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	    <topic authority="Banco de Datos Terminológicos del SEM: Uruguay">DECANO</topic>
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    	<note  xml:lang="es">Persona designada para presidir una Facultad o un instituto universitario de rango similar, durante un período de cuatro años, pudiendo renovarse su mandato una vez. Son atribuciones del cargo, presidir el Consejo de Facultad y ejecutar sus decisiones, representarlo cuando corresponda, ejercer la superintendencia del personal, autorizar gastos, adoptar resoluciones de carácter urgente y expedir, con la firma del Rector, los títulos y certificados correspondientes a los estudios que se cursan en la respectiva Facultad.</note>
    	<note type='source' xml:lang="es">Definición elaborada a partir de la siguiente fuente:

Universidad de la República. Ley orgánica, arts. 30 a 32 y 42. Uruguay. 29 de octubre de 1958.</note>
    
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