Términos no preferidos
- educación en el campo
Nota de alcance
La educación formal en el medio rural tiene por objetivo asegurar, como mínimo, la educación obligatoria de las personas, teniendo en cuenta las especificidades del medio en que se desarrolla.
A este respecto, aún subsiste en Uruguay el debate entre dos posiciones extremas: la de quienes defienden la educación rural y la de quienes están solo dispuestos a que se hable de una educación en el medio rural, sin que eso implique la especificidad de contenidos, materiales, métodos, ni, consecuentemente, la formación diferenciada de los educadores, la existencia de servicios técnicos especializados, etc.
Nota bibliográfica
Definición elaborada a partir de las siguientes fuentes:
Ley nº 18.437, art. 34. Ley General de Educación. Diario Oficial. Uruguay. 16 de enero de 2009.
Santos, Límber (2006). Una historia de ausencias. Las políticas educativas del estado uruguayo hacia el medio rural en el decenio 1994-2004. En: Igualdad y educación : escrituras entre [dos] orillas. Buenos Aires : Del estante editorial.
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- 2011-03-22 15:07:58
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