y la interacción docente -estudiante que se instaura en el acto de enseñanza. El currículo oculto no puede ser planificado explícitamente en un a priori en tanto se desarrolla en forma tácita reproduciendo las principales dimensiones de la esfera social y cultural de la sociedad y de la institución en la cual se desarrolla.

CURRÍCULO OCULTO:

Conocimientos, actitudes y valores que los alumnos aprenden pero que no figuran explicitados en el curriculum formal.

CURSO:

Definición 1: Asignatura.

CURSO:

1- Conjunto de alumnos que asisten al mismo grado de estudios.

2- Conjunto planificado y secuenciado de elementos de aprendizaje y estudio, que compone la enseñanza de una asignatura.

CURSO COMBINADO:

Aquel que comprende la combinación o alternancia entre cursos a distancia y la clase presencial en el aula. Este término es menos usual que su sinónimo "Curso semipresencial".

No se aplica en el ámbito educativo
CURSO DE ESPECIALIZACIÓN:

Definición 1: Formación universitaria de profundización en una disciplina o conjunto de disciplinas afines. El curso de especialización es abierto a quienes hayan culminado carreras universitarias de grado y su duración mínima es de un año lectivo.

CURSO LIBRE:

Aquel que habilita a un estudiante a aprobar una asignatura o a tener derecho a examen, sin que deba cumplir con el requisito de asistencia a clases.

CURSO LIBRE:

Curso fuera de la estructura formal de una carrera. Esto implica que el alumno no está sujeto al calendario escolar ni a un programa estricto a seguir, lo que permite trabajar contenidos que le interesen. La cursada puede iniciarse en cualquier momento del año y extenderse durante el tiempo que el alumno considere conveniente.

CURSO LIBRE CONTROLADO:

Se denomina curso libre controlado de materia teórica a aquel en el que la participación de los estudiantes, eximidos del control de asistencia regular a clase, será necesariamente tenida en cuenta en el examen de la asignatura de que se trate.  En el curso libre controlado el control de aprovechamiento de los estudiantes y su calificación será realizado a través de sus actuaciones orales o escritas, debiendo realizar por lo menos dos pruebas escritas internas durante el curso, o en cualquier otra forma que establezca el profesor, quien indicará siempre a los alumnos la bibliografía pertinente. Los estudiantes que cursen una asignatura en régimen de libre controlado tendrán la posibilidad de rendir examen con el profesor del año siempre que hayan realizado en forma satisfactoria los parciales, así como las intervenciones orales, obteniendo como mínimo una calificación promedio de regular o superior. Los estudiantes que hayan obtenido calificación final por su actuación durante el año lectivo, rendirán examen de la asignatura con el beneficio de que la calificación del año será tomada en cuenta para la calificación del examen.

CURSO POLIVALENTE:

No se aplica en el ámbito educativo.

No se aplica en el ámbito educativo
CURSO REGLAMENTADO:

Aquel que solo puede ser cursado por un número limitado de estudiantes bajo un régimen de asistencia obligatoria y de fiscalización del aprovechamiento durante el desarrollo del mismo, con la posibilidad de promoción del estudiante si se cumplen los requisitos reglamentariamente establecidos.

No se aplica en el ámbito educativo
CURSO SUPERIOR DE TECNOLOGÍA:

Formación del nivel de tecnicatura o similar, que se orienta a la atención de demandas específicas del mercado de trabajo en áreas emergentes del conocimiento. En Uruguay el término se comprende pero no se utiliza.

No se aplica en el ámbito educativo
DECANO:

Persona designada para presidir una Facultad o un instituto universitario de rango similar, durante un período de cuatro años, pudiendo renovarse su mandato una vez. Son atribuciones del cargo, presidir el Consejo de Facultad y ejecutar sus decisiones, representarlo cuando corresponda, ejercer la superintendencia del personal, autorizar gastos, adoptar resoluciones de carácter urgente y expedir, con la firma del Rector, los títulos y certificados correspondientes a los estudios que se cursan en la respectiva Facultad.

DEPARTAMENTO UNIVERSITARIO:

Unidad académica universitaria con autonomía relativa de gestión, encargada de promover, apoyar y coordinar la enseñanza y la investigación en un área del conocimiento o en áreas estrechamente vinculadas.

DEPARTAMENTO UNIVERSITARIO:

Unidades administrativas dentro de una Facultad donde se agrupan profesores de materias similares o afines. Los departamentos mantienen la cooperación científica y de material de enseñanza y de bibliografía entre las cátedras que los forman. A través de los departamentos se coordina la enseñanza, se orienta la realización de trabajos de investigación y de seminario y se organizan cursos de extensión o perfeccionamiento.

DESERCIÓN:

Definición 1: Abandono del cursado que realiza un estudiante, antes de culminar un ciclo o nivel de estudios. La deserción puede ser temporal o definitiva.

La tasa de deserción, que se calcula con base en el número de estudiantes que inician un ciclo de estudios, es un indicador de primera importancia en los procesos de evaluación de la generalización y la eficacia de los sistemas educativos.

Se ha discutido la conveniencia de sustituir este término por otro en razón de sus connotaciones.

Deserción
DESTREZAS:

Factor que consiste en la habilidad manual necesaria para ejecutar, con el grado de exactitud requerido, trabajos determinados. Se refiere, por lo tanto, a la coordinación, pericia y habilidad para manipular las herramientas y los instrumentos, manejar las máquinas y procesar los materiales.

DESTREZAS:

Capacidad para realizar una tarea con gran habilidad.

DIPLOMA:

Definición 1: Documento que constituye el soporte material de la titulación.

DIPLOMA:

Documento público en el que consta el título que ha obtenido un estudiante al finalizar sus estudios de grado o posgrado.

DIPLOMADO:

1. Persona que ha obtenido un título de posgrado en un área del conocimiento específico.

DIPLOMANDO:

Persona que está cursando un Diploma de Especialización en una determinada área del conocimiento, a los efectos de obtener el título de posgrado de Especialista o Diplomado en dicha especialización.

DIRECTRIZ CURRICULAR:

Cada una de las políticas o de los principios educativos o académicos establecidos para el cumplimiento de los objetivos que se propone un proyecto de formación. En Uruguay el término se utiliza habitualmente, pero no se han encontrado definiciones en la documentación oficial del área.

No se aplica en el ámbito educativo
DISEÑO CURRICULAR:

Descripción general de los contenidos de un curso o una carrera. Comprende el perfil profesional, los valores, los objetivos, una síntesis de asignaturas y contenidos, las formas de evaluación, los requisitos del aprendizaje y del egreso y la duración. Se estructura en un plan de estudios.

DISEÑO CURRICULAR:

Organización de las actividades educativas y de aprendizaje en función de los contenidos y las técnicas didácticas. El Diseño curricular define las metas, los fines y los objetivos de la acción educativa y asi como la manera de evaluarla.

DOBLE ESCOLARIDAD:

Jornada extendida o completa (mañana y tarde) en las escuelas de educación primaria, para responder a necesidades familiares y sociales. En Uruguay no es de uso, aunque el concepto es recogido por el término “Tiempo completo”.

DOBLE ESCOLARIDAD:

Jornada escolar que comprende dos turnos diarios (mañana y tarde) con el objetivo de realizar actividades complementarias o reforzar los aprendizajes básicos. Se denomina también "doble jornada" o "jornada completa".

DOCENTE INTERINO:

Por oposición al profesor efectivo, es aquel que no integra en forma regular la plantilla de funcionarios docentes, y que tiene con la institución educativa una relación laboral con un plazo o a término, aunque puede ser renovado. Suele establecerse en la reglamentación que el ejercicio de un cargo interino no genera méritos. Los requisitos de presentación a una convocatoria a cargos interinos suelen exigir requisitos menos rigurosos que para acceder a un cargo efectivo.

DOCENTE INTERINO:

Docente que ha sido designado para desempeñar transitoriamente un cargo u horas de clase vacantes y cuya función termina por supresión del cargo u horas de cátedra, o cuando esas tareas sean cubiertas por personal titular que acceda por ingreso, ascenso, traslado, readmisión o reubicación por disponibilidad.

DOCENTE TIEMPO COMPLETO:

Persona que imparte educación en una misma institución, por jornada completa semanalmente.

DOCENTE TIEMPO COMPLETO:

Persona que imparte educación en una misma institución, por jornada completa semanalmente.

DOCENTE TIEMPO COMPLETO EQUIVALENTE:

Este término no se utiliza en ninguno de los países del Mercosur.

DOCENTE TIEMPO PARCIAL:

Persona que imparte educación con una dedicación no completa en una institución educativa.

DOCENTE TIEMPO PARCIAL:

Persona que imparte educación con una dedicación no completa en una institución educativa.

DOCENTE TITULAR:

Profesor que integra la categoría funcional más alta dentro de un escalafón docente, y al cual le son asignadas las responsabilidades principales en una cátedra, un departamento o similar.

DOCENTE TITULAR:

Es aquel que ha sido designado para desempeñar en forma definitiva un cargo u horas de clase y que goza no solo de estabilidad, sino de todos los derechos inherentes a la carrera docente: ascenso, permuta, acumulación de cargos o acrecentamiento de clases semanales, traslado y readmisión.

DOCTOR:

En la mayoría de los países, el más alto grado académico que confiere una universidad. Implica la culminación de un programa de posgrado, y acredita competencia para la investigación científica original y para la dirección o supervisión de tareas de investigación de otras personas. 

DOCTOR:

Titulo que se le otorga al estudiante de doctorado luego de que su trabajo de tesis ha sido aprobado por el jurado correspondiente.

DOCTOR HONORIS CAUSA:

Título académico otorgado por el Consejo Directivo de la Universidad o por el Consejo de una Facultad a quienes hayan contribuido en forma destacada y por distintos medios al progreso de las mismas o de algunas de las disciplinas que en ellas se enseñan o de las profesiones respectivas.

DOCTORADO:

Título que acredita la culminación de estudios de complementación, ampliación y profundización de los estudios de maestría, y el desarrollo de tareas de investigación original superior, mediante la elaboración de una tesis. La duración mínima es de tres años lectivos.

DOCTORADO:

Formación de posgrado que tiene por objeto la obtención de aportes originales en un área de conocimiento, cuya universalidad debe procurarse en un marco de nivel de excelencia académica. Dichos aportes deben estar expresados en una tesis de Doctorado de carácter individual realizada bajo la supervisión de un Director de tesis, y culmina con su evaluación por un jurado con mayoría de miembros externos al programa y donde al menos uno de éstos sea externo a la institución.

DOCTORANDO:

Persona que está cursando un programa de Doctorado, o preparando la tesis doctoral para que le sea conferido el título de posgrado de Doctor. 

EDUCACIÓN A DISTANCIA:

La educación a distancia, en línea o asistida, comprende los procesos de enseñanza y de aprendizaje que no requieren la presencia física del alumno en aulas u otras dependencias similares para el dictado regular de sus cursos, siempre que se empleen materiales y recursos tecnológicos específicamente desarrollados para obviar dicha presencia, y se cuente con una organización académica y un sistema de gestión y evaluación específico diseñado para tal fin.

EDUCACIÓN A DISTANCIA:

Modalidad educativa no presencial que propone formas específicas de mediación de la relación educativa entre los actores del proceso de enseñanza y de aprendizaje, con referencia a determinado modelo pedagógico. Dicha mediatización se realiza con la utilización de una gran variedad de recursos, especialmente, de las tecnologías de la información y redes de comunicación, junto con las producción de materiales de estudio, poniendo énfasis en el desarrollo de estrategias de interacción.

EDUCACIÓN A LO LARGO DE LA VIDA:

Proceso de aprendizaje continuo o educación permanente a través de acciones educativas organizadas, desarrolladas y aprobadas por el Estado, tanto de carácter formal como no formal, para todos sus habitantes.

EDUCACIÓN ARTÍSTICA:

La educación artística tiene como propósito que los educandos alcancen a través de los diferentes lenguajes artísticos, una educación integral, promoviendo el desarrollo de la creatividad, la sensibilidad y la percepción, impulsando la creación de universos singulares que den sentido a lo que es significativo para cada ser humano.

EDUCACIÓN BÁSICA:

Aquella que tiene por finalidad el desarrollo personal y moral del educando, asegurando la asimilación de un conjunto de conocimientos indispensables para interpretar la realidad, avanzar hacia niveles de estudio superiores y formarse en el ejercicio libre de la ciudadanía. Comprende la educación inicial, primaria y media básica, las que conjuntamente con la educación media superior son obligatorias.

EDUCACIÓN BÁSICA:

Proceso de formación destinado a brindar una formación integral y común a todos los habitantes. En el caso de la educación de adultos, esta formación no se obtiene cursando el nivel primario -como es el caso de los niños y niñas de 6 años o más- sino a través de otros dispositivos educativos destinados a tal fin como el Programa Nacional de Alfabetización.

EDUCACIÓN BILINGÜE:

Sistema de educación en el cual (a) los contenidos académicos se enseñan en dos lenguas; (b) se dedica un tiempo sustancial y balanceado a cada una de ellas, y (c) el objetivo en materia de lengua es formar individuos bilingües a través de la promoción de un bilingüismo aditivo. El bilingüismo aditivo se define como aquella propuesta educativa en la cual los niños agregan una segunda lengua a su repertorio de conocimiento, enriqueciendo su formación, sin costo para el desarrollo de la lengua materna (L1).

EDUCACIÓN BILINGÜE:

Sistema de enseñanza en que los contenidos curriculares se transmiten en la lengua materna de los de de los alumnos y en una segunda lengua, con el fin de que desarrollen ambas lenguas en igual medida y enriquezcan su aprendizaje.

EDUCACIÓN COMPARADA:

Se centra en el estudio y la descripción de los sistemas educativos, la comprensión y explicación de sus diferencias y similitudes, y la relación que ellos guardan con sistemas más amplios. Surge como un intento de importar buenas prácticas educativas para enriquecerse con las experiencias de otros países.  Si bien es muy difícil copiar los sistemas   educativos porque son productos de las circunstancias y culturas del país, sí es posible tener una visión más profunda y comprender distintos fenómenos en base a ellos.

EDUCACIÓN COMPARADA:

Estudio comparativo de los sistemas educativos de diferentes países y culturas en función de las metodologías que las ciencias sociales contemporáneas.

EDUCACIÓN CONTINUADA:

Definición 1: Concepción según la cual la educación es un proceso que continúa durante toda la vida. No está limitada en el tiempo, ni finaliza al culminar los estudios superiores. En las universidades, esta concepción está vinculada directamente a la formación de los graduados (excepcionalmente de estudiantes) en cursos de baja carga horaria, y en tópicos concretos de actualización, capacitación o perfeccionamiento relevantes para el ejercicio profesional inmediato. No se consideran como estudios de posgrado.

Educación continuada
EDUCACIÓN DE ADULTOS:

Definición 2: Formación destinada a las personas que no accedieron a estudios de educación básica o media en la edad correspondiente a estos niveles.

EDUCACIÓN DE ADULTOS:

Oferta educativa destinada a aquellas personas que han pasado el límite de edad escolar y que por distintas circunstacias no han accedido o han abandonado sus estudios primarios y secundarios. La Ley de Educación Nacional N° 26.206 contempla la oferta para esta población de adultos en la modalidad denominada "Educación Permanente de Jóvenes y Adultos".

EDUCACIÓN DE GESTIÓN PRIVADA:

Conjunto de las acciones educativas de cualquier nivel y grado, bajo responsabilidad de las instituciones de educación privada, instituciones que se encuentran reglamentadas y supervisadas por el Estado.

EDUCACIÓN DE GESTIÓN PÚBLICA: Conjunto de las acciones educativas de cualquier nivel y grado que se encuentran bajo la responsabilidad del estado a través del Sistema Nacional de Educación.
EDUCACIÓN DE JÓVENES:

No hay equivalencia.

EDUCACIÓN DE JÓVENES:

Oferta educativa destinada a aquellos jóvenes que han pasado el límite de edad escolar y que por distintas circunstancias no han accedido o han abandonado sus estudios primarios y/o secundarios. La LEY N° 26.206 Ley de Educación Nacional contempla la oferta para esta población de jóvenes en la modalidad denominada "Educación Permanente de Jóvenes y Adultos".

EDUCACIÓN DE LA PRIMERA INFANCIA:

Comprende el ciclo vital desde el nacimiento hasta los tres años, y constituye la primera etapa del proceso educativo de cada persona a lo largo de toda la vida.

Tiene características propias y específicas en cuanto a sus propósitos, contenidos y estrategias metodológicas, en el marco del concepto de educación integral. Promueve la socialización y el desarrollo armónico de los aspectos intelectuales, socioemocionales y psicomotores, en estrecha relación con la atención de la salud física y mental.

EDUCACIÓN EN CONTEXTOS DE ENCIERRO:

El sentido de esta acción es educar para la libertad y sobre todo educar para la ciudadanía. Ello implica: a) fomentar el conocimiento de los derechos y obligaciones legales de cada persona, y el conocimiento de los derechos humanos en general; b) permitir la valoración y la aprehensión de las diversas formas de la tolerancia y del valor del respeto como principio y base de la convivencia; c) el respeto de género; d) la importancia de la resolución pacífica de los conflictos, y f) la educación en valores en general.

Para que estas y otras dimensiones de la educación en contextos de encierro sean posibles en las prisiones, es imprescindible la formación del personal penitenciario y la provisión de espacios adecuados para las actividades recreativas, culturales y educativas propiamente dichas.

EDUCACIÓN EN CONTEXTOS DE PRIVACIÓN DE LA LIBERTAD:

La Educación en Contextos de Privación de Libertad es la modalidad del sistema educativo destinada a garantizar el derecho a la educación de todas las personas privadas de libertad, para promover su formación integral y desarrollo pleno. El ejercicio de este derecho no admite limitación ni discriminación alguna vinculada a la situación de encierro, y será puesto en conocimiento de todas las personas privadas de libertad, en forma fehaciente, desde el momento de su ingreso a la institución.

EDUCACIÓN ESPECIAL:

Conjunto de formaciones orientadas a asegurar el derecho de las personas con discapacidades físicas o mentales, en especial aquellas permanentes, a contar con una educación acorde con sus posibilidades. La educación especial puede acompañar al sistema educativo formal o desarrollar modalidades específicas. Tiene como objetivo promover la integración de la persona con capacidades diferentes a la vida social.  

EDUCACIÓN ESPECIAL:

Modalidad del sistema educativo destinada a asegurar el derecho a la educación de las personas con discapacidades, temporales o permanentes en todos los niveles y modalidades del Sistema Educativo. La Educación Especial se rige por el principio de inclusión educativa. Brinda atención educativa en todas aquellas problemáticas específicas que no puedan ser abordadas por la educación común.

EDUCACIÓN FÍSICA:

Es aquella orientada a la recreación y al deporte, que tiene como propósito el desarrollo del cuerpo, el movimiento, la interacción, y la actividad humana, contribuyendo al mejoramiento de la calidad de vida, al desarrollo personal y social, así como a la adquisición de valores necesarios para la cohesión social y el diálogo intercultural.

EDUCACIÓN FORMAL:

Aquella que se dicta en el marco de secuencias oficialmente preestablecidas y que conduce a la obtención de títulos y/o certificados, con perfiles claramente definidos y reconocidos por el Estado.

EDUCACIÓN FORMAL:

Conjunto organizado de servicios y acciones educativas reguladas por el Estado, que posibilitan el ejercicio del derecho a la educación. Comprende los servicios de educación de gestión estatal y privada, gestión cooperativa y gestión social, de todas las jurisdicciones del país, que abarcan los distintos niveles, ciclos y modalidades de la educación, definidos en la Ley Nº 26.206.

