{"tema_id":"305","string":"DECANO","created":"2013-10-23 15:06:31","code":null,"modified":"2014-02-19 12:47:08","notes":[{"@type":"nota de alcance","@lang":"es","@value":"Miembro del gobierno de las facultades junto con el Consejo Directivo y elegido por este ultimo en el acto de su constituci\u00f3n. Para ser Decano se requiere tener treinta a\u00f1os cumplidos de edad y ser integrante del claustro de profesores de la respectiva Facultad. Permanece cuatro a\u00f1os en su cargo y puede ser reelecto por una sola vez consecutiva.Tiene voz en las deliberaciones del Consejo Directivo y voto s\u00f3lo en caso de empate. Entre sus funciones est\u00e1n: convocar y presidir las sesiones del Consejo Directivo, representar a la Facultad en sus relaciones interuniversitarias y extrauniversitarias, expedir conjuntamente con el Rector los diplomas universitarios y certificados de rev\u00e1lidas de t\u00edtulos extranjeros, expedir autorizaciones de ingreso y certificados de promoci\u00f3n con arreglo a las ordenanzas de los Consejos Superior y Directivo etc."},{"@type":"nota bibliogr\u00e1fica","@lang":"es","@value":"Definici\u00f3n elaborada por el equipo t\u00e9cnico de la Biblioteca Nacional de Maestros a partir de: UNIVERSIDAD DE BUENOS AIRES. Estatuto Universitario. Buenos Aires, 1960. Disponible en http:\/\/www.uba.ar\/download\/institucional\/uba\/9-32pdf. Acceso 24 de junio de 2013."}]}