Banco de Datos Terminológicos del SEM: Uruguay BDT Uruguay

OBLIGATORIEDAD EDUCATIVA

Nota de alcance

Principio de la educación pública estatal estatuido por ley, por el cual se establece que todos los habitantes de la República Oriental del Uruguay deben cumplir con las instancias de educación inicial, primaria y media básica y superior. El principio legal hace responsables a los padres, madres o responsables legales de niños, niñas y adolescentes por la inscripción en un centro de enseñanza y por la observación de su asistencia y aprendizaje.

Nota bibliográfica

Definición elaborada a partir de la siguiente fuente:

Ley nº 18.437, art. 7. Ley General de Educación. Diario Oficial. Uruguay. 16 de enero de 2009.

Término creado
2019-08-17 19:45:42
Término aceptado
2019-08-17 19:45:42
Términos descendentes
0
Términos específicos
0
Términos no preferidos
0
Términos relacionados
0
Notas
2
Metadatos
DC MADS SKOS-Core VDEX JSON JSON-LD