EDUCACIÓN HOSPITALARIA:

Modalidad del sistema educativo en los niveles de Educación Inicial, Primaria e incluso Secundaria, que se brinda en las llamadas aulas hospitalarias a través de maestros y profesores hospitalarios, en casos en los que los estudiantes están impedidos, por razones de salud, de acudir normalmente a una institución educativa por un plazo prolongado (por ejemplo, treinta días o más). 

En Uruguay la educación domiciliaria y hospitalaria no tiene una expresión específica, y está comprendido dentro de la llamada Educación especial.

EDUCACIÓN INCLUSIVA:

Filosofía que propugna la mayor apertura social del sistema educativo, para integrar a todas y cada una de las personas a formas de aprendizaje (formal, informal y no formal), sin importar su condición económica, sus problemas de salud o accesibilidad o las barreras de género, trabajo o raza. En un proceso de inclusión educativo esas barreras quedan superadas de hecho a partir de la formulación de los planes, programas, objetivos y metas que se fija un sistema educativo.

Cabe señalar que en Latinoamérica la inclusión educativa se enfoca especialmente hacia la integración de sectores sociales en situación de vulnerabilidad, en tanto en otras áreas del mundo se dirige -por ejemplo- a facilitar el acceso a la educación a personas con discapacidades, inmigrantes, adultos mayores o grupos minoritarios no suficientemente atendidos. En cualquier caso, ofrece posibilidades para formas de innovación pedagógica, y para abordajes conjuntos entre educadores y otros cientistas o especialistas sociales.

La inclusión educativa requiere de políticas, presupuesto, estructuras y programas que eviten una mera formulación retórica de sus alcances.

EDUCACIÓN INCLUSIVA:

Consiste en transformar los sistemas educativos y otros entornos de aprendizaje para responder a las diferentes necesidades de los/as alumnos/as. Ello implica que hay tiempos distintos, estrategias diferentes y recursos diversos para el aprendizaje de todos/as los alumnos/as. En la modalidad de Educación Especial es un concepto fundamental ya que, garantiza el derecho a la educación de todas las personas con discapacidad, exige estrategias diversificadas que contemplen la complejidad o especificidad de la problemática de los/as estudiantes, de manera de implementar las configuraciones de apoyo que se requieran.

EDUCACIÓN INFORMAL:

Aquella que se dicta en el marco de secuencias oficialmente preestablecidas y que conduce a la obtención de títulos y/o certificados, con perfiles claramente definidos y reconocidos por el Estado.

La reciente creación del área de Educación No Formal en el ámbito del Ministerio de Educación y Cultura, seguramente contribuirá a una distinción entre estos conceptos.

No se aplica en el ámbito educativo
EDUCACIÓN INICIAL:

Aquella que tiene por “cometido estimular el desarrollo afectivo, social, motriz e intelectual de los niños y [las] niñas de tres, cuatro y cinco años”. Promueve “una educación integral que fomente la inclusión social del educando, así como el conocimiento de sí mismo, de su entorno familiar, de la comunidad y del mundo natural.”

En Uruguay es usual el término “educación pre-escolar”, aunque éste no es recogido por la reciente Ley de Educación nº 18.437.

EDUCACIÓN INTERCULTURAL BILINGÜE:

Propuesta pedagógica bilingüe y de carácter obligatorio que promueve mediante la enseñanza el conocimiento de la pluralidad lingüística y cultural en base al respeto a la diversidad y los derechos lingüísticos.

EDUCACIÓN INTERCULTURAL BILINGÜE:

Modalidad del sistema educativo de los niveles de Educación Inicial, Primaria y Secundaria que garantiza el derecho constitucional de los pueblos indígenas, conforme al art. 75 inc. 17 de la Constitución Nacional, a recibir una educación que contribuya a preservar y fortalecer sus pautas culturales, su lengua, su cosmovisión e identidad étnica; a desempeñarse activamente en un mundo multicultural y a mejorar su calidad de vida. Asimismo, la Educación Intercultural Bilingüe promueve un diálogo mutuamente enriquecedor de conocimientos y valores entre los pueblos indígenas y poblaciones étnica, lingüística y culturalmente diferentes, y propicia el reconocimiento y el respeto hacia tales diferencias.

EDUCACIÓN LINGÜÍSTICA:

Tiene como propósito el desarrollo de las competencias comunicativas de las personas, el dominio de la lengua escrita, el respeto de las variedades lingüísticas, la reflexión sobre la lengua, la consideración de las diferentes lenguas maternas existentes en el país (español del Uruguay, portugués del Uruguay, lengua de señas uruguaya) y la formación plurilingüe a través de la enseñanza de segundas lenguas y lenguas extranjeras.

Es de señalar que, a diferencia del enfoque tradicional de la enseñanza de la lengua, limitado a la enseñanza-aprendizaje de los aspectos morfológicos y sintácticos de la misma, hoy en día se pone especial énfasis en la adquisición y desarrollo de los conocimientos, habilidades y capacidades que nos permiten desenvolvernos en nuestras sociedades de una manera adecuada y competente en las diversas situaciones y contextos comunicativos de la vida cotidiana. El resultado obtenido es una mejora del uso oral y escrito de la lengua.

EDUCACIÓN MEDIA BÁSICA:

Ciclo inmediato posterior a la educación primaria, destinado a profundizar el desarrollo de las competencias y los conocimientos adquiridos, y a promover el dominio teórico-práctico de diferentes disciplinas que pueden ser humanísticas, biológicas, científicas, tecnológicas y artísticas.

EDUCACIÓN MULTICULTURAL BILINGÜE:

En colectividades multiculturales o de convivencia multicultural, propuesta pedagógica que tiende a la defensa de todas y cada una de las identidades culturales y lingüísticas de las etnias que coexisten en el seno de una sociedad.

Educación multicultural bilingüe
EDUCACIÓN NO UNIVERSITARIA:

Formación cuyos contenidos educativos son más avanzados que los de nivel secundario, y apunta a preparar para el acceso al mercado laboral. Habitualmente no resulta suficiente para acceder a programas de investigación

Educación no universitaria
EDUCACIÓN OBLIGATORIA:

Formación mínima exigida a todos las personas, y que en el caso de Uruguay comprende a la educación inicial para los niños de cuatro y cinco años de edad, la educación primaria y la educación media básica y superior. Para el cumplimiento de este objetivo el Estado deberá asegurar la extensión del tiempo pedagógico y la actividad curricular a los alumnos de educación primaria y media básica, en tanto que los padres, madres, o responsables legales de niños y adolescentes tienen, por su parte, la obligación de inscribirlos en un centro de enseñanza y observar su asistencia y aprendizaje.

EDUCACIÓN OBLIGATORIA:

Formación mínima que deben cumplimentar todas las personas. La obligatoriedad escolar en todo el país se extiende desde la edad de cuatro (4) años hasta la finalización del nivel de la Educación Secundaria. El Ministerio de Educación y las autoridades jurisdiccionales competentes asegurarán el cumplimiento de la obligatoriedad escolar a través de alternativas institucionales, pedagógicas y de promoción de derechos, que se ajusten a los requerimientos locales y comunitarios, urbanos y rurales, mediante acciones que permitan alcanzar resultados de calidad equivalente en todo el país y en todas las situaciones sociales.

EDUCACIÓN PARA LA DIVERSIDAD:

Filosofía educativa que propugna formas de aceptación e integración de la diferencia al proceso de formación, ya se refiera a capacidades cognitivas, ritmos o formas de aprendizaje o cuestiones de índole racial, sexual o religiosa. La educación para la diversidad busca asegurar igualdad de derechos y de oportunidades a todos los educandos. El término se utiliza en Uruguay desde hace pocos años y no cuenta con una definición en la normativa y la documentación oficial del área educativa.

EDUCACIÓN PARA LA DIVERSIDAD:

Educación tendiente a "formar al ciudadano" como sujeto que sabe cómo reflexionar y evaluar sus acciones y las de los demás, que está informado de los modos de funcionamiento de la sociedad y que es capaz de adaptarse a ella y al mismo tiempo participar de su transformación. Una educación desde la perspectiva de los derechos humanos que implica el reconocimiento de la diversidad cultural, el respeto al otro, el reconocimiento de la heterogeneidad, el aprendizaje de vincularse con las necesidades propias y las de los demás y conocer la pluralidad de realidades.

EDUCACIÓN PERMANENTE:

Definición 1: Concepción según la cual la educación es un proceso que continúa durante toda la vida. No está limitada en el tiempo, ni finaliza al culminar los estudios superiores. En las Universidades, esta concepción está vinculada directamente a la formación de los graduados (excepcionalmente de estudiantes) en cursos de baja carga horaria, y en tópicos concretos de actualización, capacitación o perfeccionamiento relevantes para el ejercicio profesional inmediato. No se consideran como estudios de posgrado.

EDUCACIÓN PERMANENTE:

Principio de la educación que afirma la necesidad de que los servicios educacionales sistemáticos, tengan un carácter continuo y permanente, más allá del período de escolaridad, abarcando todas las dimensiones de la vida y todas las ramas del saber y de los conocimientos prácticos. Se apoya en la concepción de que el hombre es un ser en continua evolución, cuya capacidad de aprender perdura durante toda la vida y para quien toda actividad humana se presta a formación.

EDUCACIÓN POPULAR:

Línea de pensamiento y filosofía educativa llevada adelante por Paulo Freire y otros seguidores latinoamericanos. Para Freire toda acción educativa es una acción política destinada a liberar a las personas de distintas formas de opresión política y económica. En el pensamiento de Freire nadie libera a nadie y nadie es liberado solo, pues las personas se liberan comunión, sobre la base de la solidaridad, la comunicación, la autonomía, la alegría y la esperanza. La educación popular propugna un nuevo modelo político y pedagógico, que aplica el método dialéctico a punto de partida de las prácticas educativas de los educandos, quienes mediante la experiencia y el análisis crítico las transforman en teorías, lo que deviene en una práctica renovada. En este paradigma, la jerarquía del maestro es sustituida por el diálogo entre los saberes de cada uno y todos los actores del proceso educativo. Las metodologías para el aprendizaje son activas y críticas incorporando enfoques políticos u culturales emancipadores. El pensamiento freiriano, expuesto en su prolífica obra, ha dejado huella en el pensamiento filosófico, pedagógico y educativo de América Latina.

EDUCACIÓN PRIMARIA:

Nivel de formación que tiene el propósito de brindar los conocimientos básicos y desarrollar principalmente la comunicación y el razonamiento que permitan la convivencia responsable en la comunidad. La educación primaria se encuentra organizada en dos modalidades de educación (común y especial, enfocada a niños con discapacidades y en consideración a la especificidad de su condición) y atiende a niños a partir de los seis años de edad, conformando, para la modalidad común, un ciclo de seis grados. Es impartida en forma gratuita desde la órbita pública y es de carácter obligatorio.

EDUCACIÓN PRIMARIA:

Nivel del Sistema Educativo Nacional de carácter obligatorio que constituye una unidad pedagógica y organizativa destinada a la formación de los niños y niñas a partir de los seis años de edad. Tiene por finalidad proporcionar una formación integral, básica y común.

EDUCACIÓN PROFESIONAL:
Educación profesional
EDUCACIÓN RURAL:

La educación formal en el medio rural tiene por objetivo asegurar, como mínimo, la educación obligatoria de las personas, teniendo en cuenta las especificidades del medio en que se desarrolla.

A este respecto, aún subsiste en Uruguay el debate entre dos posiciones extremas: la de quienes defienden la educación rural y la de quienes están solo dispuestos a que se hable de una educación en el medio rural, sin que eso implique la especificidad de contenidos, materiales, métodos, ni, consecuentemente, la formación diferenciada de los educadores, la existencia de servicios técnicos especializados, etc.

EDUCACIÓN RURAL:

Modalidad del sistema educativo de los niveles de Educación Inicial, Primaria y Secundaria destinada a garantizar el cumplimiento de la escolaridad obligatoria a través de formas adecuadas a las necesidades y particularidades de la población que habita en zonas rurales. Se implementa en las escuelas que son definidas como rurales según criterios consensuados entre el Ministerio de Educación y las Provincias, en el marco del Consejo Federal de Educación.

EDUCACIÓN SECUNDARIA:

Término que formalmente cae en desuso desde la promulgación de la Ley General de Educación nº 18.437 en diciembre de 2008, y es sustituido por “Educación Media”, que incluye el Ciclo Básico y el Ciclo Superior o Bachillerato.

EDUCACIÓN SECUNDARIA:

Segmento del Sistema Educativo Nacional de carácter obligatorio que constituye una unidad pedagógica y organizativa destinada a los/as adolescentes y jóvenes que hayan cumplido con el nivel de Educación Primaria.
La Educación Secundaria en todas sus modalidades y orientaciones tiene la finalidad de habilitar a los/las adolescentes y jóvenes para el ejercicio pleno de la ciudadanía, para el trabajo y para la continuación de estudios.

EDUCACIÓN SEXUAL:

Aquella que tiene como propósito proporcionar instrumentos adecuados que promuevan, en educadores y educandos, la reflexión crítica ante las relaciones de género, y la sexualidad en general para un disfrute responsable de la misma.

La educación de la sexualidad se ubica en la confluencia de tres vertientes conceptuales que en las últimas décadas del siglo pasado han incorporado nuevos paradigmas: A. La sexualidad y su significación en el proceso de constitución de la persona y establecimiento de vincularidades. B. El desarrollo y la salud integral como elementos claves para el desenvolvimiento humano.  C. El proceso educativo como formador de sujetos autónomos y base de ciudadanía.

EDUCACIÓN SOLIDARIA:

Práctica en el marco de la educación formal y no formal, que promueve la integración del aprendizaje curricular o extracurricular con actividades solidarias, brindando un servicio a la comunidad acorde a la atención de sus necesidades.

EDUCACIÓN SUPERIOR:

Definición 3: Corresponde a la enseñanza del tercer nivel de educación, y posterior a la educación media, pudiendo ser universitaria o no universitaria. Tiene por finalidad proporcionar formación científica, profesional y/o académica.

EDUCACIÓN SUPERIOR:

Nivel del sistema educativo que comprende acciones dirigidas a personas que hayan complido con la educación secundaria, con la finalidad de proporcionar formación científica, profesional y/o académica.

EDUCACIÓN TÉCNICA:
Educación técnica
EDUCACIÓN TÉCNICO-PROFESIONAL:

Aquella dirigida a personas de 15 o más años de edad, que forma para el desempeño calificado de las profesiones y de técnicos medios y superiores vinculados a diferentes áreas ocupacionales. Comprende la formación profesional básica y superior, técnica y tecnológica del nivel medio, incluyendo las tecnicaturas. Es una modalidad de educación que prepara a los participantes para un ingreso directo, sin más formación, a determinadas profesiones. Al acabar con éxito dichos programas, los alumnos obtienen una calificación profesional pertinente para el mercado de trabajo.

EDUCACIÓN TÉCNICO-PROFESIONAL:

Modalidad de la Educación Secundaria y la Educación Superior responsable de la formación de técnicos medios y técnicos superiores en áreas ocupacionales específicas y de la formación profesional.

EDUCACIÓN TECNOLÓGICA:
EDUCACIÓN TECNOLÓGICA:

Tiene como objetivo la comprensión de los procesos o productos de la tecnología el dominio de éstos, y el desarrollo de actitudes críticas, comprometidas y responsables con los impactos que esta actividad genera en la sociedad y en el ambiente natural. Busca el desarrollo de competencias generales que favorezcan la adaptación entre el ciudadano y el mundo tecnológico. Forma parte de la educación general que se imparte en diferentes niveles y areas del sistema educativo.

EDUCACIÓN TERCIARIA:

Definición 1: Nivel educativo que requiere la aprobación de los ciclos completos de educación primaria y media (básica y superior), y que tiene por objetivo profundizar y ampliar la formación en alguna rama del conocimiento. La enseñanza terciaria tiene tres vertientes que pueden articularse entre sí para favorecer el pasaje del educando de una a otra: la profesional, la universitaria y la formación en educación.

El sector de educación terciaria comprende todas las universidades, los institutos de investigación, las estaciones experimentales, los hospitales universitarios, los institutos de formación docente y los institutos de formación terciaria.

Conforme a la Clasificación Internacional Normalizada de la Educación (CINE 97), la educación terciaria comprende el nivel 5 (Primer ciclo de la educación terciaria que no conduce directamente a una calificación avanzada) y el nivel 6 (segundo ciclo de la enseñanza terciaria, que conduce a una calificación de investigación avanzada).

EDUCACIÓN UNIVERSITARIA:

Definición 2: Formación de nivel superior impartida por las universidades. Tiene por finalidad promover la producción, trasmisión y aplicación crítica de los conocimientos, así como la capacitación científica y profesional.

EDUCACIÓN UNIVERSITARIA:

Formación impartida en las universidades nacionales, provinciales y privadas reconocidas por el Estado nacional y los institutos universitarios estatales o privados reconocidos, todos los cuales integran el Sistema Universitario Nacional. Tiene por finalidad la generación y comunicación de conocimientos del más alto nivel, ofreciendo una formación cultural interdisciplinaria dirigida a la integración del saber así como una capacitación científica y profesional específica para las distintas carreras que en ellas se cursen, para beneficio del hombre y de la sociedad a la que pertenecen.

EDUCACIÓN VIAL:

Cuando se imparte esta educación, no se enseñan solo los carteles sino que se enseña a ser ciudadano, a convivir, a cuidar del cuerpo, a defender la vida propia y la de los otros. Esto parte de una visión sistémica. El tema del tránsito no se entiende cómo enseñar a partir de un libro con carteles, sino como un fenómeno multifactorial donde intervienen muchas disciplinas. Obviamente, converge la promoción de salud, todas las materias que tienen que ver con los aspectos jurídicos y la regulación del espacio en el tránsito, así como las relacionadas con el aspecto comunicacional.

EDUCANDO:

Alumno de un colegio u otra institución educativa, y como tal, sujeto receptor de educación. Titular del goce y efectivo ejercicio del derecho a la educación. Los educadores como agentes de la educación deben formular sus objetivos y propuestas, y organizar los contenidos en función de los educandos de cualquier edad.

EGRESO:

Salida de un estudiante de un programa de estudios, al haber cumplido en su totalidad las exigencias y los requisitos prescritos en un determinado plan de formación.

En Uruguay, “egreso” y “titulación” son términos con significados diferentes.

EGRESO:

Cumplimiento de un estudiante de los requisitos de acreditación de los aprendizajes correspondientes a un nivel completo de enseñanza. Es decir, que no adeuda ninguna materia, trabajo práctico u otro requisito. También alcanza esta condición el estudiantes que completa sus estudios a través de exámenes libres y de révalida, tomando como año de egreso la fecha del último exámen aprobado.

EJE TEMÁTICO:

Cada una de las grandes líneas temáticas en las que se subdivide un plan de estudios, que determina en algunos casos una trayectoria estudiantil con componentes obligatorios y optativos, y un sistema de previaturas.

EJE TRANSVERSAL:

Conjunto de contenidos que, por sus características de referencia, se abordan a lo largo de diversas asignaturas o unidades didácticas de un plan de estudios o un currículo. Son ejemplos de tópicos propios de los ejes transversales la educación ambiental, las cuestiones de género, la educación cívica y otros conocimientos relacionados con valores.

ENCARGATURA:

En un centro educativo, designación y atribución en forma interina de tareas de docencia o dirección, ya sea  por licencia o alejamiento del funcionario o autoridad titular, hasta tanto se reincorpore o designe, en su caso, al titular.

ENSEÑANZA ACELERADA:

Comprende una metodología de enseñanza-aprendizaje que tiene por objeto la consecución de un máximo de eficacia en un área específica, dentro de un sustancial acortamiento de los plazos convencionales para lograr créditos universitarios, certificados o grados. Dirigida especialmente a adultos para facilitar su rápida  inserción en el campo laboral.

