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        <dc:title>Banco de Datos Terminológicos del SEM: Uruguay</dc:title>
        <dc:creator>Mercosur GT-Terminología</dc:creator>
                <dc:language>es</dc:language>
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            <skos:Concept rdf:about="https://vocabularios.educacion.gob.ar/admin/uruguay/termino/205/share/skos">
            <skos:prefLabel xml:lang="es">TESIS</skos:prefLabel>

            
            
                                <skos:scopeNote xml:lang="es">"Art. 23. Por Tesis, se entenderá un trabajo que demuestre por parte del aspirante, haber alcanzado el estado actual del conocimiento y competencia conceptual y metodológica". “Su tema será establecido con el Director de Tesis y, cuando corresponda, con el Director Académico".

"En la reglamentación de cada Servicio, podrá establecerse un plazo máximo a los efectos de presentar la referida Tesis, contado a partir del comienzo de los estudios de posgrado".

Art. 24. "La Tesis será defendida en una exposición oral y pública ante un Tribunal. Este Tribunal podrá decidir su reprobación, su aceptación o su aceptación con mención". (...) Un ejemplar de las Tesis aceptadas, deberá quedar a disposición en la Biblioteca del o de los Servicios respectivos".

"Art. 31. La elaboración de la tesis o del trabajo creativo, será la actividad central en los estudios de doctorado debiendo constituir un aporte original al campo disciplinario correspondiente".</skos:scopeNote>
                                    <skos:note xml:lang="es">Definición elaborada a partir de la siguiente fuente:

Universidad de la República. Ordenanza de las carreras de posgrado. Uruguay. 25 de setiembre de 2001.</skos:note>
                
            
            
            
            
            
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