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    <dc:title xml:lang="es">EDUCACIÓN EN CONTEXTOS DE ENCIERRO</dc:title>
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	<dc:language>es</dc:language>
	<dc:publisher xml:lang="es">Mercosur GT-Terminología</dc:publisher>
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		<dcterms:modified>2011-09-18 13:51:46</dcterms:modified>
    
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	<dcterms:isPartOf xml:lang="es">Banco de Datos Terminológicos del SEM: Uruguay</dcterms:isPartOf>
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            <dc:description xml:lang="es">El sentido de esta acción es educar para la libertad y sobre todo educar para la ciudadanía. Ello implica: a) fomentar el conocimiento de los derechos y obligaciones legales de cada persona, y el conocimiento de los derechos humanos en general; b) permitir la valoración y la aprehensión de las diversas formas de la tolerancia y del valor del respeto como principio y base de la convivencia; c) el respeto de género; d) la importancia de la resolución pacífica de los conflictos, y f) la educación en valores en general.

Para que estas y otras dimensiones de la educación en contextos de encierro sean posibles en las prisiones, es imprescindible la formación del personal penitenciario y la provisión de espacios adecuados para las actividades recreativas, culturales y educativas propiamente dichas.</dc:description>
            <dc:source xml:lang="es">Definición elaborada a partir de entrevista al Comisionado Parlamentario para las Cárceles, Dr. Álvaro Garcé, enhttp://www.radio36.com.uy/entrevistas/2010/01/13/garce.html.</dc:source>
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