No se aplica en el ámbito educativo
ENSEÑANZA BÁSICA:

Aquella “impartida en dos niveles de los sistemas educativos que, también por consenso, los países {del Mercosur} han denominado Primario y Secundario Bajo; estos niveles se corresponden, respectivamente, con Cine 1 y Cine 2 de la Clasificación Internacional Normalizada de Educación 1997 (Cine 1997)”... “Estos dos niveles reciben distintos nombres en cada país; más aun, las edades de los niños que deberían cursar esos niveles según las respectivas legislaciones nacionales no son exactamente las mismas, aunque guardan gran coincidencia entre sí.” (Estudo analítico comparativo do Sistema Educacional do MERCOSUL 2001-2005, p. 80). “Se observan diferencias en términos de enseñanza obligatoria: mientras algunos países restringen la obligatoriedad a los niveles incluidos en la enseñanza básica, otros {Argentina y Uruguay} la exceden.”

ENSEÑANZA DE LA TECNOLOGÍA:
ENSEÑANZA DE LA TECNOLOGÍA:

Se refiere a las estrategias, métodos y situaciones en las que se desarrolla la transmisión de contenidos correspondientes a la educación tecnológica.

ENSEÑANZA DE LENGUAS EXTRANJERAS:

El aprendizaje de lenguas extranjeras es una necesidad en la sociedad actual. La globalización hace que el aprendizaje de lenguas extranjeras se haya convertido en un elemento básico de la formación de cualquier persona, por lo que introducirlo en los primeros años de la Educación Primaria supone una mejora de la calidad de la enseñanza en esta etapa.

ENSEÑANZA DE LENGUAS EXTRANJERAS:

Enseñanza de lenguas distintas al español en el contexto escolar.  En las definiciones curriculares nacionales, se delimita el conjunto de lenguas extranjeras a las cinco que actualmente están incorporadas al sistema formal de educación obligatoria y formación docente de nuestro país -el alemán, el francés, el inglés, el italiano y el portugués- sin desconsiderar, a futuro, la posibilidad de inclusión de otras lenguas.

ENSEÑANZA EN RED:

Enseñanza en red o teleeducación a través de un nuevo contexto social, el telemático; comprende el desarrollo del proceso de información a distancia basado en el uso de las tecnologías de la información y las telecomunicaciones, que posibilitan un aprendizaje interactivo, flexible y accesible a cualquier receptor potencial. La nueva era digital, caracterizada por la eliminación de barreras espacio-temporales, abre nuevos horizontes en el campo de la educación introduciendo flexibilidad en los procesos docentes. En la actualidad, la mayor parte de los esfuerzos se dirigen a modelos educativos en red, ya que la tecnología web proporciona un marco adecuado para el trabajo interactivo, otorgando gran protagonismo al alumno en el proceso docente.

No se aplica en el ámbito educativo
ENSEÑANZA TÉCNICA:

En la actualidad en Uruguay la enseñanza técnica se asimila a la denominada técnico profesional.

Enseñanza técnica
ENSEÑANZA TECNOLÓGICA:

Toda modalidad de formación en la que se requiere o se procura un aprovechamiento eficiente y óptimo de instrumentos, aplicaciones y métodos propios de una especialidad, para la resolución de problemas humanos, sociales, ambientales y productivos.

ENTE ACREDITADOR:

Agencia de jurisdicción nacional encargada de evaluar, orientar, acreditar y asesorar en planificación y planeamiento educativo. Esta entidad suele tener en sus cometidos promover acciones para el aseguramiento de la calidad y la equidad de la educación. Al presente existe en Uruguay un proyecto de ley de creación de un Ente Acreditador o Agencia de Acreditación, a estudio.

EQUIPARACIÓN DE ESTUDIOS:

Modalidad de reconocimiento de la equivalencia o razonable equivalencia de estudios cursados en diferentes subsistemas, con diferentes diseños, a los mismos efectos habilitantes.

EQUIVALENCIA DE ESTUDIO:

Análisis de la compatibilidad entre carreras, cursos, programas, títulos o diplomas de un mismo país o de distintos países, que se expresa en la asignación comparada de valores similares a los correspondientes niveles de estudios, de modo de facilitar la revalidación, la homologación, el reconocimiento o la acreditación de los estudios realizados por una persona en institutos y centros educativos diferentes de los de origen. El análisis se rige por los principios de flexibilidad y razonable equivalencia.

EQUIVALENCIA DE ESTUDIO:

Correspondencia en cuanto a la formación y el contenido de estudios realizados en un determinado nivel, curso o institución, en relación a otros de similares características.

ESCALA DE CALIFICACIONES: Instrumento de evaluación del trabajo estudiantil y escolar que da testimonio de la expresión global de las valoraciones de maestros y profesores sobre diferentes aspectos del proceso educativo del estudiante, tales como: adquisición de habilidades y contenidos en su área o asignatura, creatividad, socialización, disciplina y adquisición de valores e interés por las tareas. Las valoraciones se realizan en relación con los objetivos generales de la formación, los objetivos propios de las áreas o asignaturas, los contenidos conceptuales, procedimentales y actitudinales impartidos en cada área, y los objetivos establecidos en el Proyecto de Centro, coherentes con los mencionados anteriormente. La escala de calificaciones atribuye calores numéricos que van habitualmente desde un sobresaliente (12) a un deficiente (1), y que en algún punto de la escala permiten promover un curso u obtener el derecho a examen.
ESCOLARIDAD:

Definición 1: Período de tiempo que un alumno asiste a un centro educativo para estudiar y aprender, especialmente el tiempo que dura la enseñanza obligatoria.

ESCOLARIDAD:

Cantidad de años que un alumno asiste a una institución del sistema educativo.

ESCOLARIZACIÓN:

Definición 1: Conjunto de acciones destinadas a asegurar la inclusión de la población en los diferentes niveles de enseñanza, en especial aquellos que son declarados obligatorios por la ley.

ESCOLARIZACIÓN:

Acción y efecto de escolarizar, es decir, de incorporar a una población al sistema educativo formal.

ESCUELA ABIERTA:

Modalidad educativa que genera en el educando capacidades y habilidades para intervenir en el medio, abriendo el contexto educativo al entorno natural, cultural y social en que se encuentra inserta la escuela. Se trata de una experiencia de interacción escuela-comunidad a través de la creación de espacios de comunicación y toma de decisiones de la comunidad educativa en la escuela, así como la implicación de la escuela en varias instituciones y actividades de apoyo a la comunidad.

ESCUELA DE ALTERNANCIA:

La alternancia es una corriente pedagógica que, como su nombre lo indica, alterna un período de educación en el centro educativo con un período en el medio socio-profesional. De esta manera, el joven formado en este sistema sigue insertado en el medio, aunando estudio con práctica laboral.

La pedagogía en alternancia nace en Francia antes de la Segunda Guerra Mundial, impulsada por padres de jóvenes campesinos a partir de la reflexión con un sacerdote acerca de la educación que querían para sus hijos, que permitiera el arraigo del joven en el medio rural ante el obligado traslado a la ciudad para proseguir allí sus estudios. Se les reprochaba a las escuelas su enseñanza eminentemente teórica y con escaso anclaje a la realidad productora.  Siguiendo el modelo francés, se estableció este tipo de enseñanza semipresencial con una forma de escolarización alterna basada en tres pilares fundamentales que interaccionan entre sí: Familia, Centro Escolar y Alumno.

ESCUELA DE FRONTERA:

Institución intercultural bilingüe basada en un concepto de frontera en estrecha relación con la integración regional, así como el conocimiento y el respeto por la cultura y las producciones del otro país. Conforme a esta propuesta pedagógica, la escuela desarrolla escenarios de aprendizaje tanto en la lengua materna como en segundas lenguas a lo largo de toda la escolaridad básica, favoreciendo un perfil de egresado consciente de su lugar como ciudadano del Mercosur. En otras palabras, el egresado y el proceso formativo son concebidos desde la identidad y la ciudadanía regional.

ESCUELA DE FRONTERA:

Establecimiento educativo ubicado a lo largo de las líneas de límites internacionales. Pertenece a la jurisdicción provincial correspondiente y su propósito es brindar educación básica e integrar a esas jurisdicciones a la vida nacional.

ESCUELA DE INTERNADO RURAL:

Tipo de institución de educación primaria rural que se caracteriza por atender alumnos en régimen de permanencia dentro del local educativo durante toda la semana, de lunes a viernes. A 2015, existen seis escuelas en este régimen. Está orientada a familias que viven aisladas en zonas rurales y que, de otra manera, no podrían insertar a los niños en el sistema educativo formal.

ESCUELA DE TIEMPO COMPLETO:

Conocidas por la sigla ETC, constituyen una innovación educativa en enseñanza primaria, buscando mejorar la calidad de los aprendizajes en los contextos socioculturales más críticos y, de ese modo, fortalecer la equidad en los resultados. Son escuelas de doble horario que atienden a la formación integral del alumno, procurando cubrir asimismo sus necesidades básicas a través de dos comidas diarias y realizando tareas de extensión a nivel de su entorno familiar.

ESCUELA DE TIEMPO COMPLETO:

Escuelas donde se brinda enseñanza en dos turnos diarios (mañana y tarde) con el objetivo de realizar actividades complementarias o reforzar los aprendizajes básicos. Se denominan también "escuelas de jornada completa" o "escuelas de doble escolaridad".

ESCUELA RURAL:

Institución de educación primaria que se sitúa en zonas rurales, que tiene como objetivo asegurar, como mínimo, la educación primaria obligatoria de las personas, teniendo en cuenta las especificidades del medio en que se desarrolla.

Su existencia no implica considerar una educación diferente in totum a la urbana. La educación es una, la estructura curricular es una, la formación de los docentes es una y la política educativa general es una. Pero el currículum, la formación de los docentes, las líneas de política educativa y las acciones educativas concretadas necesitan de formulaciones específicas en el territorio. Lo que se defiende es la especificidad de la educación rural en general y de la escuela rural en particular. Esta especificidad es doble: social y didáctica. La primera refiere a la importancia que sigue teniendo la escuela rural en cuanto al vínculo con la comunidad, en tanto centro de referencia para las comunidades rurales. La segunda refiere a la existencia de grupos multigrado, con todo el potencial para los aprendizajes que ello implica. La defensa de estas especificidades genera prácticas y circunstancias singulares que se construyen en la cotidianidad de estas instituciones.

ESCUELA UNIVERSITARIA:

Institución universitaria de segundo nivel en la jerarquía institucional, ubicándose generalmente por debajo de las facultades. Suelen conservar cierto grado de autonomía en sus decisiones. Podría decirse que su única diferencia es la de ser presidido por un Director en lugar de un Decano, aunque en la práctica los cometidos y atribuciones de ambos no se diferencian.

No se aplica en el ámbito educativo
ESCUELAS ESPEJO:

Unidad operativa en la que se desarrolla un programa para la educación intercultural bilingüe. Está constituida por escuelas de similares características y ubicadas en ciudades gemelas, donde los equipos que llevan adelante el programa, realizan una planificación conjunta de los proyectos escolares, entre los cuales se destaca la enseñanza de la lengua del país vecino y el fortalecimiento de la formación docente a partir del intercambio de maestros en días y horarios preestablecidos.

Las escuelas espejo son también conocidas como escuelas gemelas. 

ESCUELAS SOLIDARIAS:

No hay equivalencia.

ESPECIALIDAD:

Definición 1: Cada una de las áreas del conocimiento para cuyo desempeño se requiere una formación específica, y la legitimación de las instituciones educativas respectivas, en términos de diplomas o títulos. En algunos casos, como en la Medicina o la Abogacía, el ejercicio de una especialidad sin la legitimación consiguiente, establecida incluso por ley, constituye delito.

ESPECIALIZACIÓN:

Nivel de formación inmediato al grado, que corresponde generalmente a un plan de cursos de mediana duración (seis meses a un año), y que tiene por objeto la profundización de los conocimientos relativos a una subárea disciplinaria. El título que se obtiene se denomina habitualmente “Diploma” o “Diploma de especialización”. Corresponde a un posgrado “lato sensu”.

ESPECIALIZACIÓN:

Tiene por objeto profundizar en el dominio de un tema o área determinada dentro de una profesión o de un campo de aplicación de varias profesiones, ampliando la capacitación profesional a través de un entrenamiento intensivo. Cuenta con evaluación final de carácter integrador. Conduce al otorgamiento de un título de Especialista, con especificación de la profesión o campo de aplicación.

ESTABLECIMIENTO EDUCATIVO RURAL:

Institución educativa que se ubica en zona diferente de la urbana, y que está destinada a estudiantes que viven en el medio rural o que, eventualmente, pueden ser trasladados en el día o por períodos, desde ciudades cercanas.

En general se trata de instituciones de educación primaria o técnica.

ESTADÍSTICA EDUCATIVA:

Ciencia que recopila, organiza, analiza e interpreta la información educativa numérica o cualitativa, de manera que puede llevar a resultados y/o conclusiones válidas.

ESTRUCTURA CURRICULAR:

Disposición orgánica de módulos o segmentos de formación, considerando los objetivos y los perfiles, la matriz teórico-conceptual, los contenidos, los aspectos prácticos y metodológicos, los valores, los recursos, las cargas horarias, la secuencia de aprendizaje y las estrategias de evaluación que permitan retroalimentar y ajustar el proceso educativo.

En la actualidad se tiende al desarrollo de estructuras curriculares flexibles, creditizadas, en las cuales el educando tenga una amplia gama de opciones de formación, más allá de los núcleos o los ejes troncales de aprobación obligatoria.

ESTRUCTURA CURRICULAR:

Matriz abierta que permite organizar y distribuir en el tiempo los contenidos a enseñar en un tramo del sistema educativo, de acuerdo con reglas comprensibles. Define un conjunto de espacios curriculares dentro de los cuales se pueden agrupar esos contenidos.

ESTUDIANTE EXTRANJERO:

Aquel que procede de otro país y que está en condiciones de iniciar o continuar estudios universitarios parciales cursados en el exterior, pudiendo tramitar en este último caso, la reválida o el reconocimiento de dichos estudios. 

EVALUACIÓN CUALITATIVA:

Proceso sistemático, integral y participativo de valoración del desempeño de una institución educativa, a partir de la recopilación de datos no cuantificables y de su análisis a través de parámetros, indicadores y categorías que ponderan y califican el quehacer educativo institucional. Se combina generalmente con modalidades de evaluación cuantitativa. Asume al menos dos fases (autoevaluación y evaluación externa) y generalmente se inscribe en formas de evaluación institucional con fines de acreditación o de categorización de las instituciones educativas, o de seguimiento de fenómenos educativos a lo largo del tiempo.

EVALUACIÓN CUANTITATIVA:

Proceso sistemático, integral y participativo de valoración del desempeño de una institución educativa, a partir de la recopilación de datos cuantificables y de su análisis a través de parámetros, indicadores y categorías que ponderan y califican el quehacer educativo institucional. Se combina generalmente con modalidades de evaluación cualitativa. Asume al menos dos fases (autoevaluación y evaluación externa) y generalmente se inscribe en formas de evaluación institucional con fines de acreditación o de categorización de las instituciones educativas, o de seguimiento de fenómenos educativos a lo largo del tiempo.

EVALUACIÓN CURRICULAR:

Es aquella que se realiza en forma integrada respecto a los contenidos conceptuales, el manejo de procedimientos y el desarrollo de actitudes, destrezas y habilidades específicas, focalizando en el proceso (retroalimentación para mejorar el desempeño de la enseñanza, identificación de áreas de debilidad para perfeccionarlas y de fortaleza para potenciarlas) y en el resultado (juicio sobre las competencias y certificación del rendimiento del estudiante). Basada en estos criterios, la evaluación curricular propende a estimular la iniciativa personal de los alumnos y valora no sólo los aspectos cognitivos del aprendizaje, sino que también toma en cuenta el desarrollo de habilidades y destrezas, la actitud de comunicación y la capacidad para resolver problemas.

EVALUACIÓN CURRICULAR:

Trabajo de evaluación -técnica y analítica- de planes de estudio con a los efectos de darle reconocimiento oficial y validez nacional. En Argentina el Equipo de Trabajo de Asesoramiento y Evaluación Curricular se encarga de asesorar a las instituciones universitarias en el diseño de planes de estudio decarreras de pregrado, grado y posgrado.

EVALUACIÓN DE COMPETENCIAS:

En el ámbito educativo es la descripción cualitativa y cuantitativa de la conducta de un alumno más los juicios de valor concernientes a la deseabilidad de esa conducta. La evaluación requiere un proceso de acompañamiento o valoración de información acerca del aprendizaje de dicho alumno,  para lo cual se siguen procedimientos de observación, recolección, registro, medición e interpretación de información sobre el alumno. En otra aproximación educativa al concepto se puede entender como cualquier método para entender mejor el conocimiento que posee un estudiante. 

No se aplica en el ámbito educativo
EVALUACIÓN DE MATERIAL EDUCATIVO:

Proceso de valoración de la calidad, la pertinencia y la adecuación de textos, documentos convencionales, audiovisuales y digitales, aplicaciones y herramientas didácticas destinadas al aprendizaje.

EVALUACIÓN DE PROCESOS:

Estudio sistemático de los datos sobre los efectos que produjeron los métodos empleados, su progresión, sus dificultades y su comparación para tomar decisiones de ejecución.

No se aplica en el ámbito educativo
EVALUACIÓN DE PRODUCTOS:

Estudio sistemático de los datos sobre el resultado producido, su medición, interpretación, juicio acerca del cumplimiento de los objetivos y de la eficacia demostrada. En suma, estimación de los resultados para tomar decisiones de replicación. 

No se aplica en el ámbito educativo
EVALUACIÓN DOCENTE:

Proceso por el cual se valora el desempeño docente a través de las actividades realizadas en determinado período de tiempo (un período reglamentario) o en determinada instancia (al final de un curso), con la finalidad de considerar su desempeño o la renovación de su cargo. La evaluación de los docentes puede hacerse por parte de sus estudiantes, sus superiores e inclusive sus pares. Considera tanto las aptitudes didácticas y pedagógicas para la enseñanza y la transmisión de conocimientos, como su nivel de compromiso educativo (asiduidad, actitud, interacción con los estudiantes, actualización de su formación, entre otros aspectos).

EVALUACIÓN ESCOLAR:

Modalidad de valoración que se cumple en la educación primaria e inicial, y que se caracteriza por ponderar los aprendizajes, tanto de conocimientos como de comportamientos, y tomar decisiones acerca de la promoción de los alumnos al siguiente nivel. La evaluación escolar persigue dos objetivos: uno pedagógico, en el que la evaluación se entiende como dispositivo, y otra social, en que la evaluación acredita o certifica los saberes de los estudiantes, dando cuenta ante la sociedad de los desempeños que han logrado.

EVALUACIÓN ESTUDIANTIL:

Definición 1: Proceso por el cual se aprecia el grado en que los estudiantes alcanzan los objetivos propuestos, así como la ponderación de sus logros, en consonancia con las metas previstas en la planificación docente. La evaluación se realiza en forma sistemática, a través de distintas modalidades: corrección de trabajos, valoración de la participación en aula, presentación de temas, realización de pruebas parciales e internas y exámenes, entre otras. En los niveles primarios y medios de enseñanza se evalúa también el comportamiento de los alumnos.

