{"tema_id":"294","string":"MOVILIDAD ESTUDIANTIL","created":"2012-03-21 17:00:52","code":null,"modified":null,"notes":[{"@type":"nota de alcance","@lang":"es","@value":"Definici\u00f3n 1: Legitimaci\u00f3n de pasaje de estudiantes de una instituci\u00f3n educativa a otra o dentro de la misma instituci\u00f3n, a trav\u00e9s de mecanismos de reconocimiento y revalidaci\u00f3n de los conocimientos o cr\u00e9ditos adquiridos dentro de los niveles educativos correspondientes a la Educaci\u00f3n media o terciaria, con el prop\u00f3sito de crear un sistema de formaciones variado y no compartimentado."},{"@type":"nota de alcance","@lang":"es","@value":"Definici\u00f3n 2: Dise\u00f1o y desarrollo de programas de intercambio de estudiantes entre diversas universidades o instituciones de menor rango, de mismo pa\u00eds o de pa\u00edses diferentes, con la finalidad de favorecer el conocimiento de otras realidades, contribuir a la calidad del proceso de formaci\u00f3n de los educandos y prepararlos para un conocimiento cabal de las posibilidades de su \u00e1rea del saber o nivel de formaci\u00f3n, en el marco de programas de cooperaci\u00f3n interinstitucional."},{"@type":"nota bibliogr\u00e1fica","@lang":"es","@value":"Fuente 1: Definici\u00f3n elaborada a partir de la siguiente fuente:\n\nLey n\u00ba 18.437. Ley General de Educaci\u00f3n, art. 23. Diario Oficial. Uruguay. 16 de enero de 2009."},{"@type":"nota bibliogr\u00e1fica","@lang":"es","@value":"Fuente 2: Definici\u00f3n original elaborada por el Grupo de Trabajo en Terminolog\u00eda (Uruguay)."}]}