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	    <topic authority="Banco de Datos Terminológicos del SEM: Uruguay">GRATUIDAD EDUCATIVA</topic>
	</authority>

    
    
    
    
    	<note  xml:lang="es">Principio de la educación pública estatal por el cual, mediante el no pago de cuotas, matrículas ni ninguna otra erogación, se asegura el cumplimiento efectivo del derecho a la educación y la universalización del acceso y permanencia de las personas en el sistema educativo.</note>
    	<note type='source' xml:lang="es">Definición elaborada a partir de la siguiente fuente:

Ley nº 18.437, art. 16. Ley General de Educación. Diario Oficial. Uruguay. 16 de enero de 2009.</note>
    
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