EVALUACIÓN EXTERNA:

Evaluación que se realiza por personas ajenas a la institución evaluada-ya sea por pares académicos o por agencias de evaluación y acreditación-, a través de la cual se califica la organización y el funcionamiento de la institución,  se observa la trama de su desarrollo, se valoran los procesos y los resultados y se recomiendan cursos de acción. Es llevada a cabo por personas que no pertenecen a la institución, independientes en su criterio aunque sobre la base del proyecto institucional de la misma, y a partir de la autoevaluación realizada. De modo genérico e indicativo se pueden mencionar las siguientes dimensiones a ser consideradas como categorías o capítulos de referencia:                                 

a) Enseñanza de Grado                                                                                                                             

b) Investigación                                                                                                                                

c) Posgrados y Educación Permanente                                                                                    

d) Extensión y Asistencia                                                                                                                

e) Cuerpo docente                                                                                                                                

f) Estudiantes                                                                                                                                        

g) Administración y Gestión                                                                                                                          

h) Infraestructura  Académica                                                                                                    

i) Infraestructura Física                                                                                                              

j) Recursos Financieros

El propósito de la evaluación externa está, casi siempre, relacionado con la acreditación, siendo su producto final un informe que contiene juicios de valor sobre la validez, precisión y fiabilidad del informe de la autoevaluación, así como, eventualmente, las recomendaciones que necesariamente deben cumplirse antes de la acreditación.

Una evaluación totalizadora u holística resultará de la confrontación de los resultados de la evaluación interna con los de la evaluación externa.

EVALUACIÓN EXTERNA:

Evaluación de las instituciones universitarias que realiza un organismo ajeno a la misma para analizarlos logros y dificultades que presentan en la concreción de sus objetivos y así contribuir al mejoramiento de la calidad educativa. En Argentina las evaluaciones externas las realiza la CONEAU (Comisión Nacional de Evaluación y Acreditación Universitaria); tienen lugar como mínimo cada seis años y son complementarias de las autoevaluaciones que efectúen los establecimientos para analizar sus logros y dificultades.

EVALUACIÓN INSTITUCIONAL:

Mecanismo objetivo de medición de la eficiencia de una institución, o sea, su capacidad de responder a determinadas demandas. Es un proceso holístico que se orienta al análisis de la Misión, los objetivos, los programas y planes de desarrollo, su ejecución y la ponderación de sus resultados. Todo proceso de evaluación institucional comprende al menos dos fases: la autoevaluación realizada desde adentro de la institución y la evaluación externa, que se realiza por personas ajenas a la institución, pero con versación en procesos de evaluación. En el caso de las universidades, los procesos de evaluación institucional constituyen etapas importantes en los procesos de acreditación. La evaluación institucional, como toda forma de evaluación, es un proceso dinámico, continuo y sistemático, enfocado hacia los cambios de las conductas y rendimientos, mediante el cual se verifican los logros adquiridos en función de los objetivos propuestos.

EVALUACIÓN INSTITUCIONAL:

Evaluación de las instituciones de educación superior no universitaria, en particular de aquellas que ofrezcan estudios cuyos títulos habiliten para el ejercicio de actividades reguladas por el Estado, que pudieren comprometer de modo directo el interés público, estableciendo las condiciones y requisitos mínimos a los que tales instituciones se deberán ajustar.

EVALUACIÓN POR PARES:

La evaluación por pares es eficaz precisamente porque se desarrolla en el marco de un diálogo entre iguales, que comparten códigos y criterios propios de una determinada disciplina o profesión y aquellos correspondientes a la vida académica. Para ello es esencial cautelar al máximo la legitimidad del Comité de Pares, de manera que su autoridad sea aceptada voluntariamente por parte de la comunidad académica de la carrera en evaluación.

EVALUACIÓN POR PARES:

Evaluación de carreras de nivel superior por parte de expertos que se organizan en base a áreas disciplinarias y aplican en cada caso los criterios y estándares vigentes conforme a los procedimientos aprobados por la Comisión Nacional de Evaluación y Acreditación Universitaria (CONEAU). Los pares son seleccionados atendiendo a sus antecedentes académicos y profesionales, conforme a las características de las carreras a evaluar.

EXAMEN:

Instancia de evaluación y certificación de los conocimientos y competencias adquiridos por los estudiantes, que se realiza una vez culminados los cursos, y en períodos ordinarios o extraordinarios establecidos por las autoridades educativas. El examen puede ser oral y/o escrito conforme a las exigencias de cada materia, y puede alcanzar a todos los estudiantes matriculados o solo a aquellos que a lo largo del curso no obtuvieron una calificación mínima.

EXAMEN DE ADMISIÓN:
EXAMEN DE INGRESO:

Prueba que realizaban los alumnos de la Educación Básica (Primaria) de las instituciones de enseñanza privada, previo a su pase a Educación Media (Secundaria). Dicha prueba fue sustituida el 22 de marzo de 1990 por la llamada "Prueba de egreso de Educación Primaria para alumnos que estudian en colegios privados o no habilitados y quieran finalizar formalmente el ciclo escolar". El antiguo Examen de Ingreso - vigente hasta el año 1989 inclusive - era elaborado por Enseñanza Secundaria. La actual prueba de egreso la confecciona Enseñanza Primaria.

EXTENSIÓN UNIVERSITARIA:

En sentido estricto, proceso dialógico y bidireccional, que busca la colaboración entre actores universitarios y actores sociales, en un pie de igualdad, dialogando y combinando sus respectivos saberes al servicio de objetivos socialmente valiosos, dando prioridad a los problemas de los sectores más postergados.

En sentido amplio, la extensión comprende diversas formas de actividades en el medio social, tales como asistencia a la comunidad, difusión o divulgación científica y procesos de transferencia tecnológica. Estas actividades tienen un enfoque unidireccional y pretenden dar respuesta a demandas puntuales de la población.

La extensión es una de las tres funciones básicas de la Universidad, junto con la enseñanza y la investigación.

EXTENSIÓN UNIVERSITARIA:

Conjunto de actividades que se realizan desde la Universidad para volcar los resultados de su investigación y docencia en función de los problemas y demandas de la sociedad y su medio. Parte del concepto de la democratización del saber y asume la función social de contribuir a la mayor y mejor calidad de vida de la sociedad a la vez que enriquece y redimensiona toda su actividad académica conjunta.

FACILITADOR:

Trabajador de la educación que se dedica a generar y sustentar las condiciones, los ámbitos y las modalidades para que los educandos aprendan, aplican los nuevos conocimientos e interactúen de la mejor manera posible, utilizando para ello estrategias y recursos para favorecer la participación y la motivación individual y colectiva. Es considerado a la vez un educador, un instructor y un promotor del aprendizaje y de una actitud activa de los alumnos.

FACULTAD:

Cada una de las grandes divisiones de la mayoría de las universidades; corresponde a un gran campo científico o profesional y en ella se imparten las enseñanzas de una o varias carreras afines. La máxima autoridad de una Facultad es el Decano.

En nuestra tradición latina el término Facultad tiene un contenido de mayor extensión, abarcando tanto al cuerpo académico como a los elementos locativos, de infraestructura y administrativos, incluyendo todo el personal que cumple tareas en la institución.

La denominación, que tuvo su origen en la potestad o facultad de enseñar atribuida a los maestros, se transfirió al conjunto de maestros de una misma rama, y se asimiló posteriormente a la organización misma de los estudios.

FACULTAD:

Las facultades son, dentro de la universidad, las unidades administrativas y de gobierno que agrupan, cada una, varias escuelas y/o departamentos y/o institutos.

FLEXIBILIZACIÓN CURRICULAR:

Supone brindar itinerarios curriculares que ofrezcan una mayor autonomía a los estudiantes en la consecución de sus intereses y necesidades de formación, incluyendo pasajes intra e inter carreras. Esto conlleva un incremento en los Planes de Estudios de la proporción de asignaturas efectivas y optativas y una disminución de la proporción de asignaturas con correlatividad. 

FLEXIBILIZACIÓN CURRICULAR:

Propuesta alternativa a la concepción lineal y rígida de los estudios en educación superior, que rompe con el sistema de materias y cursos seriados y obligatorios, y presenta en su lugar una amplia gama de opciones para la formación profesional.

FORMACIÓN:

Instancia formal o informal de educación centrada en el educando, con el propósito de promover la asimilación y el aprovechamiento individual y social de conocimientos, técnicas, destrezas y competencias.

FORMACIÓN:

Adquisición de conocimientos, actitudes, habilidades y conductas asociadas al ámbito profesional (preparación para un tipo particular de actividad) o para el conocimiento de ciertas disciplinas.

FORMACIÓN CONTINUA:

Proceso de actualización de los conocimientos, capacidades y habilidades profesionales, impartidos por instancias académicas reconocidas por las diversas profesiones. Se relaciona con el aprendizaje a lo largo de la vida.

FORMACIÓN CONTINUA:

Formación recibida por los trabajadores para profundizar sus conocimientos, actualizar y/ o acrecentar sus competencias laborales. En el ámbito educativo la formación continúa de los docentes es un elemento fundamental en la política educativa por su incidencia en la mejora del sistema educativo en su conjunto.

FORMACIÓN DE FORMADORES:

Formar al formador es dar ocasión, a los conductores de procesos de aprendizaje, de conocer, descubrir, aplicar y valorar métodos y técnicas para su crecimiento personal y profesional. El formador aprende con la práctica docente, de sus aciertos y errores, en la relación con el grupo de formación cuando piensa cómo planificar y presentar las sesiones de aprendizaje.

Supone un proceso dinámico y permanente, una reflexión sobre los modos de actuar en el aula y una adaptación a las situaciones y oportunidades del entorno.

FORMACIÓN DE FORMADORES:
  1. Formación de docentes que abarca desde su formación inicial para convertirse en docentes hasta la formación durante su práctica profesional.
  2. Formación de aquellos profesionales que forman a los docentes de los diferentes niveles y modalidades.
FORMACIÓN DOCENTE:

(De la formación en educación). La formación en educación se concebirá como enseñanza terciaria universitaria y abarcará la formación de maestros, técnicos, profesores, profesores de educación física y educadores sociales, así como de otras formaciones que el Sistema Nacional de Educación requiere.

FORMACIÓN ESPECÍFICA:

Conjunto de contenidos tratados en profundidad o de una manera exhaustiva. Fundamentalmente, la enseñanza que se imparte a nivel de posgrado puede considerarse formación específica.

De todos modos, el término comporta cierta ambigüedad y es usado en distintos contextos con alcance diferente. En general se utiliza por oposición a “formación general” o “formación generalista”. 

FORMACIÓN ESPECÍFICA:

Formación que garantizará una profundización de la Formación General, en el campo de conocimiento propio de la orientación, especialización o modalidad (y de la formación técnica o artística de que se trate), propiciando una mayor cantidad y profundidad de saberes del área que es propia y particular de cada oferta. Los saberes propios de este Campo constituyen el núcleo principal del Ciclo Orientado.

FORMACIÓN GENERAL:

En el nivel de educación universitaria, se utiliza la expresión “formación generalista”. Se asocia con ella el tipo de formación que tiene como propósito trasmitir los contenidos más importantes de un área amplia del conocimiento, sin profundizar en aspectos particulares de los mismos. En algunos casos la formación generalista se verifica sobre todo en los cursos de grado. 

FORMACIÓN GENERAL:

Núcleo de formación común de la Educación Secundaria, debe estar presente en todas las propuestas educativas del nivel secundario en el país e incluirse en los planes de estudios de todas y cada una de las orientaciones y modalidades. Comienza en el ciclo básico y se extiende hasta el fin de la obligatoriedad, en el ciclo orientado.

FORMACIÓN PARA EL TRABAJO:

Línea educativa centrada en cursos dirigidos a los trabajadores y a quienes buscan trabajo, para adecuar su calificación previa a los requerimientos de las tecnologías modernas, los cambios en la organización del trabajo y la búsqueda de calidad de las organizaciones. Esta modalidad de formación tiene componentes de capacitación pero pretende ofrecer además contenidos de valor general que sustentan la capacidad de inserción o reconversión laboral de las personas.  

Los programas de formación para el trabajo son en su mayoría gubernamentales y se orientan no sólo a trabajadores dependientes sino también a pequeños empresarios.

Tanto en este caso como en el del término “formación profesional” no se cuenta con definiciones oficiales de referencia que sean válidas y suficientes en todos los ámbitos. Son conceptos dinámicos que conservan cierta ambigüedad respecto a sus alcances, según las diferentes épocas.

FORMACIÓN PARA EL TRABAJO:

Ofertas de formación dirigidas a jóvenes y adultos en función de sus experiencias y necesidades productivas, para favorecer su empleabilidad e inserción en el mercado de trabajo.

FORMACIÓN PROFESIONAL:

Definición 1: Línea de formación destinada a obtener trabajadores semicalificados, calificados o actualizados, mediante conocimientos que desarrollen la capacidad práctica, el saber y las actitudes necesarias para el trabajo en cualquier rama de actividad. La formación profesional pretende brindar condiciones suficientes para situar al trabajador en el mercado laboral y favorecer su adaptación a los cambios tecnológicos, de gestión y del mundo del trabajo en general.

FORMACIÓN PROFESIONAL:

Conjunto de acciones cuyo propósito es la formación sociolaboral para y en el trabajo, dirigida tanto a la adquisición y mejora de las cualificaciones como a la recualificación de los trabajadores, y que permite compatibilizar la promoción social, profesional y personal con la productividad de la economía nacional, regional y local. También incluye la especialización y profundización de conocimientos y capacidades en los niveles superiores de la educación formal. La formación profesional admite formas de ingreso y de desarrollo diferenciadas de los requisitos académicos propios de los niveles y ciclos de la educación formal, pudiendo articularse con programas de alfabetización o terminalidad de los niveles comprendidos en la escolaridad obligatoria o post-obligatoria.

FORO:

Reunión para tratar problemas de carácter más bien práctico, a la cual pueden ser invitadas personas de oficios o profesiones muy diferentes, pero interesadas en aquellos desde distintos puntos de vista, y cuyas opiniones conviene conocer y confrontar. El intercambio de ideas se basa, entonces, en razones de orden práctico antes que en un conocimiento especializado y más o menos profundo de un problema. “Forum” en tiempos de los romanos era la plaza del mercado. Luego fue un lugar abierto, de reunión y discusión, pública o privada, donde se levantaban las curias, las tribunas, los templos. Más tarde se aplicó a todo centro de tribuna con libre discusión.

FRACASO ESCOLAR:

Medida del desempeño insatisfactorio de los niños en la educación primaria, considerando mínimos previamente establecidos respecto a un rendimiento medio esperado. El fracaso escolar se expresa en bajas calificaciones, repeticiones y, en su expresión más dramática por sus repercusiones sociales y educativas, en el abandono.

Las escuelas tradicionales de pensamiento atribuían el fracaso escolar casi exclusivamente a trastornos o dificultades del aprendizaje y/o a trastornos emocionales. No obstante, corrientes modernas de pedagogía y educación incorporan variables sociales y políticas que involucran la influencia de la situación familiar y socioeconómica del alumno, y la responsabilidad institucional de las autoridades gubernamentales y de la educación para desarrollar estrategias y planes que generen condiciones de base que permitan disminuir o canalizar el fracaso escolar.

FRACASO ESCOLAR:

Se ha utilizado, tanto en el debate político como académico de las últimas décadas, para describir y analizar las dificultades en la trayectoria escolar de los alumnos (ingreso tardío, repitencia, abandono, bajo rendimiento, etc.).

Sin embargo, este concepto tiende al desuso porque no representa los cambios por los que atraviesa el alumno en su particular tránsito por la escolaridad y porque ofrece una imagen negativa del mismo que afecta su autoestima.

En este sentido, se prefiere el concepto de TRAYECTORIA ESCOLAR dado que permite hacer referencia a las múltiples formas de atravesar la experiencia escolar, muchas de las cuales no implican recorridos lineales por el sistema educativo.

GESTIÓN EDUCATIVA:

Conjunto de procesos de gobierno y administración de la educación que tienen como principales actores a los responsables de los sistemas, las instituciones, los consejos y las direcciones, en todos sus niveles. La gestión se enmarca en el contexto y los objetivos de las políticas públicas que se establecen, así como en el fortalecimiento de los planes y programas de educación, con la pretensión de alcanzar metas previamente identificadas.

En sentido general, la gestión educativa toma bajo su responsabilidad el conjunto de propuestas educativas integradas y articuladas para todos los habitantes a lo largo de toda la vida. Participa en la planificación, la implementación, la ejecución y la evaluación de la educación en todos sus aspectos.

GRADO:

Definición 1: Nivel básico de fomación universitaria, el primero que se cursa en la jerarquía de títulos universitarios.

GRADO:

Unidad de organización y aprendizaje en que se divide la educación primaria, según criterios vinculados con objetivos, secuenciación de contenidos, edad y conocimientos de los alumnos y normas de acreditación.

GRADUACIÓN:

Definición 1: Conclusión de un curso o un nivel de formación de grado.

GRATUIDAD EDUCATIVA:

Principio de la educación pública estatal por el cual, mediante el no pago de cuotas, matrículas ni ninguna otra erogación, se asegura el cumplimiento efectivo del derecho a la educación y la universalización del acceso y permanencia de las personas en el sistema educativo.

GUÍA DIDÁCTICA:

Texto de apoyo al estudiante que incluye información necesaria sobre un curso o una instancia de formación, con el fin de facilitar el aprendizaje. Puede incluir una síntesis de contenidos, bibliografía, objetivos, cuestiones reglamentarias, tutoriales de índole didáctica o para el uso de herramientas informáticas de apoyo, y en general cualquier material que oriente y favorezca formas autónomas de estudio.

HABILIDADES:

Destreza y precisión necesarias para ejecutar las tareas propias de una ocupación de acuerdo con el grado de exactitud requerido.

HABILIDADES:

Aptitudes desarrolladas que permiten el buen desempeño en la ejecución de una actividad.

HABILITACIÓN:

Acto administrativo por el cual una autoridad de la educación reconoce que una institución cumple con todos los requisitos exigidos para llevar adelante los cursos y las carreras correspondientes, y la habilita para la tarea educativa. En Uruguay se prefiere utilizar la palabra "autorización" cuando se habilita a una institución de enseñanza terciaria privada para el ejercicio de la educación.

HABILITACIÓN PROFESIONAL:

Autorización para el ejercicio profesional. En Argentina siempre estuvo ligada al reconocimiento oficial del título, otorgado por el Estado. Actualmente se otorga de manera colectiva, bajo determinadas condiciones, a todos los poseedores de un determinado título.

HOMOLOGACIÓN:
HOMOLOGACIÓN:

Reconocimiento de la equivalencia de títulos extranjeros universitarios respecto a un determinado título oficial argentino vigente y con validez en todo el territorio nacional. Existen dos maneras de homologar un título extranjero en Argentina por reválida o convalidación.

IGUALDAD EDUCATIVA:

Principio educativo que propugna que el Estado brindará los apoyos específicos necesarios a aquellas personas y sectores en especial situación de vulnerabilidad, y actuará de forma de incluir a las personas y sectores discriminados cultural, económica o socialmente, a los efectos de que alcancen una real igualdad de oportunidades para el acceso, la permanencia y el logro de los aprendizajes. Asimismo, por este principio el Estado está obligado a estimular la transformación de los estereotipos discriminatorios por motivos de edad, género, raza, etnia u orientación sexual, y a asegurar a los educandos que cursen la enseñanza pública obligatoria, el acceso a las tecnologías de la información y la comunicación, su máximo aprovechamiento para la educación, su uso crítico y su apropiación por parte de los educandos.

INCLUSIÓN DIGITAL:

Situación en la que se encuentran las personas cuando tienen acceso a tecnologías de la información y la comunicación (TICs), las comprenden, utilizan y aprovechan, sin importar su condición económica y/o social o su ubicación geográfica.

El concepto de alfabetización digital está relacionado directamente con el de inclusión digital, ya que no puede existir la segunda sin el presupuesto de la primera. La inclusión digital requiere el desarrollo de capacidades específicas para acceder a la información en fuentes electrónicas.

