Banco de Datos Terminológicos del SEM: Uruguay BDT Uruguay

CENTRO EDUCATIVO

Nota de alcance

Institución dedicada a cultivar determinados estudios. Espacio de aprendizaje, socialización, construcción colectiva del conocimiento, integración y convivencia social y cívica, respeto y promoción de los derechos humanos. Ámbito institucional jerarquizado, dotado de recursos y competencias, a los efectos de lograr los objetivos establecidos en su proyecto educativo. El proceso de formulación, seguimiento y evaluación del mismo de contar con la participación de los docentes del centro y se promoverá la participación de funcionarios, padres y estudiantes. El centro educativo puede ser público o privado.

Nota bibliográfica

Definición elaborada a partir de la siguiente fuente:

Ley nº 18.437, art. 41. Ley General de Educación. Diario Oficial. Uruguay. 16 de enero de 2009.

Término creado
2014-03-12 19:53:00
Término aceptado
2014-03-12 19:53:00
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Notas
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