Los Estados desarrollan estrategias y programas de inclusión digital con el objetivo de disminuir la denominada “brecha digital" entre tecnologías y ciudadanos. El Plan Ceibal del Uruguay (cuya sigla significa “Conectividad Educativa de Informática Básica para el Aprendizaje en Línea") es un programa pionero a nivel mundial cuyo lema es "Un niño, una computadora". Además de la provisión de tecnología a los alumnos y docentes de escuelas primarias públicas del país, supone acciones de capacitación, apoyo, evaluación y seguimiento. Su objetivo no se limita a dotar a los centros educativos de equipamiento y accesibilidad, sino que la herramienta llega al hogar a través de los alumnos.

INCLUSIÓN DIGITAL:

Democratización del acceso a las tecnologías de la información, para permitir la inserción de todos en la sociedad de la información. Un incluido digital es aquél que usa el nuevo lenguaje digital, usufructúa este soporte para mejorar sus condiciones de vida y además tiene una postura crítica frentea los criterios que definen las tecnologías.

INCLUSIÓN DIGITAL EDUCATIVA:
Consiste en la democratización del acceso a las tecnologías de la información y la comunicación  -TICs- como herramienta dirigida no solo a la comunidad educativa sino también a sus familias y entorno. Para que haya inclusión digital, es necesario que se tenga acceso a un computador y/o laptop,  a internet y al conocimiento del manejo de estas tecnologías.  
 
En Uruguay, tanto el Plan Ceibal (Conectividad Educativa de Informática Básica para el Aprendizaje en Línea) como la creación y puesta en marcha de Telecentros y Centros MEC en todo el territorio nacional, forman parte de las estrategias inclusivas que facilitan el acceso de todas las personas a las tecnologías. El Plan CEIBAL es una iniciativa socioeducativa que busca promover la inclusión digital, con el fin de disminuir la brecha digital existente respecto a otros países y de los ciudadanos del país entre sí, posibilitando un mayor y mejor acceso a la educación y a la cultura.
INSERCIÓN LABORAL:

Medida de incorporación al mercado de trabajo de los egresados de una carrera o programa de estudios.

INSERCIÓN LABORAL:

Es uno de los objetivos principales de la educación secundaria y la educación de jóvenes y adultos en tanto promueve una educación integral que busca consolidar en cada estudiante las condiciones necesarias para el acceso al mundo laboral.

INSTITUTO SUPERIOR:

Institución de educación superior de nivel terciario dedicada a la formación científica y tecnológica en las diversas ramas del saber.

INSTITUTO SUPERIOR:

Instituciones de educación superior que tienen por funciones básicas: formar y capacitar para el ejercicio de la docencia en los niveles no universitarios del sistema educativo y proporcionar formación superior de carácter instrumental en las áreas humanísticas, sociales, técnico-profesionales y artísticas. Las mismas deberán estar vinculadas a la vida cultural y productiva local y regional.

INSTITUTOS UNIVERSITARIOS:

1. Institución autorizada por el Poder Ejecutivo que dicta al menos una carrera completa de primer grado,  una maestría, o un doctorado y que no alcanza a cumplir los requisitos para ser Universidad. 2. En la Universidad de la República, se distingue entre institutos asimilados a Facultad e Institutos no asimilados a Facultad. Los primeros tienen autonomía, y son dirigidos por Consejos que se integran en la forma que determinan las ordenanzas respectivas. Los Institutos no asimilados a Facultad, son dirigidos en la forma que determinan las ordenanzas de la Universidad. 3. División académica de una Facultad, que se particulariza por impulsar los estudios universitarios en una temática específica.

INTERDISCIPLINARIEDAD:

Consiste en la conjunción de potenciales individuales o grupales para aprender, investigar o resolver un problema complejo por su amplitud con la aportación de conocimientos y métodos de diversas disciplinas científicas y/o profesionales (Rugarcía, 1997:4).

INTERINATO:

Subrogación a término de funciones docentes en los casos de ausencia temporaria del titular de un cargo o vacancia del mismo (licencia, separación, destitución, renuncia, jubilación, etc.) mediante propuesta del Servicio que corresponda, con informe de disponibilidad y fundada en razones de servicio que haga necesaria dicha subrogación y en el mérito funcional del subrogante, hasta tanto no haya mediado nueva designación del titular.

INVESTIGACIÓN APLICADA:

Trabajos experimentales o teóricos que se emprenden fundamentalmente para obtener nuevos conocimientos acerca de los fundamentos de fenómenos y hechos observables, a los efectos de tener un objetivo práctico concreto.

INVESTIGACIÓN BÁSICA:

Trabajos experimentales o teóricos que se emprenden fundamentalmente para obtener nuevos conocimientos acerca de los fundamentos de fenómenos y hechos observables, sin tener el objetivo de darles alguna aplicación o utilización determinada.

INVESTIGACIÓN EDUCATIVA:

Estudio sistemático en el que varias disciplinas y ciencias proporcionan principios de investigación diferentes mediante los cuales se recogen y analizan datos con un objetivo determinado, y con la finalidad de elaborar conocimiento educativo socialmente pertinente.

INVESTIGACIÓN-ACCIÓN:

Metodología práctico-reflexiva, retrospectiva y social que analiza conductas humanas y situaciones sociales (es decir, problemas prácticos) que pueden ser susceptibles de cambio, crítica o respuesta, a partir de valores compartidos o un marco ético común de una comunidad o un colectivo de personas. En su esencia, diluye la distancia entre la enseñanza y la investigación sobre la enseñanza, porque ambas confluyen en el proceso de reflexión y orientación práctica. Es un método participativo que puede estar dirigido por el maestro o por un tercero, pero que en todo caso compromete a los educandos que están implicados en la situación o el problema, y los conduce a interpretar “lo que sucede” y a buscar alternativas. La investigación-acción se aplica en varios ámbitos en general y en los entornos educativos en particular, y por sus características se considera un método relacionado con el diagnóstico. El término “investigación-acción” fue acuñado por Kurt LEWIN en 1947.

JORNADA:

Reunión previamente anunciada -nacional, regional o internacional- en la cual se tratan temas generalmente limitados, de duración breve. Tiene pues el carácter de un congreso en pequeño (aunque su organización es mucho menos estricta), o de una conferencia. Este tipo de eventos se realiza en un día o en varios.

JUEGOS DIDÁCTICOS:

Son actividades pedagógicas que deben ser tomadas en cuenta en el diseño del currículo (planeación, didáctica) y, por tanto, formar parte de las actividades cotidianas en el aula, constituyendo un valioso instrumento en el proceso de enseñanza-aprendizaje.

Los juegos didácticos tornan la clase más amena, dinámica y activa; cuando el trabajo es en equipo, se incentiva el colectivismo, la amistad y el deseo de participar, y se eleva la autoestima de los niños. Además, con los juegos, los niños pueden repasar y recordar de manera significativa el contenido impartido en la clase, lo que fortalece el desarrollo de sus habilidades y la expresión oral.

JUEGOS DIDÁCTICOS:

Juegos que además de su función recreativa, contribuyen a desarrollar y potenciar las distintas capacidades objeto de la intervención educativa, ya sea a nivel psicomotor, cognoscitivo, afectivo social o moral.

LAICIDAD EDUCATIVA:

Principio de la educación pública estatal por el cual se asegura el tratamiento integral y crítico de todos los temas en el ámbito de la educación pública, mediante el libre acceso a las fuentes de información y conocimiento que posibilite una toma de posición consciente de quien se educa. A través de este principio se garantiza la pluralidad de opiniones y la confrontación racional y democrática de saberes y creencias.

LENGUA DE SEÑAS:

Sistema lingüístico de orden estrictamente visual cuyas formas significantes a base de gestos manuales, faciales y corporales fueron creados por las comunidades sordas desde los tiempos más remotos. No existe una lengua de señas universal sino lenguas de señas que difieren de una comunidad lingüística (comunidad sorda a otra) como las lenguas fónicas. Existe una Lengua de Señas Uruguaya (L.S.U.), una Lengua de Señas Argentina (L.S.A.), Francesa (L.S.F.), etc.

Se reconoce a todos los efectos a la Lengua de Señas Uruguaya como la lengua natural de las personas sordas y de sus comunidades en todo el territorio de la República, que tiene por objeto la remoción de las barrearas comunicacionales y la equiparación de oportunidades para las personas sordas e hipoacúsicas.

La Lengua de Señas Uruguaya (LSU) es una lengua natural que posee todas las propiedades que los lingüistas han descrito para las lenguas humanas, una estructuración gramatical tan compleja como la de toda lengua hablada y la misma organización estructural que cualquier lengua de señas. La forma superficial en que dicha estructuración se manifiesta está influida por la modalidad visogestual en que esta lengua se produce. La LSU contiene los rasgos de toda lengua de señas: organización sintáctica, un léxico que solo parcialmente se superpone con el español, verbos de movimiento con clasificadores expresados por la configuración de la mano, verbos que señalan concordancia entre sujeto y objeto, clasificadores numerales, predicados con inflexiones aspectuales, rasgos no manuales con función sintáctica, adverbial y discursiva.

LIBERTAD DE CÁTEDRA:

Ejercicio del derecho del profesorado universitario a expresar libremente, en el desarrollo de su actividad docente, sus ideas y convicciones científicas, técnicas, culturales y artísticas, sin más límites que los establecidos en la Constitución y en las leyes y en la Ley Orgánica de la Universidad.

El personal docente de la enseñanza superior tiene derecho al mantenimiento de la libertad académica, es decir, la libertad de enseñar y debatir sin verse limitado por doctrinas instituidas (libertad de cátedra), la libertad de llevar a cabo investigaciones y difundir y publicar los resultados de las mismas, la libertad de expresar libremente su opinión sobre la institución o el sistema en que trabaja, la libertad ante la censura institucional y la libertad de participar en órganos profesionales u organizaciones académicas representativas. Todo el personal docente de la enseñanza superior debe poder ejercer sus funciones sin sufrir discriminación alguna y sin temor a represión por parte del Estado o de cualquier otra instancia. 

LICENCIADO:

Título profesional universitario acreditante de la culminación de una carrera de primer grado terciario (licenciatura), cuya duración de estudios no habrá de ser inferior a 1.800 horas-reloj de clases, distribuidas en un lapso no inferior a cuatro años lectivos.

LICENCIATURA:

Título acreditante de la culminación de la carrera de primer grado terciario. La duración de los estudios respectivos no habrá de ser inferior a 1.800 horas-reloj de clases, distribuidas en un lapso no inferior a cuatro años lectivos.

LICENCIATURA:

Carrera universitaria con un mínimo de cuatro años de duración y con una carga horaria mínima en modalidad presencial de 2.600 horas reloj. Las licenciaturas pueden ser de de diferentes disciplinas o de profesiones reguladas por el estado (medicina, ingeniería, bioquímica etc), estableciendo para cada una condiciones especificas para el reconocimiento oficial.

LUDOTECA:

Institución recreativo-cultural con ofertas de diversas actividades de entretenimiento y educativas, atendida por animadores, educadores y ludotecarios. Dispone de un fondo lúdico significativo, tiene voluntad de servicio público y utiliza el juego como una de las principales herramientas de intervención educativa, social y cultural.

LUDOTECA ESCOLAR:

Término creado por analogía con biblioteca, hemeroteca, videoteca, etc., compuesto de ludo- del latín ‘ludus’ = juego, fiesta y -teca del griego ‘θήκη’ = caja o receptáculo para guardar algo.

Espacio de expresión lúdica, creativa, transformado por la imaginación, fantasía y creatividad de niños, jóvenes y adultos, que incluyen juguetes tales como peluches, muñecos, juegos de mesa o de inteligencia, juego educativos, incluso libros, cuyo objetivo principal es estimular al niño a jugar ofreciéndole un espacio y juguetes, así como propuestas de diversos juegos y entretenimientos a través de personas (animadores, recreacionistas, artesanos, educadores, ludotecarios) preparadas para satisfacer necesidades educativas, socioculturales y comunitarias.

MAESTRANDO:

Persona que está cursando un programa de Máster o Maestría en una determinada área del conocimiento, para que le sea conferido el título de posgrado de Magíster o Máster. 

MAESTRÍA:

Definición 2: La carrera de Maestría tiene por objetivo proporcionar una formación superior a la del graduado universitario, en un determinado campo del conocimiento. Dicho objetivo se logrará profundizando la formación teórica, el conocimiento actualizado y especializado en ese campo, y de sus métodos, estimulando el aprendizaje autónomo y la iniciativa personal, e incluyendo la preparación de una tesis o trabajo creativo finales. La duración mínima sugerida, será de dos años lectivos.

Las Maestrías tendrán perfiles que, con igual nivel de exigencia, podrán orientarse predominantemente a la formación académica o a la formación profesional. Conduce al título de Magíster.

MAESTRÍA:

Tiene por objeto proporcionar una formación superior en una disciplina o área interdisciplinaria, profundizando la formación en el desarrollo teórico, tecnológico, profesional, para la investigación y el estado del conocimiento correspondiente a dicha disciplina o área interdisciplinaria. La formación incluye la realización de un trabajo, proyecto, obra o tesis de carácter individual, bajo la supervisión de un director y culmina con la evaluación por un jurado que incluye al menos un miembro externo a la institución. El trabajo final, proyecto, obra o tesis debe demostrar destreza en el manejo conceptual y metodológico correspondiente al estado actual del conocimiento en la o las disciplinas del caso. Conduce al otorgamiento de un título académico de Magister con especificación precisa de una disciplina o de un área interdisciplinaria.

MAGÍSTER:

Título otorgado a aquellos que culminan los estudios de posgrado correspondientes a una Maestría. 

MAGÍSTER:

Título académico de posgrado correspondiente a los estudios de maestría.

MALLA CURRICULAR:

Cronograma estructurado de las materias que se deben seguir para alcanzar una titulación.

No se aplica en el ámbito educativo
MAPA CONCEPTUAL: Modalidad de representación de conocimientos o procesos a través de gráficas y diagramas, en el cual se establece la situación relativa de un conjunto de conceptos y sus relaciones, con el objetivo de facilitar la enseñanza y el aprendizaje de un tópico, de obtener una formulación visual de un núcleo de conceptos, e incluso, para generar ideas. Es una estructura que promueve aprendizajes significativos a través de una presentación simple, jerarquizada y con impacto visual. Se usa tradicionalmente en educación y en el ámbito de las ciencias cognitivas. Se incluye en manuales y textos de aprendizaje debido a que permite una rápida visualización de los conceptos y sus relaciones. Se integra, por lo menos, con los siguientes elementos: a) nodos (puntos o vértices), correspondientes a los conceptos, que suelen encerrarse en óvalos; b) enlaces o conectores, indicados por líneas inclinadas, a las que se pueden agregar flechas para indicar el sentido de la relación; y c) palabras que se escriben sobre las líneas del enlace e indican el tipo de relación. Los conceptos más generales se representan en la parte superior del mapa y los más específicos en la inferior, afirmando visualmente las relaciones de jerarquía entre conceptos.
MAPA ESCOLAR:

Herramienta cartográfica que ofrece una radiografía de la realidad educativa de un país y que constituye un instrumento imprescindible para una política de racionalización de la enseñanza. Ofrece un estado de situación de la ubicación y distribución geográfica así como del contexto sociocultural y demográfico de las escuelas, mediante una serie de datos asociados tales como educación inicial, maestros comunitarios, matrícula y alumnos por maestro, recursos, plantel técnico docente, infraestructura, alimentación, resultado escolar (asistencia, repetición, abandono), entre otros.

MÁSTER:

El término utilizado en Uruguay es “maestría”. No obstante, existen referencias frecuentes a la expresión “máster” en la prensa y otras fuentes de información. 

Master
MATERIA:

Definición 1: Asignatura o unidad curricular.

MATERIAL DIDÁCTICO:

Todo equipamiento utilizado en el proceso de enseñanza-aprendizaje para facilitar la transmisión y adquisición de conocimientos y competencias.

MATRÍCULA:

Definición 1: Número de registros de estudiantes para una carrera o nivel de enseñanza.

MATRÍCULA:

Cantidad de alumnos registrados en una unidad educativa a una fecha determinada, de acuerdo con las normas pedagógicas y administrativas vigentes.

MATRÍCULA FINAL:

Número de estudiantes que egresa de un curso o carrera en un año lectivo. La relación que se establece entre la matrícula inicial y la final en un año determinado permite establecer el porcentaje de retención y deserción estudiantil de una carrera o curso. 

MATRÍCULA FINAL:

Conjunto de alumnos registrados en una unidad educativa al final del ciclo lectivo, de acuerdo con las normas pedagógicas y administrativas vigentes.

MATRÍCULA INICIAL:

Número de estudiantes que se inscribe en un curso o carrera al comienzo de un determinado año lectivo.

MATRÍCULA INICIAL:

Conjunto de alumnos registrados en una unidad educativa al inicio del ciclo lectivo, de acuerdo con las normas pedagógicas y administrativas vigentes.

MEDIACIÓN ESCOLAR:

Estrategia que se vale de la escucha atenta, la empatía, el respeto y la tolerancia para resolver conflictos que se presentan en la convivencia escolar, ya sea entre alumnos (en forma individual o en grupos de pares) o entre alumnos y docentes, o bien para solucionar dificultades que surgen entre el profesorados y los padres de los alumnos, o en situaciones conflictivas de los alumnos en su entorno familiar.

MENCIÓN:

Definición 2: Orientación a elegir por parte del estudiante con respecto a un área mayor del conocimiento. No se usa con esta acepción en Uruguay. Su equivalente en terminología educativa uruguaya es “Opción”. Por ejemplo: “Programa de Administración y Contabilidad. Tercer Año Bachillerato - Diversificación Ciencias Sociales y Humanidades – Reformulación 2006. Opciones Social-Económica y Social Humanística”.

MENCIÓN:

Orientación o especialización en algunas carreras de grado y posgrado que aparece generalmente reflejada en el título, por ejemplo: "Licenciado en Ciencias Antropológicas con mención en Arqueología" o "Magíster en Ciencias Sociales con Mención en Historia Social".

MESA REDONDA:

Reunión de especialistas, dirigida por un presidente moderador o coordinador, en la cual un número limitado de personas invitadas opina sobre determinado asunto fijado previamente, ante un auditorio. Cada invitado expone su opinión. Terminadas las exposiciones respectivas, continúa el debate entre los invitados. En ciertos casos, personas del auditorio pueden presentar preguntas al coordinador, verbalmente o por escrito, para ser contestadas públicamente. La mesa redonda puede formar parte del programa de un congreso o una conferencia. Es un término calcado del inglés “round table”, y tiene su origen en la mentada “mesa redonda” que, según la leyenda, existió en la Corte del Rey Arturo, y la cual fue hecha redonda para evitar las discusiones en cuanto a la precedencia de los asientos.

MÉTODOS DIDÁCTICO-PEDAGÓGICOS:

Conjunto de herramientas teórico-prácticas con que cuenta un buen docente para exponer y transmitir con claridad a los educandos un cúmulo de contenidos o saberes en orden creciente de complejidad, y con la exhaustividad y profundidad que se hayan establecido en cada caso.

MÉTODO DIDÁCTICO-PEDAGÓGICO:

Estrategias y recursos que utiliza un docente para propiciar que se produzca el aprendizaje en sus alumnos. El método didáctico puede estar seleccionado en función de una corriente pedagógica o psicológica como por ejemplo: Escuela Nueva, pedagogía liberadora, cognitivismo, constructivismo, enfoque histórico-cultural etc. o en varias de acuerdo a la formación y objetivos que se propone el docente.

MODALIDAD PRESENCIAL:

Tipo de formación caracterizada por el hecho de que los maestros o profesores y los estudiantes comparten el mismo espacio (habitualmente un aula o un laboratorio) en el mismo tiempo.

MODALIDAD SEMIPRESENCIAL:

Tipo de formación que combina elementos de la enseñanza presencial y de la educación a distancia, y que utiliza recursos tecnológicos que favorezcan el autoaprendizaje, la supervisión y la comunicación a distancia. Las videoconferencias y el uso de plataformas educativas como elementos complementarios de la formación de aula habilitan al desarrollo de espacios semipresenciales de educación.

MÓDULO:

Unidad de un programa de curso que comprende un cuerpo de conocimientos independiente, organizado en torno a una temática o núcleo de contenido, que al integrarse a otros módulos estructura la totalidad de un curso o materia de estudio. Cada módulo cuenta con sus propios objetivos de aprendizaje, contenidos, metodología, apoyos didácticos y formas de evaluación.

MÓDULO:
  1. Espacios curriculares interdisciplinarios que al estar organizados entorno a situaciones problemáticas reales en la que participan los alumnos, facilitan la integración teórico práctica, la compresión global de la situación, el aprender a aprender, la toma de decisiones y la integración de los saberes generales y específicos con un sentido de significación y complementariedad.
  2. Unidad de tiempo (1 ½ hora cátedra / 60 minutos) asignada en la planta orgánica funcional para desarrollar actividades de enseñanza-aprendizaje en un establecimiento educativo.
MONOGRAFÍA:

Trabajo de recopilación y/o de investigación sobre un asunto en particular, que es exigido como instancia final para la aprobación de una asignatura o la concesión de un título. La monografía tiene una extensión menor a una tesina o tesis, y generalmente no pretende la elaboración de conocimiento original.

MONOGRAFÍA:

Análisis sistemático y crítico por escrito de un tema específico utilizando diversas fuentes, realizado por una o varias personas, con fines de compilación, análisis comparativo y critico de la bibliografía existente sobre el tema o investigación.

MOVILIDAD:

Proceso de intercambio de docentes y/o estudiantes de instituciones educativas del país o de países diferentes, en el marco de planes de cooperación interinstitucional, el que se manifiesta a través de pasantías de mediana duración, en las que se promueve la participación del visitante en experiencias que le son novedosas y con efectos multiplicadores en su lugar de origen.

MOVILIDAD DOCENTE:

Diseño y desarrollo de programas de intercambio de profesores e investigadores entre diversas universidades o instituciones de menor rango, del mismo país o de países diferentes, con la finalidad de favorecer el conocimiento de otras realidades, contribuir al fortalecimiento de la capacidad docente, científica y tecnológica, el desarrollo de proyectos conjuntos y la mejora de la calidad de la educación en el lugar originario del profesor, así como la consolidación de masas críticas de investigadores o estudiosos en áreas estratégicas de interés común, y la promoción de la cooperación interinstitucional.

MOVILIDAD ESTUDIANTIL:

Definición 1: Legitimación de pasaje de estudiantes de una institución educativa a otra o dentro de la misma institución, a través de mecanismos de reconocimiento y revalidación de los conocimientos o créditos adquiridos dentro de los niveles educativos correspondientes a la Educación media o terciaria, con el propósito de crear un sistema de formaciones variado y no compartimentado.

MUSEO ESCOLAR:

Institución que brinda apoyo y contexto a la educación primaria, que cumple con el objetivo pedagógico de dar a conocer los progresos alcanzados por la pedagogía, la marcha que en el pasado y en el presente ha seguido y sigue la instrucción pública en el país, así como a otras finalidades pedagógicas, tales como desarrollar la inquietud por la investigación científica de los niños en las diferentes áreas que se contemplan en el programa escolar.

NIVEL DE ALFABETISMO:

Grado de instrucción elemental en un país, referido especialmente al número de sus habitantes que saben leer y escribir.

NIVEL DE CALIFICACIÓN:

Conjunto de conocimientos, competencias, habilidades y destrezas con las que cuenta una persona, en especial en lo que hace a su actividad profesional. El nivel de calificación puede determinarse en función de parámetros o grados, atendiendo a la mayor o menor suficiencia de conocimientos. 

NIVEL DE CALIFICACIÓN:

Suma de destrezas y habilidades que posee una persona y determinan su desempeño profesional y/o laboral.

NIVEL DE EDUCACIÓN:

Definición 1: En un sistema de educación organizado en forma secuencial, cada una de las etapas que constituyen una unidad.

NIVEL DE ENSEÑANZA:

Cada uno de los segmentos en los que se encuentra dividido el sistema educativo de un país. La Ley General de Educación nº 18.437 establece los siguientes niveles: educación inicial, primaria, media básica, media superior, terciaria, universitaria y de posgrado.

NIVEL DE EDUCACIÓN:

Tramos en los que se estructura el Sistema Educativo Nacional. Comprende la Educación Inicial, la Educación Primaria, la Educación Secundaria y la Educación Superior.

NIVEL MEDIO TÉCNICO:

Ciclo educativo destinado a personas de quince años o más, enfocado en la generación de competencias de amplio espectro y por tanto de baja obsolescencia, de modo de permitir una mayor y más inmediata aplicabilidad a la vida laboral. Este nivel debe permitir además la continuidad educativa de los educandos, a través de la revalidación o el reconocimiento de la formación, para continuar estudios en los niveles educativos que correspondan. En Uruguay se asimila en gran medida a la educación técnico-profesional.

NIVEL SUPERIOR NO UNIVERSITARIO:

Estamento que integra la estructura de la educación formal. En Uruguay, los niveles de educación reconocidos por la ley son: Educación Inicial, Educación Primaria, Educación Media Básica; Educación Media Superior; Educación Terciaria y Educación de Posgrado. El nivel superior no universitario podría asimilarse al subnivel A de la Educación  Terciaria, que corresponde a la Educación Terciaria propiamente dicha, que incluye cursos técnicos no universitarios, tecnicaturas y educación tecnológica superior.

NÚCLEO DE APRENDIZAJES PRIORITARIOS:

Conjunto de saberes centrales, relevantes y significativos, que incorporados como objetos de enseñanza, contribuyen a desarrollar, construir y ampliar las posibilidades cognitivas, expresivas y sociales que los estudiantes ponen en juego y recrean cotidianamente en su encuentro con la cultura, enriqueciendo de ese modo la experiencia personal y social en sentido amplio. Se trata de garantizar la enseñanza de saberes que se consideran prioritarios para toda la población estudiantil. Para ello, en el programa de estudios se puntualizan una serie de contenidos que deben trabajarse como mínimo, independientemente de aquellos cambios o agregados que el profesor desee realizar, debidamente fundamentados en su planificación anual.

OBLIGATORIEDAD EDUCATIVA:

Principio de la educación pública estatal estatuido por ley, por el cual se establece que todos los habitantes de la República Oriental del Uruguay deben cumplir con las instancias de educación inicial, primaria y media básica y superior. El principio legal hace responsables a los padres, madres o responsables legales de niños, niñas y adolescentes por la inscripción en un centro de enseñanza y por la observación de su asistencia y aprendizaje.

OFERTA EDUCATIVA:

Conjunto de propuestas de formación que brinda una institución o un conjunto de instituciones públicas o privadas, acerca de carreras o titulaciones universitarias, terciarias, tecnológicas o técnicas. En sentido más amplio abarca también la educación inicial, primaria y media básica.

ORIENTACIÓN EDUCATIVA:

“La orientación educativa, consiste en un conjunto de actividades dirigidas a alumnos, docentes y familias para apoyarlos en el desarrollo de sus tareas dentro del ámbito de los centros educativos”.

El rol del orientador en las instituciones en tanto referente mediador y animador de procesos dentro y fuera del aula, demanda una formación que permita integrar las distintas dimensiones en juego, de modo de acompañar en su especificidad al estudiante y favorecer el desarrollo de su proyecto de vida”. Esta propuesta ofrece una formación que reúne rigor académico y valor práctico. Jerarquiza la personalización de la acción educativa, la atención integral al educando y procura responder a las diversidades socioculturales de los alumnos que hoy recibe la institución educativa”.

ORIENTACIÓN VOCACIONAL:

Es el proceso de guiar, aconsejar y ayudar al sujeto a tomar una decisión en el momento crítico de decidir su futuro ocupacional para hacer una buena elección.

Ello implica conocer: a) la personalidad del sujeto inserta en el contexto familiar, educacional, social, económico y cultural en que actúa; b) las condiciones de exigencia y trabajo de las profesiones y ocupaciones de probable elección; c) el mercado de trabajo del medio en el cual se va a desempeñar; d) la previsión de los cambios rápidos que caracterizan nuestra época, dado que surgen continuamente nuevas especializaciones y se amplían los campos de trabajo.

Una buena orientación lleva a los individuos a un ajuste entre su personalidad y su futuro quehacer. Debe lograr el pleno desarrollo de su personalidad, respetando las aptitudes, intereses, valores, opiniones y motivaciones individuales.

Es asimismo una necesidad para el país o la sociedad en la cual el individuo vive. Trabajar en aquello que le guste, donde se es más capaz y se tiene más éxito, provoca un mejor rendimiento, mejor producción y más ganancia para el sujeto y la colectividad.

PALABRA GENERADORA:

Cada una de las palabras utilizadas por los maestros para que el alumno construya su proceso de alfabetización, ya que a través de la combinación de sus elementos básicos propician la formación de otras. Como palabras del universo del vocabulario del alfabetizando, son significaciones constituidas en sus comportamientos, que configuran situaciones existenciales o se configuran dentro de ellas.

PANEL:

Grupo de entre cuatro y seis personas seleccionadas para tratar en público un asunto, generalmente a través del planteamiento de cuestiones y respuestas con cierta informalidad. Uno de los participantes oficia de coordinador. Al final puede darse curso a la participación del auditorio mediante preguntas verbales o por escrito. Difiere de la mesa redonda y del simposio en que los participantes no exponen tanto como oradores independientes, sino que interactúan entre ellos, cada uno desde su perspectiva de conocimiento, y en que importa más la discusión de las temáticas elegidas que la presentación de trabajos.

PARLAMENTO JUVENIL DEL MERCOSUR:

Programa que surge en el marco del Sector Educativo del Mercosur, en respuesta a la necesidad de fortalecer participación de los jóvenes en el proceso de promoción de ciudadanía regional. Su propósito es abrir y propiciar la participación juvenil en el proceso de integración regional para que jóvenes estudiantes intercambien, dialoguen y discutan alrededor de temas que tienen una profunda vinculación con sus vidas presentes y futuras y para que compartan visiones e ideas acerca de la escuela media que quieren. En sus diferentes instancias, el PJM significa una experiencia formativa para los y las jóvenes involucrados. Los participantes, además de ampliar sus conocimientos, vivencian el funcionamiento de las instituciones democráticas y participan en debates constructivos que les permiten fortalecer su capacidad para expresar sus ideas así como desarrollar sus habilidades de reflexión crítica. En este sentido, el PJM busca empoderar a los jóvenes, habilitándolos como participantes activos en los grupos y en las comunidades de las que forman parte, vislumbrando la necesidad de implicarse activamente en la esfera pública, ejerciendo sus derechos y reclamando su participación en la toma de decisiones colectivas. El programa se implementa en forma bianual en instituciones de nivel medio de Argentina, Bolivia, Brasil, Colombia, Paraguay y Uruguay y busca estimular la participación de los alumnos de las escuelas medias públicas con especial atención sobre aquellas que trabajan con población vulnerable. En Uruguay, los estudiantes pertenecen a la Educación Media tanto del Consejo de Educación Secundaria (CES) como del Consejo de Educación Técnica y Profesional (CETP).

PASANTE:

Es pasante quien, habiendo culminado los estudios correspondientes, sea contratado por una entidad estatal, con la única finalidad de que desarrolle una primera experiencia laboral relacionada con los objetivos educativos de la formación recibida.

PASANTÍA:

Estancia de los alumnos durante un período estipulado en un lugar previamente definido, de acuerdo con las reglamentaciones y los parámetros académicos, técnicos o profesionales establecidos por la institución solicitante, con el objetivo de acercar a los alumnos de los últimos tramos de la carrera a una práctica profesional de su respectivo campo disciplinario.

PASANTÍA:

Conjunto de actividades formativas que realicen los estudiantes en empresas y organismos públicos, o empresas privadas con personería jurídica, sustantivamente relacionado con la propuesta curricular de los estudios cursados en unidades educativas, que se reconoce como experiencia de alto valor pedagógico, sin carácter obligatorio.

PASE SOCIAL:

Práctica por la cual alumnos repetidores de enseñanza primaria ingresan a enseñanza secundaria por su edad, sin haber logrado calificaciones mínimas aceptables.

PENSUM:

Documento académico que comprende al programa o plan de estudios de una carrera o una especialidad y, además, contiene lo relativo a su carga académica, curricular y extracurricular, carga horaria, procedimientos de evaluación y contralor, escala de calificaciones y créditos, normas deontológicas. Comprende además todos los requisitos establecidos para la obtención de un título profesional o de especialidad, en cumplimiento de los objetivos trazados por la carrera y en función del perfil de egreso correspondiente, con competencias e incumbencias propias que lo habilitarán para el cabal ejercicio de su profesión en el seno de la sociedad.

Nota histórico-etimológica: Latinismo utilizado en el ámbito académico desde el siglo XVI - que al igual que otros términos como curriculum vitae, honoris causa, Philosophiae Doctor, accessit, summa cum laude, etc.-, han perdurado en la terminología pedagógica de universidades europeas y americanas. Se trata de un préstamo proveniente del supino del verbo pendo-ĕre (= pesar, estimar, evaluar), cuyo frecuentativo penso-ăre tomó el sentido figurado de "sopesar mentalmente, examinar, juzgar, meditar, pesar el pro y el contra, ponderar." El participio neutro sustantivado pensum pasó a significar, ya en latín vulgar, "tarea o deber a cumplir, obligación", y en el ámbito académico en particular tarea o carga de estudios exigida como obligación a cumplir por parte de los estudiantes en el proceso de su formación profesional.

PERFIL ARMONIZADO:

Determinación, definición y sistematización de especificaciones técnicas, competencias propias de cada área de formación profesional y criterios comunes de valoración de estudios con el objetivo de comparar realidades educativas diferentes. El acuerdo sobre perfiles armonizados entre varios países facilita los procesos de revalidación, convalidación u homologación de títulos, diplomas y estudios.

No se aplica en el ámbito educativo
PERFIL DE EGRESO:

Indicación descriptiva de las características que tendrá el profesional o egresado de un curso o una carrera con cierto nivel de especialización. El perfil reúne el conjunto de competencias, capacidades, habilidades y conocimientos que se requieren para que el futuro egresado pueda abordar problemas de la realidad y desarrollar soluciones óptimas. Se establece habitualmente en el documento genérico de una carrera o en el documento formal del plan de estudios.

PERFIL DE INGRESO:

Indicación descriptiva de las condiciones o los requisitos formales para ingresar a una carrera. Estas condiciones pueden estar referidas a un nivel de capacitación previo (“operadores de maquinaria forestal”) un nivel de formación determinado (“ingenieros civiles”, “bachillerato de cualquier orientación”) u otras condiciones (“mayor de 18 años”).

PERFIL DEL EGRESADO:

Conjunto de conocimientos, habilidades, destrezas y valores que debe reunir un estudiante, al haber cumplido en su totalidad las exigencias y los requisitos previstos en un determinado plan de formación curricular, acorde con los distintos niveles de educación formal.

PERFIL DEL EGRESADO:

Enfoque o énfasis en temáticas específicas de la carrera, definidas por la institución universitaria como resultante de un recorrido curricular. Posibilita que las carreras tengan determinada orientación, pero sin afectar a la denominación del título.

PERFIL PROFESIONAL:

Conjunto de conocimientos, habilidades, destrezas y valores considerados necesarios para el cabal desempeño de una profesión u oficio

PERFIL PROFESIONAL:

Expresión ordenada y sistemática, verificable y comparable, de un conjunto de funciones, actividades y habilidades que un profesional puede desempeñar en el mundo del trabajo y la producción. Permite definir su profesionalidad al describir el conjunto de actividades que puede desarrollar, su campo de aplicación y sus requerimientos. El perfil profesional se refiere, pues, al conjunto de realizaciones profesionales que una persona puede demostrar en las diversas situaciones de trabajo propias de su área ocupacional, siendo una referencia fundamental, aunque no la única, para el proceso formativo. El perfil profesional también indica a los distintos actores del mundo del trabajo y la producción, cuáles son los desempeños competentes que se esperan de un determinado profesional, constituyendo un código de comunicación entre el sistema educativo y el productivo.

PLAN DE ESTUDIOS:

Documento curricular en el que se seleccionan y organizan, con unidad y coherencia, las materias (asignaturas o disciplinas) con sus contenidos mínimos y los formatos que les son propios (cursos, seminarios, talleres, pasantías, trabajos de campo) que garantizan una formación académica y/o profesional necesaria para alcanzar la titulación en un área de conocimientos.

PLANIFICACIÓN EDUCATIVA:

Campo multidisciplinario en el que convergen distintas disciplinas y ciencias de la educación, humanas y sociales, y Tecnologías de la Información y la Comunicación, que tiene por objeto de estudio el diseño de políticas educativas, su implementación y avaluación. El trabajo en este campo consiste en la búsqueda de soluciones alternativas a problemas de la educación formal, no formal e informal, a punto de partida de un diagnóstico y análisis cuantitativo y cualitativo de la realidad educativa a nivel micro, meso y/o macro. Es posible caracterizado como un proceso de elaboración de conocimiento dinámico y flexible, producto del pensamiento y la acción de planificar que se concreta en el diseño, análisis y evaluación de planes, programas y proyectos. Se distinguen por lo menos cuatro enfoques teórico-metodológicos: planificación normativa, planificación estratégica, planificación estratégica-situacional y planificación prospectiva. Estos enfoques ponen énfasis en distintos elementos conceptuales y metodológicos, ya sea en el conjunto de actores sociales/agentes de cambio, el currículum, la cultura organizacional, la naturaleza de la organización, la tradición institucional, el tipo de sistema educativo, y/o la red de bienes y servicios enfocados al aseguramiento del ejercicio del derecho y la calidad de la educación de la población.

POBLACIÓN ESCOLARIZADA:

Definición 1: Porcentaje de la población de un país, departamento o región, que se encuentra inscripta  en los sistemas de educación formal respecto al número de personas que deberían estar efectivamente en esa situación, o respecto al total de la población.

Puede considerar solo la educación primaria o también los otros niveles de enseñanza, obligatorios o no.

POBLACIÓN ESCOLARIZADA:

Cantidad de personas que asisten a algún establecimiento de educación formal del sistema educativo, independiente del nivel de enseñanza que curse.

POBLACIÓN NO ESCOLARIZADA:

Definición 1: Porcentaje de la población de un país, departamento o región, que se encuentra fuera de los niveles de educación formal, respecto al número total de población.

POBLACIÓN NO ESCOLARIZADA:

Cantidad de personas que no asistieron ni asisten a algún establecimiento del sistema educativo.

POLÍTICA EDUCATIVA:

Definición 1: Línea de actuación específica, adoptada por una autoridad pública (investida de poder público y de legitimidad gubernamental) con competencias educativas.

POLÍTICA LINGÜÍSTICA:

Conjunto de decisiones de un gobierno o una administración en el marco de una planificación lingüística, efectuadas en el dominio de la relaciones entre lengua y vida social (más particularmente, entre lengua y vida nacional). La política lingüística se orienta a establecer criterios para el fomento del uso de una lengua, o a mejorar las competencias lingüísticas de una comunidad hablante, entre otras finalidades. También existen políticas de adquisición, por las que se favorece la enseñanza y el conocimiento de una lengua extranjera.

La historia de las políticas lingüísticas se divide en dos: la de las políticas implícitas o sin un respaldo de discusión académica, y la etapa influenciada por el nacimiento en el campo de estudios de las políticas lingüísticas dentro de la sociolingüística (hacia la década de 1960). Así se explica el hecho de que, en tiempos de identificación entre nación, Estado y lengua, se atacara esta problemática de forma generalmente autoritaria (asociada a la coerción con la que se impone el Estado).

La segunda etapa, en cambio, por no poseer un estatuto coercitivo, sino científico (aunque la ciencia tenga una relación conflictiva con la objetividad y la modificación de la realidad) permitió redefinir ideas tales como estandarización y relación entre variedades lingüísticas, separando Estado de comunidad lingüística.

POLÍTICAS INCLUSIVAS:

Conjunto de decisiones estratégicas destinadas a hacer real la universalización de la educación, concibiendo a esta un derecho inalienable de todo sujeto, más allá de la situación, la religión, el sexo o cualquier otra categoría de división o distribución social de las personas. Estas políticas guardan relación con los desafíos y dificultades que suponen la integración de todos los sujetos al modelo institucional que se ofrece por parte del Estado.

Pensar una política educativa inclusiva supone reconocer que un parte importante de la población de niños y jóvenes transita su escolarización de modo heterogéneo, variable y contingente.

Las políticas inclusivas deben acompañar y promover la educación de personas con problemas intelectuales y motrices, sordos, ciegos, con baja visión, y de hombres y mujeres privados de libertad. Deben atacar además los procesos de abandono o deserción de los estudiantes en cualquier nivel de la educación.

POSGRADO:

Programa de estudios destinado a quienes han obtenido un primer grado universitario o licenciatura. Los cursos de posgrado pueden ser de especialización, diplomatura, maestría o doctorado, y tienen por finalidad formar profesionales, profesores e investigadores de alto nivel.

POSGRADO:

Carrera destinada a quienes han obtenido un título universitario de grado. De acuerdo con el título que otorgan y con su propósito de formación, se reconocen como carreras de posgrado las Especializaciones, Maestrías y Doctorados.

POSGRADO LATO SENSU:

Aquel programa de estudios destinado a formar especialistas o profesionales con un mayor nivel de especialización en una rama de su disciplina. Los diplomas, cursos o carreras de especialización son el ejemplo más común de posgrado “lato sensu”, debido al carácter profesionalista de su formación.

No hay equivalencia
POSGRADO STRICTO SENSU:

Aquel programa de estudios destinado a formar investigadores y docentes de excelencia en sus respectivas disciplinas. Los estudios o carreras de Maestría y Doctorado son las modalidades típicas de posgraduación en sentido estricto.

POSGRADUANDO:

Estudiante universitario que cursa estudios de postítulo (cursos de especialización, diplomaturas, maestrías o doctorados) tras haber obtenido su título de primer grado universitario o licenciatura. En Uruguay ya no se utiliza la variante “posgraduando”.

No se aplica en el ámbito educativo
POST ALFABETISMO:

Grado de instrucción posterior a la adquisición de la lectura y la escritura, que consiste en la capacidad de aplicación y uso de las mismas. Implica la adquisición de competencia en el manejo de la lectura y escritura comprensiva, inteligente, con significado, con función y utilidad social.

POSTÍTULO DOCENTE:

Nivel de formación orientado a profesores y maestros, que busca especializar a los mismos en cuestiones teóricas, metodológicas y aplicativas de la educación, así como profundizar en aspectos didácticos y pedagógicos. Últimamente estas instancias de formación procuran fortalecer la capacidad innovadora e integradora de los docentes. Si bien se comprende su alcance, no es un término utilizado habitualmente en Uruguay.

PRÁCTICA CURRICULAR:

Período de formación, generalmente obligatorio, que permite que estudiantes avanzados realicen experiencias de trabajo no remunerado en empresas o instituciones, bajo la tutoría o supervisión de un profesional. Esta práctica profesional, como también se la conoce, otorga determinados créditos en los planes de estudio, pues es valorada como un complemento de la formación. En el espacio de la práctica se abordan cuestiones referidas al campo de actuación, con aproximación y contacto con las principales modalidades existentes en el ámbito público y privado.

PREGRADO:

En la educación terciaria universitaria corresponde a la etapa de estudios conducente a la obtención de un primer grado universitario o licenciatura. El pregrado puede tener una duración de cuatro a seis años según las carreras, y su culminación es obligatoria para acceder a estudios de posgrado.

No hay equivalencia
PREGRADUACIÓN:

No se aplica en el ámbito educativo.

No hay equivalencia
PRESENTISMO:

Beneficio económico que se gana como premio a la asiduidad de un trabajador. Término propio del área del trabajo, que se aplica también en el ámbito de la educación.

PREVIATURA:

Asignatura de un plan de estudio que es necesario haber aprobado previamente para poder rendir o cursar asignaturas de un nivel superior o de mayor especificidad o profundización. El sistema de previaturas permite la prosecución de una carrera de acuerdo con criterios académicos que toman en cuenta la aprobación secuencial de materias con contenidos temáticos análogos o conexos, en el entendido de que en etapas posteriores se habrán de aplicar los conocimientos y metodologías adquiridos en los años previos.

PRIMERA INFANCIA:

La educación en la primera infancia comprende el ciclo vital desde el nacimiento hasta los tres años, y constituirá la primera etapa del proceso educativo de cada persona, a lo largo de toda la vida. Tendrá características propias y específicas en cuanto a sus propósitos, contenidos y estrategias metodológicas, en el marco del concepto de educación integral. Promoverá la socialización y el desarrollo armónico de los aspectos intelectuales, socioemocionales y psicomotores, en estrecha relación con la atención de la salud física y mental. La educación en la primera infancia no es obligatoria. Cuando la educación de tres años adquiera carácter formal, se la considerará educación inicial no obligatoria. 

PROCESO DE ENSEÑANZA-APRENDIZAJE:

Proceso de tensión interactiva por el cual se desarrolla una actividad educativa planificada de formación en cualquier ámbito, cuyos actores principales son los docentes y alumnos. Tiene como objeto la realización plena de la capacidad, la creatividad y el desarrollo integral de cada estudiante y del conjunto de los mismos.

PRODUCTIVIDAD ESCOLAR:

Medida de eficiencia de la formación escolar, que se obtiene a través de estudios específicos, los cuales analizan la incidencia de los recursos económicos y materiales en relación a los desempeños y/o calificaciones de los alumnos. Algunos de estos estudios han sido criticados por tener una orientación excesivamente economicista. No es un término utilizado asiduamente en Uruguay.

No se aplica en el ámbito educativo
PROFESOR AD HONOREM:

Título honorífico otorgado a quienes fuera de una cátedra o en colaboración con ella contraigan méritos salientes en la enseñanza teórica, práctica o en la formación de investigadores; por las mismas razones podrá ser discernido a personalidades extranjeras, siempre que su actividad haya sido aplicada al beneficio de la Facultad o haya tenido trascendencia universal.

PROFESOR ADJUNTO (GRADO 3):

Desarrolla tareas de enseñanza de grado y posgrado, investigación y extensión acorde a su carga horaria. Su participación en la enseñanza de grado es obligatoria. Debe ser un docente con formación y experiencia previa que lo habilite para desempeñarse en forma independiente en las diferentes funciones. Le corresponde asumir tareas de formación de recursos humanos en su área de especialización (…). Para el ingreso al cargo se valorará particularmente su formación didáctico–pedagógica, su desempeño en la enseñanza directa, en actividades de investigación y de extensión.

PROFESOR ADSCRIPTO:

Definición 1: En el ámbito de la educación media, cumple un papel fundamental como nexo articulador, promotor de aprendizajes, creador de redes, generador de participación juvenil y de apoyo al quehacer de los docentes. Conlleva el conocimiento de la realidad de los alumnos que tiene a su cargo, la intervención directa en la construcción colectiva de las normas de convivencia del grupo, su proceso de integración y la consecución de logros de cada uno de sus miembros.

PROFESOR AGREGADO (GRADO 4):

Desarrolla tareas de enseñanza de grado y posgrado, investigación y extensión acorde a su carga horaria). Su participación en la enseñanza de grado es obligatoria. Tiene responsabilidad directa en la formación de recursos humanos, supervisión de equipos y dirección académica. Para evaluar dicha capacitación se valorará especialmente la formación específica de doctorado, o equivalente, o antecedentes que acrediten capacidades para cumplir las funciones y responsabilidades antes descriptas. Para el ingreso al cargo se valorará particularmente que presente una amplia trayectoria en actividades de creación de conocimiento, su formación didáctico–pedagógica y su desempeño en la enseñanza directa y actividades de extensión.

PROFESOR AUXILIAR:

Docente que colabora con el titular, asociado y adjunto y realiza la labor académica que se le encomienda. Posee los antecedentes reglamentarios y aptitud para dirigir, coordinar y asesorar a los auxiliares de la docencia, según las directivas de los profesores de grados superiores. Revestirán la calidad de Profesor Auxiliar Honoraria aquellos Profesores Adscriptos egresados de la Institución y que optaren por dictar clases en el mismo en forma honoraria.

No es habitual esta denominación en los estamentos docentes de nivel universitario.

PROFESOR AYUDANTE (GRADO 1):

Actúa siempre bajo la dirección de docentes de grado superior. Sus supervisores estarán encargados de orientar las tareas de enseñanza, investigación y/o extensión en concordancia con la carga horaria asignada, así como de estimular y facilitar las actividades de formación de grado y postgrado, tanto disciplinares como de formación didáctico-pedagógica. Para el ingreso a los cargos de Ayudante se valorará particularmente la formación general y específica de grado o formación equivalente.

PROFESOR EMÉRITO:

Título académico otorgado por el Consejo de una Facultad a quienes habiendo cesado en sus cargos docentes, hayan sobresalido en el desempeño de los mismos.

PROFESOR TITULAR (GRADO 5):

Debe desarrollar tareas de enseñanza de grado y posgrado, investigación y extensión. La participación en la enseñanza de grado es obligatoria. Este grado se distingue por corresponderle la máxima responsabilidad en la formación de recursos humanos, supervisión de equipos, dirección académica y gestión a nivel académico e institucional. Para evaluar dicha capacitación se valorará especialmente la formación específica de doctorado, o equivalente, o antecedentes que acrediten capacidades para cumplir las funciones y responsabilidades antes descriptas. Para el ingreso al cargo se valorará particularmente que presente una amplia trayectoria en actividades de creación de conocimiento, responsabilidades en la formación de docentes y/o investigadores, y actividades de coordinación y dirección, la formación didáctico–pedagógica y su desempeño en la enseñanza directa y actividades de extensión.

PROFICIENCIA LINGÜÍSTICA:

Nivel de dominio de un idioma.

PROGRAMA DE MOVILIDAD:

Plan que ofrece la posibilidad de realizar estudios, investigaciones, plantías o prácticas en alguna institución u organización del país o de otro país, en el marco de programas y acciones de cooperación interinstitucional. Los programas universitarios de movilidad están dirigidos habitualmente a profesores y estudiantes, a efectos de que realicen experiencias de integración y aprendizaje en una institución social, y a su regreso puedan aplicar sus resultados en si institución de origen.

PROGRAMA DE NIVELACIÓN:

Curso o actividades destinados a personas con deficiencias o carencias de conocimientos necesarios para iniciar una formación subsiguiente. Los programas de nivelación se orientan a mejorar los conocimientos básicos en determinada materia o bien, en comprensión lectora, capacidad de expresión verbal, compresión de procesos abstractos, métodos, etc.

PROGRAMA DE POSGRADO:

Documento curricular que organiza, secuencia y distribuye los contenidos dispuestos para cada asignatura dentro de un ciclo de estudios universitarios de especialización, realizados con posterioridad a la obtención de un primer grado universitario o licenciatura. Estos cursos de nivel avanzado pueden ser de especialización, diplomaturas, maestrías o doctorados.

PROMOCIÓN ASISTIDA:

Metodología de intervención escolar que tiene como objetivo mejorar los procesos de aprendizaje de los niños candidatos a la deserción o a la repitencia, y favorecer por este medio la alfabetización inicial y la asimilación de los contenidos básicos en el nivel de enseñanza primaria. En Uruguay no se utiliza el término, aunque al resultado de esta metodología se le llamó unos años atrás “promoción especial”.

No se aplica en el ámbito educativo
PROYECTO EDUCATIVO:

Herramienta de gestión y planificación en el área educativa, que debe contener al menos un diagnóstico de la realidad sobre la que pretende incidir, líneas de acción y actividades a desarrollar en un marco temporal determinado, con objetivos y metas claramente formulados, con el propósito de generar efectos educativos nuevos. El proyecto educativo apunta a favorecer el potencial crítico, autónomo y solidario de las personas, en interacción entre sí y con el medio social y educacional.

En un proyecto educativo deben considerarse las visiones y los intereses de profesores y maestros, educandos, autoridades, familias, colaboradores, ex alumnos y la comunidad en general.

En la actualidad se distingue entre proyectos educativos institucionales o de centro y proyectos educativos individuales, los cuales se insertan naturalmente en los planes y políticas generales.

PROYECTO POLÍTICO PEDAGÓGICO:

Propuesta institucional de largo alcance, en la cual se consideran tanto las políticas, directrices y estrategias educativas, como las concepciones que sustentan una determinada forma del quehacer educativo, y las cuestiones relacionadas con los enfoques pedagógicos y metodológicos más generales. Este tipo de proyecto puede plantearse en el marco amplio de la educación de un país o región, un sector o nivel educativo e inclusive, una institución o un conjunto de instituciones. Permite asimismo incorporar proyectos educativos de menor entidad o alcance, en el marco de un conjunto de ideas orientadoras.

Un proyecto de estas características se plantea habitualmente metas ambiciosas en cuanto al impacto de las acciones que se realicen en su ámbito o con su soporte.

PRUEBA DE ADMISIÓN:

Instancia evaluatoria que se realiza para verificar si los aspirantes a un nivel o programa de estudios cuentan con las capacidades y/o los conocimientos previos requeridos para acceder a esa formación.

En Uruguay existía hasta hace unas décadas el llamado “examen de ingreso" que debían rendir los estudiantes de institutos educativos privados de enseñanza primaria, para acceder a la educación secundaria.

La Universidad Pública uruguaya es de acceso libre, aunque algunas carreras realizan pruebas de admisión debido a características particulares. Por ejemplo: a) los aspirantes a iniciar la carrera de Traductorado deben demostrar a través de una prueba de admisión el cabal conocimiento de una lengua extranjera y de la propia; b) los aspirantes a ingresar a las carreras relacionadas con la Música deben demostrar que cuentan con las aptitudes musicales necesarias, a través de una prueba de admisión que demuestre conocimientos musicales suficientes,  mediante el dominio idóneo de un instrumento a elección.

PRUEBA DE ADMISIÓN:

Prueba de admisión que debe realizar el aspirante para el ingreso a un establecimiento educativo de nivel universitario, demostrando las competencias de acuerdo a un programa presentado por la institución.

Las vacantes se otorgan de acuerdo al orden de mérito obtenido por los aspirantes en dicha prueba, no es una instancia restrictiva ni eliminatoria, sino que, ésta se propone tener una función formativa e informativa tanto para el aspirante como para el cuerpo docente. Si el alumno no alcanza la calificación deberán rendir la Prueba de Admisión nuevamente antes de poder obtener una vacante.

PRUEBA DE EGRESO:

Evaluación, al egreso del ciclo escolar, del proceso de aprendizaje, de la adquisición de conocimientos y del desarrollo de habilidades y destrezas incorporadas a lo largo del mismo. Dicha prueba participa del criterio integrador que resulta de la concepción de la vida misma como un hecho global que no puede desmembrarse en sus componentes, porque no es una suma de partes aisladas sino una compleja urdimbre de interrelaciones.

La evaluación comprende cinco áreas del conocimiento: lengua, conocimiento matemático, social, de la naturaleza, y artístico, enmarcadas en una concepción integradora.

RECONOCIMIENTO DE ESTUDIOS:

Procedimiento por el cual, a partir de un análisis de equivalencia de estudios, una institución educativa da por compatibles y acepta los estudios probados que una persona realizó en otra institución educativa del mismo nivel, o en un centro educativo de otro país. Cuando existen acuerdos entre países o convenios internacionales que lo habiliten, es posible el reconocimiento sumario de estudios.

RECONOCIMIENTO DE ESTUDIOS:

Trámite que deben realizar las personas que hayan culminado sus estudios de educación secundaria en el extranjero en países con los cuales Argentina no ha suscripto convenio educativo y deseen acceder a estudios superiores en el país.

RECTOR:

Persona que ostenta la máxima autoridad académica de la Universidad y la representa. El Rector es electo por la Asamblea General del Claustro, en sesión especialmente convocada al solo efecto de la recepción de los votos, por un período de cuatro años que puede ser renovado por una vez por otros cuatro años. Compete al Rector, entre otras atribuciones, presidir el Consejo Directivo Central, dirigir las sesiones, cumplir, hacer cumplir y comunicar sus ordenanzas y resoluciones; autorizar los gastos que correspondan dentro de los límites que fijen las ordenanzas; adoptar las resoluciones de carácter urgente que sean necesarias; presentar anualmente, al Consejo Directivo Central, la memoria de las actividades desarrolladas por la Universidad y el proyecto de rendición de cuentas y ejecución presupuestal del ejercicio; y dictar todas las resoluciones que correspondan de acuerdo con las ordenanzas que dicte el Consejo.

RECURSADO:

Posibilidad de cursar nuevamente un curso que se brinda a los estudiantes que no pudieron hacerlo en la instancia curricular correspondiente.

RED SOCIAL:

Forma de interacción social en sistema abierto y en construcción permanente, definida como un intercambio dinámico entre personas, grupos e instituciones que se identifican en las mismas necesidades y problemáticas.

No se aplica en el ámbito educativo
REFLEXIÓN-ACCIÓN:

Metodología de enseñanza - aprendizaje y de investigación de campo, que se sustenta en la interpretación de la práctica, para que, a través de la reflexión autocrítica, puedan reafirmarse o modificarse las mismas en la dirección que se entienda más adecuada. Es un método participativo que integra el pensamiento con la praxis, de modo tal que el sujeto pueda ser evaluador y constructor de significados. El punto de partida siempre es la propia experiencia, la que es cuestionada y avaluada, para incorporar los aprendizajes que surgen de esa evaluación en una nueva práctica. Por eso se dice que la dinámica de la metodología de “reflexión-acción”, o de “acción-reflexión-acción” como también se la llama, es como un movimiento en espiral que se retroalimenta continuamente. Las herramientas más comúnmente utilizadas para documentar la reflexión son los registros didácticos, la narrativa docente y los protocolos de auto-evaluación.

REGISTRO DE TÍTULOS Y CERTIFICACIONES:

Aquel en el que se toma nota de los títulos profesionales de grado y posgrado, con fines de constancia y control. En el caso de la Universidad de la República los datos de los títulos quedan registrados en la Bedelía de cada Facultad y en la Bedelía General de la Universidad. 


En el caso de los títulos y diplomas provenientes de las instituciones de enseñanza terciaria públicas no dependientes de consejos directivos autónomos, y de instituciones privadas de nivel terciario, el reconocimiento se da por parte del Ministerio de Educación y Cultura de Uruguay.


Por otra parte, conforme a los dos primeros artículos del Decreto Ley n° 15.661, los títulos profesionales que otorguen las universidades privadas, cuyo funcionamiento haya sido autorizado por el Poder Ejecutivo, se registran para su validez ante el Ministerio de Educación y Cultura, que organizará el Registro correspondiente. Una vez registrados, estos títulos tienen idénticos efectos jurídicos que los expedidos por la Universidad de la República Oriental del Uruguay, e independientemente de estos. 


Por último, los profesionales, técnicos y auxiliares de la salud deben presentar a registro y habilitación sus certificados y títulos de grado y posgrado ante el Registro de Títulos y Certificados de Profesionales de la Salud, bajo responsabilidad del Ministerio de Salud Pública. El efecto de la registración es obtener la habilitación para el ejercicio de sus profesiones en toda la República Oriental del Uruguay.

RENDIMIENTO:

Desempeño del estudiante, valorado o medido en función de los objetivos propuestos inicialmente por el sistema educativo, así como los logros efectivamente alcanzados por cada estudiante en su formación. El rendimiento se expresa en las calificaciones y otras evaluaciones, y de esa manera permite establecer estudios críticos y comparativos dentro de los análisis de eficiencia e impacto de los procesos de formación.

RENDIMIENTO:

Expresa el ajuste de los actores y/o instituciones del sistema educativo, a las metas y objetivos educativos establecidos para ellos. Dicho ajuste se mide a través de diversos procesos de evaluación.

REPETENCIA:

Determinación que toma el responsable del proceso de educación, por la cual un alumno o estudiante debe cursar nuevamente un grado, año o ciclo educativo, por no haber alcanzado un desempeño mínimo respecto a los estándares establecidos. La repetencia se estudia especialmente en los niveles de educación primaria, secundaria y técnica. Es considerada una de las formas del fracaso escolar o estudiantil que puede favorecer el abandono, y su medida constituye un indicador relevante de eficiencia del sistema educativo.

Término especializado que es reconocido en Uruguay a nivel de documentos sobre educación, junto con su variante “repitencia”, pero que no se ha socializado en otros ámbitos. Comúnmente se emplea el término “repetición”.

REPITENCIA:

Alumnos matriculados en un grado/año de estudio, de un nivel de enseñanza en particular, que se matriculan como alumnos repitientes en el mismo grado /año de estudio de ese nivel, en el año lectivo siguiente.

REPROBACIÓN:

No aprobación de un curso, de un examen o de una prueba, por no haber demostrado el estudiante conocimientos suficientes, según parámetros preestablecidos.

REPROBACIÓN:

No aprobación de una evaluación debido a que el estudiante no alcanzó los conocimientos necesarios para superarla con éxito.

RESPONSABILIDAD SOCIAL:

No se aplica en el ámbito educativo.

RETRASO ESCOLAR:

Fenómeno regresivo de los procesos educativos que se centra en el universo de los alumnos que tienen más edad que la reglamentada o aceptada tácitamente para cursar un determinado grado. Los trastornos que conducen al retraso escolar admiten diversas causas: bajo coeficiente de inteligencia, circunstancias familiares, problemas psicológicos o de salud, etc. Cuando el retraso escolar es superior a los dos años, tiende a hablarse de “fracaso escolar”. Suele establecerse una relación entre el retraso y la deserción escolar.

REVÁLIDA:

Admisión de una razonable equivalencia entre títulos o estudios a los efectos de reconocerles valor y efectos equiparables.

REVALIDACIÓN:

Procedimiento por el cual una Universidad da por reconocido, válido y vigente un título, diploma o curso obtenido en otra institución universitaria del país o del exterior. El análisis de la revalidación se lleva a cabo por docentes calificados del área correspondiente, bajo el principio de "razonable equivalencia" entre contenidos o asignaturas.

Revalidación
SECCIÓN:

No se aplica en el ámbito educativo.

SECCIÓN:

Es un grupo escolar organizado, formado por alumnos que cursan los mismos o diferentes grados o años de estudio, en el mismo espacio, al mismo tiempo y con el mismo docente o equipo de docentes. El grupo o sección puede estar formado por un solo alumno.

SECTOR DE ACTIVIDAD ECONÓMICA:

No se aplica en el ámbito educativo.

No se aplica en el ámbito educativo
SEMINARIO:

Reunión de alumnos o discípulos que, bajo la dirección de un maestro o profesor, trabajan en conjunto con el objeto de adquirir los conocimientos y la técnica necesarios para el ejercicio de una profesión o para realizar trabajos de investigación sobre una determinada materia. El maestro observa y dirige el trabajo de los alumnos, pero la intervención de éstos es esencial, ya que el objetivo propiamente dicho de un seminario no es el resultado de los trabajos y discusiones, sino la manera en que cada uno de los alumnos realizó su trabajo o su intervención, en forma individual y en equipo. Esta característica distingue el seminario de las conferencias disertaciones, clases, etc. Por otra parte la presencia o intervención del maestro, que dirige los trabajos o discusiones del seminario, distingue el seminario de los congresos y otras reuniones científicas donde los participantes intervienen todos en pie de igualdad.

SERVICIOS EDUCATIVOS:

Instituciones del ámbito público o privado que tienen como objetivo primordial brindar formación en cualquier nivel o modalidad, y que están insertas -en diversa medida y con diferentes alcances y responsabilidades- en el sistema educativo general de un país, un estado, una provincia u otra jurisdicción.

SIMPOSIO:

Reunión de un grupo de expertos, dirigida por un presidente o coordinador, en la que cada uno de los especialistas  expone y desarrolla un tema en  forma completa y detallada, enfocándolo desde su perspectiva. En un simposio no hay debate libre, pero pueden admitirse observadores en la exclusiva calidad de oyentes, aunque también puede permitirse la formulación de preguntas escritas por parte del auditorio. Al finalizar se realiza una síntesis de las principales ideas expuestas. Las reuniones son generalmente todas plenarias. En tiempos de los griegos y los romanos, los simposios eran banquetes durante los cuales los convidados, generalmente literatos, exponían aspectos de un tema.

SITUACIÓN SOCIO-LINGÜÍSTICA:

Situación de variación que, en el ámbito específico de las zonas de frontera, sufre el lenguaje a partir de la interacción entre dos o más lenguas. Esta situación se produce en uno y otro lado de la frontera a partir de la interacción entre los mismos hablantes y de la influencia de los medios de comunicación, en particular la radio y la televisión.

SOBREEDAD:

Situación de los alumnos con edad mayor (2 años o más) a la teórica para el grado correspondiente, por nivel.

SOCIEDAD BILINGÜE:

Comunidad o grupo de personas que se caracteriza por el uso de dos lenguas o por poseer una mínima competencia en otra lengua que no fuera su lengua materna, ya sea en la comprensión auditiva, lectora, oral o escrita. En el marco de este Proyecto, se considera que la totalidad de la sociedad fronteriza puede ser considerada como bilingüe español – portugués, o bien español – guaraní.

TABLA DE EQUIVALENCIA DE ESTUDIOS:
TABLA DE EQUIVALENCIA:

Tabla en la que se encuentra plasmada la equivalencia de los estudios primarios y secundarios de todos países parte y adherentes del MERCOSUR, a los fines del reconocimiento de certificados para la prosecución de estudios fuera del país de origen.

TABLA DE EQUIVALENCIAS:

Conjunto de acciones articuladas para difundir socialmente formaciones profesionales o técnicas, a través de la explicitación de su perfil profesional, área de conocimientos e inserción laboral. La promoción de carreras se da mediante presentaciones en folletería, videos, ferias estudiantiles, representaciones teatrales y actividades similares.

TALLER:

Definición 1: Actividad que reúne a un conjunto de estudiantes o profesionales, los que son dirigidos por uno o más profesores o especialistas, y que integra la teoría y la práctica sobre un tema determinado. El taller presupone la discusión y el trabajo en equipo, por lo que requiere la participación activa de los asistentes. Puede ser un espacio curricular o extracurricular. En todo caso, se orienta a la solución de problemas y/o a la elaboración de productos, y por ello se asocia en cierta medida con la investigación. Por extensión se denomina así al régimen o a la metodología de trabajo que se lleva a cabo en este tipo de actividades.

TASA DE ABANDONO:

Porcentaje que se establece entre el número de alumnos que abandonan un curso y el número de alumnos matriculados en el mismo, en un período dado.

Tasa de abandono
TASA DE ALFABETIZACIÓN:

La proporción de la población que es alfabeta. Se destaca que el año de edad escogido varía entre países. En algunos casos se parte de la población de 10 años y más y en otros se parte de 15 años y más.

TASA DE ALFABETIZACIÓN:

Cociente entre la población que sabe leer y escribir de un determinado grupo etario, y la población total del mismo grupo de edad, multiplicado por 100.

TASA DE ANALFABETISMO:

Porcentaje del total de personas de un país, región o localidad, de edades determinadas, que no se encuentran alfabetizadas. La medición se establece habitualmente con base en personas con quince años o más, debido a que se las considera en edad teórica de haber superado la educación básica, para la cual la adquisición de las capacidades relativas a la lectoescritura es condición fundamental.

TASA DE ANALFABETISMO:

Cociente entre el número de personas que no saben leer ni escribir de 10 años y más y el total de población de 10 años y más, multiplicado por 100. Se calcula por grupo de edad.

TASA DE APROBACIÓN:

La proporción de los alumnos que terminan un año o nivel de estudios y que rindió satisfactoriamente sus evaluaciones, de acuerdo con la legislación vigente, para avanzar al próximo grado o nivel de estudios.

No se aplica en el ámbito educativo
TASA DE ASISTENCIA ESCOLAR:

Definición 1: Cociente entre la población de determinado grupo de edad que asiste a un establecimiento educativo y la población de ese grupo de edad.

TASA DE ASISTENCIA ESCOLAR:

La asistencia de la población a la escuela que reflejan la cobertura del sistema; se mide con indicadores de escolarización. Véase: TASA DE ESCOLARIZACIÓN

TASA DE ESCOLARIDAD:

Proporción que relaciona la cantidad de personas que están insertas en un nivel de educación respecto al número total de potenciales usuarios de ese nivel. Este porcentaje se establece considerando una edad o una franja etárea determinada como la teóricamente adecuada para el nivel de cursado para un segmento de la población; por ejemplo, el grupo de los 18 – 24 años para calcular la escolaridad a nivel universitario.

TECNICATURA:

Título o diploma otorgado por instituciones de educación terciaria, correspondiente a carreras que no exceden los tres años de cursado, y que tienen por finalidad formar recursos humanos especializados como respuesta a necesidades emergentes de nuevas realidades del mercado laboral

TECNÓLOGO:

Especialista en tecnología o sea en el conocimiento científico aplicado a fines prácticos en un determinado campo de acción.

No se aplica en el ámbito educativo
TESINA:

Actividad de carácter individual que culmina el proceso de enseñanza-aprendizaje destinado a la formación del estudiante dentro de una carrera. La Tesina de Grado tiene como objetivo contribuir a los conocimientos (...) así como desarrollar la capacidad del estudiante para:

a) Aplicar e integrar conocimientos al estudio de la realidad y sus posibles transformaciones.

b) Ampliar su autonomía intelectual, su capacidad de crítica y propuesta.

c) Estimular su labor creativa.

La tesina se realiza habitualmente bajo la guía y el asesoramiento de un tutor especializado en la temática específica que se desarrollará, y se defiende públicamente ante un tribunal.

TESIS:

"Art. 23. Por Tesis, se entenderá un trabajo que demuestre por parte del aspirante, haber alcanzado el estado actual del conocimiento y competencia conceptual y metodológica". “Su tema será establecido con el Director de Tesis y, cuando corresponda, con el Director Académico".

 "En la reglamentación de cada Servicio, podrá establecerse un plazo máximo a los efectos de presentar la referida Tesis, contado a partir del comienzo de los estudios de posgrado".

 Art. 24. "La Tesis será defendida en una exposición oral y pública ante un Tribunal. Este Tribunal podrá decidir su reprobación, su aceptación o su aceptación con mención". (...) Un ejemplar de las Tesis aceptadas, deberá quedar a disposición en la Biblioteca del o de los Servicios respectivos".

 "Art. 31. La elaboración de la tesis o del trabajo creativo, será la actividad central en los estudios de doctorado debiendo constituir un aporte original al campo disciplinario correspondiente".

TESIS:

Trabajo de investigación relacionado con la ciencia o profesión que un estudiante graduado presenta en la universidad con el fin de obtener un titulo de posgrado. Tiene que ser un trabajo original de investigación, con el cual el aspirante demuestra su capacidad investigativa. Previo a la presentación y defensa de la tesis, tiene que haber aprobado los cursos de posgrado (maestría o doctorado) que generalmente tiene dos años de duración. Aprobados los exámenes, el estudiante, bajo la dirección de un director de tesis realiza el trabajo de investigación y redacta la tesis (entre 150 y 500 páginas). Este trabajo tiene que ser defendido ante un tribunal que puede hacer observaciones o comentarios críticos a su contenido, que el estudiante debe responder defendiendo su tesis o aspectos parciales de la misma.

TEST VOCACIONAL:

Prueba que se inserta dentro de las prácticas de la orientación vocacional, y que está destinada a establecer los intereses, las aptitudes y las inclinaciones que una persona tiene respecto a su formación futura. Por lo general, los destinatarios de los test vocacionales son los adolescentes que se encuentran próximos a la finalización de sus estudios secundarios. Por extensión, puede estar dirigidos a estudiantes universitarios, jóvenes y adultos que pretenden reinsertarse en el mercado laboral.

TITULACIÓN:

Obtención de un título académico de grado o de posgrado, como consecuencia del cumplimiento del total de las exigencias curriculares de un programa o plan de estudios. La titulación implica el egreso del estudiante, pero requiere además el cumplimiento de ciertas formalidades. En Uruguay, al titulado universitario de grado se le llama “egresado”.

TITULACIÓN:

Otorgamiento por parte de una autoridad competente de un documento oficial que certifica que el estudiante ha culminado con un determinado nivel o grado de estudio de los que integran el sistema educativo.

TÍTULO DE GRADO:

Documento de carácter público que expide una institución terciaria, generalmente una Universidad, que acredita que una persona ha culminado una licenciatura o un nivel de formación similar que lo habilita en primera instancia para ejercer una profesión.

TÍTULO DE GRADO:

Título de licenciado o profesional equivalente, otorgado exclusivamente por instituciones universitarias que certifica la formación académica recibida y habilita para el ejercicio profesional respectivo en todo el territorio nacional.

TÍTULO EQUIVALENTE:

Aquel que se puede hacer valer en iguales condiciones que el de una institución educativa que se toma como referencia, en concursos, aspiraciones o ingresos a carreras o cursos. La equiparación del título equivalente se realiza mediante un procedimiento de análisis y evaluación académico-administrativo.

TÍTULO EQUIVALENTE:

Titulo de igual valor, en cuanto a la formación que acredita, a otro de de similares características emitido por una institución de referencia.

TRANSVERSALIDAD: Sistema de enseñanza con una oferta educativa flexible que rompe con el exclusivismo orientado a la preparación profesional y a la existencia de currículos cerrados. Traslada el centro de equilibrio para aumentar la capacidad de elección del estudiante, dándole mayores posibilidades de opción vocacional e incrementando así su libertad para seleccionar salidas, titulaciones, orientación y contenidos curriculares. Consiste en un marco educativo que permite la flexibilidad y la promoción del tránsito horizontal entre distintas opciones educativas.

TRAYECTORIA ESCOLAR:

Recorrido formalmente pautado que se espera que el alumno realice en su pasaje por una institución escolar, basado fundamentalmente en la presencialidad, la secuenciación de los grados escolares y la consiguiente evaluación del rendimiento alcanzado.

TUTOR:

Profesor encargado de orientar, aconsejar, servir de guía y/o supervisar a un estudiante, un graduado o un docente de calificación inferior, en el desarrollo de una actividad de aprendizaje, una tesis o tesina, o un proyecto de investigación, comprometiéndose activamente en la formulación y ejecución de los mismos.

En la Universidad pública uruguaya existen además los denominados "tutores estudiantiles" encargados de orientar a sus pares en determinados cursos o contenidos temáticos.

TUTOR:

Figura institucional que articula los esfuerzos del equipo docente en relación con la orientación y el acompañamiento de los estudiantes en su tránsito por la institución escolar. Es el encargado de gestionar acciones para acompañar y enriquecer la escolaridad de los estudiantes, a partir de la creación o articulación de instancias de trabajo ya existentes.

TUTORÍA:

Proceso de guía u orientación llevado a cabo por un tutor sobre uno o más estudiantes.

TUTORÍA:

Estrategia de acompañamiento, cuidado y orientación a los estudiantes para que puedan aprovechar al máximo sus posibilidades de formación en la institución escolar, concluir sus estudios en el nivel y ampliar sus perspectivas de integración al mundo social, cultural y productivo. Tiene como objeto central acompañar a los estudiantes en el tránsito por su experiencia escolar y en la construcción de sus propios proyectos de vida.

UNIDAD EDUCATIVA:

Institución de enseñanza o estructura situada dentro de una institución que tiene como propósito principal la planificación, la gestión y/o la ejecución de acciones educativas o formativas.

UNIDAD EDUCATIVA:

Concreción del proyecto educativo que se organiza al interior de un establecimiento para impartir educación en torno a una misma estructura curricular (común o especial) y aun determinado nivel: inicial, primaria, media y superior no universitaria. Dentro de un establecimiento habrá tantasunidades educativas como niveles de enseñanza.

UNIVERSIDAD:

Definición 1: Institución educativa autónoma de rango superior donde se cursan las disciplinas más relevantes del conocimiento humano, y se confieren los grados académicos o títulos correspondientes. Sus funciones principales son las de enseñanza, investigación y extensión. Las universidades se organizan en Facultades, Institutos, Escuelas, Centros, Departamentos y otras dependencias académicas de similares características.

La Universidad -como propósito o tendencia- no debe ser comprendida como una mera instancia educativa, como una simple institución de enseñanza superior: su función educativa -formación de científicos, profesionales y técnicos- es una consecuencia natural de aquellas funciones más generales que la definen.

La Universidad genera, transmite, aplica y critica el conocimiento. Si resigna algunos de estos cometidos, desnaturaliza su sustancia. Pero, en particular, si renuncia a la generación o a la crítica, compromete gravísimamente su real carácter universitario.

Según el artículo 2º de la Ley Orgánica de la Universidad de la República, “la Universidad tendrá a su cargo la enseñanza pública superior en todos los planos de la cultura, la enseñanza artística, y la habilitación para el ejercicio de las demás funciones que la ley le encomiende. Le incumbe asimismo, a través de todos sus órganos, en sus respectivas competencias, acrecentar, difundir y defender la cultura; impulsar y proteger la investigación científica y las actividades artísticas y contribuir al estudio de los problemas de interés general y propender a su comprensión pública; defender los valores morales y los principios de justicia, libertad, bienestar social, los derechos de la persona humana y la forma democrático-republicana de gobierno.” 

UNIVERSIDAD:

Institución educativa que tiene como finalidad la generación y comunicación de conocimientos del más alto nivel, ofreciendo una formación cultural interdisciplinaria dirigida a la integración del saber así como una capacitación científica profesional y específica para las distintas carreras que en ella se cursan.

Las instituciones que responden a la denominación de Universidad deben desarrollar su actividad en una variedad de áreas disciplinarias no afines, orgánicamente estructuradas en facultades, departamentos o unidades académicas equivalentes. Las instituciones que circunscriben su oferta académica a una sola disciplina, se denominan [[Institutos Universitarios|Instituto Universitario]]. Las universidades poseen autonomía académica e institucional.

UNIVERSIDAD VIRTUAL:

Ambiente virtual diseñado para facilitar a toda la comunidad universitaria (docentes, estudiantes, pasantes, funcionarios) el acceso a la información de valor institucional, académico y administrativo, y el cumplimiento a distancia de trámites, inscripciones y solicitudes de diversa índole.

UNIVERSIDAD VIRTUAL:

Modalidad de educación a distancia ofrecida online por universidades reconocidas, a través de las nuevas tecnologías de la información. Se utiliza el término modalidad de educación a distancia o enseñanza virtual.